El tratamiento jurídico-penal de la producción de armas biológicas

AutorEmilio José Armaza Armaza, Elena Atienza Macías
Cargo del AutorInvestigador de la Cátedra Interuniversitaria Diputación Foral de Bizkaia de Derecho y Genoma Humano. Universidad de Deusto - Universidad del País Vasco UPV/EHU - Investigadora de la Cátedra Interuniversitaria Diputación Foral de Bizkaia de Derecho y Genoma Humano. Universidad de Deusto - Universidad del País Vasco UPV/EHU
Páginas163-173
El tratamiento jurídico-penal de la
producción de armas biológicas1
EMILIO JOSÉ ARMAZA ARMAZA
Investigador de la Cátedra Interuniversitaria Diputación Foral de Bizkaia de Derecho y Genoma
Humano. Universidad de Deusto - Universidad del País Vasco UPV/EHU
ELENA ATIENZA MACÍAS
Investigadora de la Cátedra Interuniversitaria Diputación Foral de Bizkaia de Derecho y Geno-
ma Humano. Universidad de Deusto - Universidad del País Vasco UPV/EHU
SuMaRIO: 1. INTRODUCCIÓN. 2. BIOTERRORISMO: UN INTENTO DE DEFINICIÓN. 2.1. Las
armas biológicas o tóxicas. 2.2. El uso de armas biológicas o tóxicas. 3. EL BIOTERRORISMO EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO-PENAL ESPAÑOL. 3.1. Prohibición de las armas biológicas y tóxicas.
3.1.1. El llamado delito de producción de armas biológicas (Art. 160 CP). 3.1.2. La fabricación, trá-
fico o establecimiento de depósito de armas (Art. 566.1 y 567 CP). 3.2. Los delitos de bioterrorismo.
4. REFLEXIONES FINALES.
1. Introducción
La literatura especializada en historia de la ciencia suele indicar que el ser
humano ha conseguido aglutinar, a lo largo de los dos últimos siglos, un conjunto
de descubrimientos que sobrepasa en cantidad e idoneidad, y con una enorme ven-
taja, a todas las manifestaciones de desarrollo tecnológico y tecno-cientíco que
han surgido en el seno de nuestras comunidades desde el denominado «periodo
paleolítico».
Cabe indicar que, en la mayoría de los casos, la incalculable cantidad de
procedimientos, técnicas, artefactos, dispositivos y demás objetos que hoy en día
utilizamos de forma cotidiana, fueron desarrollados con el n de dar solución a los
problemas que hemos enfrentado a lo largo de todo el proceso de nuestra evolu-
ción garantizando, de esta manera, la supervivencia de nuestras sociedades y, por
ende, de nuestra propia especie. Los ámbitos de la Biotecnología y de la Biome-
dicina, desde luego, no han sido ajenos a dicha tendencia pues, como sabemos, su
desarrollo se asentó, desde sus remotos orígenes, sobre las ideas de benecencia y
no malecencia.
1 El presente trabajo ha sido confeccionado gracias a la ayuda del Departamento de Edu-
cación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco para apoyar las actividades de
Grupos de Investigación del Sistema Universitario Vasco con referencia IT581-13.
CapíTulO II
MEDIDAS PREVENTIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO PENAL
4
UNIJES2013.indb 163 03/07/14 07:39

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