Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta) de 22 de diciembre de 2010, petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif de Paris - Francia) - Ville de Lyon / Caisse des dépôts et consignations. Asunto C-524/09

AutorÁngel Ruiz de Apodaca Espinosa
CargoProfesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Páginas62-64

Page 62

Temas clave: Acceso del público a la información medioambiental; Acceso a la información sobre el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Carácter confidencial de los datos que obran en los registros en lo que se refiere a los nombres de los titulares de cuentas de origen y de destino de las transferencias de derechos de emisión, a los derechos de emisión o unidades de Kioto objeto de dichas transacciones y a la fecha y hora de dichas transacciones

Resumen:

Breve referencia al supuesto de hecho:

La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de las modalidades de acceso a la información relativa a las transacciones en materia de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que obran en poder del administrador del registro nacional, definidas en el Reglamento (CE) nº 2216/2004 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2004, relativo a un sistema normalizado y garantizado de registros, en relación con la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental.

Dicha petición se presentó en el marco de un litigio entre la Ville de Lyon y la Caisse des dépôts et consignations, en relación con la negativa de ésta a transmitir a dicho ente local unos datos relativos al volumen de derechos de emisión de gases de efecto invernadero vendidos durante el año 2005 por determinados titulares.

En el marco del litigio el órgano judicial francés plantea varias cuestiones prejudiciales de las destacamos las relativas a si ¿debe considerarse que dicha información es "información sobre emisiones en el medio ambiente ", en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2003/4/CE [...], frente a la cual no cabe oponer "la confidencialidad de datos de carácter comercial e industrial ", o se rige su comunicación por normas específicas de confidencialidad? En el supuesto de que sean de aplicación normas específicas de confidencialidad, ¿está prohibido comunicar dicha información antes de que expire el plazo de cinco años o bien dicho plazo sólo afecta al período de cinco años de asignación de los derechos de emisión, de conformidad con la Directiva 2003/87/CE [...]?

En el supuesto de que sea de aplicación dicho plazo de cinco años, ¿permite el artículo 10 del Reglamento nº 2216/2004 [...] alguna excepción a dicho plazo y, en su caso, cabe denegar tal excepción, basándose en el citado artículo, a una entidad territorial...

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