El tribunal supremo sienta doctrina sobre la responsabilidad patrimonial ante daños a explotaciones ganaderas por fauna salvaje
Autor | Esther Rando Burgos |
Cargo | Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga (acreditada PCD) |
Páginas | 65-77 |
Recopilación mensual – n. 101, mayo 2020
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 11 de mayo de 2020
“EL TRIBUNAL SUPREMO SIENTA DOCTRINA SOBRE LA
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ANTE DAÑOS A
EXPLOTACIONES GANADERAS POR FAUNA SALVAJE”
Autora: Esther Rando Burgos. Doctora en Derecho. Profesora de Derecho
Administrativo de la Universidad de Málaga (acreditada PCD)
Fecha de recepción: 20/03/2020
Fecha de modificación: 30/03/2020
Fecha de aceptación: 07/04/2020
Índice:
1. El objeto de la controversia: la garantía de conservación de
especies autóctonas. Regla general a efectos de responsabilidad
patrimonial y la controvertida excepción
2. De la Directiva Hábitats a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: el interés público
medioambiental y la protección de especies
3. Pronunciamiento de la Sala de instancia: reconocimiento de la
concurrencia de responsabilidad patrimonial por los daños
ocasionados por especies de fauna silvestre
4. Pronunciamiento del Tribunal Supremo: Sentencias del Tribunal
Supremo de 2 de diciembre de 2019 y de 11 de febrero de 2020
5. Conclusiones
6. Bibliografía
Resumen:
La Sala Tercera del Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia en sendas
Sentencias, de 2 de diciembre de 2019 y de 11 de febrero de 2020, admitiendo
la concurrencia de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios
causados a explotaciones ganaderas por fauna salvaje, en concreto por lobos,
interpretando con ello el alcance del artículo 54.6 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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