Tratamiento legislativo y jurisprudencial de la libertad religiosa y la objeción de conciencia

AutorElena García-Antón Palacios
Cargo del AutorDoctora en Derecho y profesora de Derecho Administrativo de la Universidad Europea de Madrid
Páginas19-55
CAPÍTULO I
19
Tratamiento legislativo y
jurisprudencial de la libertad
religiosa y la objeción
de conciencia
SUMARIO: 1. Estados Unidos: el derecho de libertad religiosa y el
principio de separación Iglesia-Estado. 1.1. La establishment clause y
la free exercise clause de la Primera Enmienda y el due process of law de
la Decimocuarta Enmienda. 1.2. La interpretación jurisprudencial de
la free exercise clause. 1.3. La aplicación jurisprudencial del principio de
separación Iglesia-Estado dispuesto en la establishment clause. 2. Cana-
dá: los derechos de libertad religiosa y de objeción de conciencia. 2.1.
Reconocimiento constitucional de la libertad religiosa y la objeción de
conciencia. 2.2. El principio de neutralidad o laicidad del Estado. 3.
CEDH: los derechos de libertad religiosa y de objeción de conciencia,
y la interpretación del principio de neutralidad por el TEDH. 3.1. El
derecho de libertad religiosa y de creencias. 3.2. El principio de neu-
tralidad del Estado y el límite del adoctrinamiento. 4. España: los dere-
chos de libertad religiosa y de objeción de conciencia. 4.1. La garantía
constitucional del derecho de libertad religiosa y de creencias. 4.2. El
derecho de libertad de conciencia. 4.3. El principio de neutralidad del
Estado en el ámbito educativo.
LA EDUCACIÓN SEXUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO PÚBLICO:
CONFLICTOS EN EL DERECHO COMPARADO Y EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
ELENA GARCÍA-ANTÓN PALACIOS
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1. Estados Unidos: el derecho de
libertad religiosa y el principio
de separación Iglesia-Estado
1.1. La establishment clause y la free exercise
clause de la Primera Enmienda y el due
process of law de la Decimocuarta Enmienda
La importancia que el derecho de libertad religiosa ha tenido entre
los ciudadanos norteamericanos a lo largo de la historia se reeja desde
su reconocimiento legal en la Declaración de Derechos de Virginia de
17761, hasta nuestros días en que el derecho de libertad religiosa se con-
sidera como la «primera de las libertades» ( JEMOLO, 1961, pp. 130-
131) y, al tiempo, un «valor fundamental de Estados Unidos»2.
La Constitución norteamericana promulgada en 1787 no contenía
ningún título que recogiera y protegiese los derechos fundamentales. Es el
Congreso de los Estados Unidos quien raticó en 1791 las diez primeras
enmiendas que constituyen la Declaración de Derechos, Bill of Rights, que
fueron incorporadas a la Constitución. Entre los derechos y libertades que
la Declaración ampara, el derecho fundamental de libertad religiosa se
consagró mediante la garantía establecida en la Primera Enmienda.
De este modo, y como es bien sabido, la Primera Enmienda se ocu-
pa del tratamiento del derecho de libertad religiosa mediante la dispo-
1 Artículo 16 de la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia.
2 Así lo armó el Secretario de Estado de Estados Unidos, John Kerry, durante
una sesión informativa a la prensa el 20 de mayo de 2013, con ocasión de la
publicación del Informe sobre Libertad Religiosa Internacional 2012.
CAPÍTULO I | TRATAMIENTO LEGISLATIVO Y JURISPRUDENCIAL DE LA
LIBERTAD RELIGIOSA Y LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA 21
sición de dos cláusulas, la establishment clause y la free exercise clause3. La
primera establece la separación entre el Estado y las confesiones religio-
sas e instaura como mandato constitucional al Congreso la prohibición
de elaborar una ley que establezca una religión ocial o que favorezca
alguna o diversas religiones. La segunda, la free exercise clause, impide al
Congreso dictar cualquier tipo de ley que prohíba el libre ejercicio de la
religión protegiéndose, de esta manera, la libertad de los ciudadanos de
profesar y practicar un credo religioso, de creer o no creer y de cambiar
las propias creencias4.
La justicación, la meta y el n de la Primera Enmienda es, por
tanto, proteger la libertad religiosa, lo que signica que la cláusula de
no establecimiento está al servicio del libre ejercicio de la religión y tie-
ne, efectivamente, como propósito, asegurar la libertad religiosa (NEU-
HAUS, 1992, pp. 626-627). En consecuencia, el ordenamiento consti-
tucional federal permite al gobierno acomodar las creencias religiosas de
los ciudadanos en el espacio público a través de exenciones a las normas
que en otras circunstancias son de general aplicación (LAMACCHIA,
1992, p. 119; GARNETT, 2014, pp. 41-43).
Por su parte, la doctrina emanada de las resoluciones dictadas por el
Tribunal Supremo norteamericano vinculan a todos los órganos jurisdic-
cionales, tanto federales como estatales (DEL BARRIO, 2018, pp. 45-49).
Bajo estas premisas, desde la promulgación de la Primera Enmien-
da hasta la actualidad, el alcance de cada una de las cláusulas ha sido in-
3 Sobre la historia de la Primera Enmienda, sus precedentes, su aprobación y su
incorporación a los Estados, vid. (LEVY, 1986); (LAYCOK, 1981, pp. 1378-
1388); (VEGA y PÉREZ, 2003, pp. 5-25).
4 Sobre el desarrollo histórico y jurídico de la libertad religiosa puede consultarse,
(WILLMARTH, 1989, pp. 1261-1289); (ARIENS y DESTRO, 1996); (MO-
RÁN, 1989, pp. 15-26); (RUBIO, 2006); (CELADOR, 1998, pp. 9-58).

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