La unión europea encara el desafío de la criminalidad organizada

AutorDaniel Sansó-Rubert Pascual
Cargo del AutorUniversidad Europea de Madrid
Páginas143-160
143
CAPÍTULO SÉPTIMO.
LA UNIÓN EUROPEA ENCARA EL DESAFÍO DE LA
CRIMINALIDAD ORGANIZADA
La apuesta por la inteligencia criminal en las Estrategias e iniciativas de Seguridad
para la salvaguarda de los derechos fundamentales y el Estado de Derecho1
Daniel Sansó-Rubert Pascual2
Universidad Europea de Madrid
1. EUROPA COMO ESPACIO DE CONCENTRACIÓN DEL
CRIMEN ORGANIZADO
A comienzos del siglo XXI, la presencia y peligrosidad de las organizaciones cri-
minales en el escenario europeo es evidente. El optimismo inicial que impregnaba
la primigenia Estrategia Europea de Seguridad del 2003, al reejar una visión de
una “Europa que no ha sido nunca tan próspera, no ha estado tan segura ni ha sido
tan libre3, no encaja con la realidad imperante. Tanto es así, que los principales
1 Este trabajo se enmarca en la investigación correspondiente al Proyecto de I+D+i “Terrorismo,
criminalidad organizada y responsabilidad penal de las personas jurídicas” (DER2016-79705-R)
nanciado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD (Programa Estatal de
Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan
Estatal de Investigación Cientíca y Técnica y de Innovación 2016-2019).
2 daniel.sansorubert@universidadeuropea.es
3 Estrategia Europea de Seguridad, “Una Europa segura en un mundo mejor”, Unión Europea,
Bruselas, 12 de diciembre de 2003. Sustituida posteriormente por la Estrategia Global para la Política
Exterior y de Seguridad de la Unión Europea,“Una visión común, una actuación conjunta: Una
Europa más fuerte”, Unión Europea, Bruselas, de 29 de junio de 2016, es toda una declaración de
intenciones, que reeja la aspiración de la Unión Europea a ser un actor inuyente de referencia en el
orden mundial.
144 Capítulo Séptimo
ejercicios de prospectiva coinciden en apuntar que el fenómeno criminal, en su ver-
tiente transnacional, continuará con su vis expansiva durante las primeras décadas
del presente siglo4.
La criminalidad organizada5, tradicionalmente relegada en Europa tras otras
amenazas o desafíos al Estado como la amenaza terrorista, ha cobrado un inusitado
protagonismo. Los informes sobre evaluación de la amenaza del crimen organizado,
publicados por las agencias europeas como EUROPOL6, alertan sistemáticamente
desde hace años sobre el aumento de las organizaciones autóctonas y extranjeras
activas en el territorio europeo, así como sobre su creciente magnitud en términos
de peligrosidad7. La escena criminal actual, conforma un variopinto conjunto de
organizaciones cuya estructura, disciplina, normas internas, división de roles, activi-
dades ilegales desarrolladas y, por ende, su peligrosidad, representan una pluralidad
4 FORGIONE, Francesco, Maa Export, Barcelona: Anagrama, 2010.
5 Conceptualmente resulta complejo encontrar una denición de crimen organizado que aglu-
tine todas sus peculiaridades. Esta forma de criminalidad presenta diversidad de dimensiones y ten-
dencias organizativas, que van desde un grupo de delincuentes, mínimamente estructurado, hasta
las redes y sistemas criminales transnacionales conformando un continuum, que pone de maniesto
diversos niveles de intensidad (gravedad de la amenaza). No obstante, el debate doctrinal criminoló-
gico, quedó nalmente zanjado insatisfactoriamente por la normativa internacional. En concreto, por
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional» (Protocolo
de Palermo) del año 2000, perfeccionada a través de los criterios analíticos establecidos por Europol
(Documento 6204/2/97 Enfopol 35, rev 2 de EUROPOL) y lo regulado en las principales referencias
normativas europeas como son la Decisión Marco 2008/841/ JAI del Consejo de la Unión Europea
de 24 de octubre de 2008 y el informe del Parlamento Europeo sobre la delincuencia organizada en la
Unión Europea (2010/2309(INI). Los criterios estipulados por EUROPOL exigen: 1. Colaboración de
más de dos personas. 2. Reparto especíco de tareas. 3. Actuación prolongada o indenida en el tiem-
po 4. Uso de algún tipo de disciplina o control interno. 5. Comisión de delitos graves. 6. Extensión de
la actividad al ámbito internacional. 7. Uso de la violencia. 8. Uso de estructuras económicas o comer-
ciales. 9. Implicación en el blanqueo de capitales. 10. Uso de inuencia o corrupción. 11. Búsqueda de
benecios o poder. Se requieren seis Indicadores para ser grupo organizado: Obligatoriamente 1, 3, 5
y 11; y al menos otros dos optativos.
6 Para un mayor conocimiento sobre la criminalidad organizada que opera en Europa y más
concretamente en el seno de la Unión Europea (mercados, organizaciones, modalidades delictivas…),
se recomienda la consulta de la documentación generada por EUROPOL y puesta a disposición
pública. Especialmente los Informes de Evaluación de la Amenaza (Serious Organised Crime reat
Assessment), así como sus homólogos sobre cibercriminalidad y otras manifestaciones especícas de
delincuencia organizada en áreas geográca concretas de especial concentración criminógena (Italia).
Accesible en: https://www.europol.europa.eu.
7 JAIME-JIMÉNEZ, Óscar y CASTRO MORAL, Lorenza, “La criminalidad organizada en la Unión
Europea. Estado de la cuestión y respuestas institucionales, Revista CIDOB d’Afers Internacionals,
núm. 91, 2010, pp. 173-194.

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