Problemas de ordenación territorial y urbanístia en el litoral sur valenciano: consideraciones sobre planeamiento, ...

AutorRamón Martín Mateo y J. Fernando Vera Rebollo.

La nueva realidad territorial y urbanística inherente al desarrollo turístico en la franja litoral de la Comunidad Autónoma Valenciana responde a un cambio estructural en el que ha faltado actuaciones públicas o, cuando menos, éstas han estado marcadas por su carácter eminentemente sectorial o referidas a problemas específicos de un área determinada. Basta señalar la nula consideración que han merecido las implicaciones urbanísticas del turismo, a pesar de haberse contado con instrumentos específicos, en cuanto a condiciones de ordenación territorial y urbanística, en los nuevos asentamientos turísticos a través de la Ley de Centros y Zonas de Interés Turístico Nacional.

El planeamiento urbanístico - realizado de forma tardía y con extremada flexibilidad - desconoce, tanto en sus determinaciones como en sus formas de gestión, los componentes sociales y económicos que el turismo imprime en el territorio. Así, la falta de figuras específicas en el Urbanismo de los municipios turísticos se advierte, entre otros aspectos, en las contradicciones referidas al concepto de Suelo Urbano, al igual que en los desajustes en relación a los estándares de equipamiento. Pero, en general, es el hecho de que al constituir el turismo una fuente primordial de recursos, la promoción turística haya estado por encima del régimen del suelo y de la ordenación territorial.

No es preciso insistir en que una de las consecuencias básicas del modelo turístico que se configuró bajo tales criterios, auspiciados por la especulación, fue el deterioro de las costas, favorecido por la extra ordinaria densidad de edificación en los terrenos colindantes con el dominio público marítimo - terrestre y, lo que es peor, sobre dicho espacio, ante la ausencia o permisividad del planeamiento y una generosa política de concesiones de ocupación. Pero no se puede caer en la estratagema de querer justificar exclusivamente la situación resultante como fruto de una supuesta insuficiencia de la legislación, o del libre juego de los intereses particulares - materializados esencialmente en el subsector de la construcción y promoción inmobiliaria - ya que la ineficacia de las administraciones públicas justificaría en buena parte los resultados. Por tanto, a tenor de tales planteamientos, conviene preguntarse sobre la efectividad que está llamado a tener el nuevo aparato legal, tanto el que se orienta a la protección de las costas, como el que atañe a la tarea más amplia de la ordenación del territorio, en este caso a escala de Comunidad Autónoma. En este ámbito, como en tantos otros, los tramos más deteriorados del litoral coinciden con áreas consolidadas por la urbanización, donde resulta imposible, aplicar los aspectos más novedosos de la legislación de costas en proyecto, de la futura ley de Ordenación del Territorio o, simplemente de los criterios, del planeamiento municipal revisado y adaptado a la actual legislación urbanística.

1- En todo caso, los conceptos clave referidos a turismo, territorio y desarrollo regional condicionan cualquier actuación económico territorial, sin olvidar que el protagonista de nuestra realidad económica es el turismo de masas, que progresa al ritmo de crecimiento de las economías industrializadas y que no sólo supera cada año la cifra de visitantes, sino que la oferta condicionada por la demanda se ha decantado decididamente hacia la venta de alojamientos, tanto para el turismo nacional como extranjero. Es decir, la unidad básica de producción es la urbanización o asentamiento con fines residenciales, que condiciona un continuo proceso de cambio de uso del suelo y de transformación de la estructura territorial, económica, administrativa y demográfica, afectado en la actualidad por dos únicos factores limitantes: el suelo y el agua.

Interesa conocer el papel desempeñado por el planeamiento en esta dinámica y las perspectivas de futuro, cuando culmina el proceso de revisión y adaptación de los documentos de planeamiento a la vigente Ley de Suelo, sobre todo por 1o que atañe a los criterios y régimen del espacio litoral. En todo caso, el análisis de las alternativas de ordenación propuestas y la discusión sobre distintos criterios para lograr un esquema urbanístico adecuado a la protección del litoral debe hacerse a la luz de otros elementos:

  1. Las perspectivas de crecimiento del turismo son optimistas; la misma Oficina Internacional de Turismo, señala la progresión del fenómeno como consecuencia de las transformaciones experimentadas por la sociedad tecnificada. De manera que si se utiliza como indicador cuantitativo el volumen de inversión extranjera en compra de alojamientos, que es la vertiente que más repercute en el territorio, se entiende que algunas comunidades autónomas, entre ellas la valenciana, acepten el turismo como un importante motor del desarrollo económico regional, cuando el VAB del sector servicios representó en 1987 el 56, 7 por 100, mientras que el proveniente de la industria alcanza el 37, 5 por 100 incluyendo la construcción, subsector que en la provincia de Alicante y en dicho año, registró una inversión de casi 1. 000 millones de pesetas, cifra que no recoge el enorme volumen de «dinero negro» invertido.

  2. La consecuencia más inmediata es el crecimiento de la oferta, pero también su diversificación e integración de nuevos elementos que suponen elevadas inversiones y una contradicción latente con la conservación de los elementos naturales y del medio litoral: puertos e instalaciones náutico - deportivas, parques acuáticos, campos de golf, promociones especiales en forma de marinas, etc. Ante las enormes expectativas abundan compromisos de urbanización a corto y medio plazo, ratificados por el planeamiento revisado, sin una adecuada consideración del potencial de uso del territorio, que cuestiona el mismo porvenir de la actividad que se desea potenciar.

  3. A tenor de la situación creada, el planeamiento - hasta ahora referido exclusivamente a escala municipal - se muestra insuficiente para racionalizar un proceso tan complejo, en el que entran en contradicción distintos grupos de interés. No obstante, las competencias tradicionales en materia de Urbanismo se verán afectadas por las que corresponden a las Comunidades Autónomas, que, en nuestro caso, cristalizan en la legislación sobre ordenación del territorio, que habrá de coordinar con los criterios y previsiones de los Programas Económicos, ya que pretende resolver desde una óptica supramunicipal, los problemas territoriales de la Comunidad Valenciana, incluidos los que atañen al litoral, como se verá más adelante. Por tanto, ante la aprobación de instrumentos de ordenación del territorio conteniendo determinaciones generales sobre uso del litoral, la nueva Ley de Costas creará un problema de coordinación y delimitación de competencias, además de las obvias consecuencias de distinto signo sobre el planeamiento municipal.

    DESARROLLO TURISTICO Y PLANEAMIENTO EN LOS MUNICIPIOS COSTEROS (AÑOS 1960 Y 1970)

    Se ha señalado en distintas ocasiones que la lógica de producción del espacio turístico litoral, guiada por criterios especulativos, y la transformación del suelo sin una intervención adecuada y coordinada de la administración, conduce a un modelo territorial de componente lineal...

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