Tratamiento jurídico-penal de la eutanasia tras la reforma de 2021

AutorJesús Barquín Sanz
CargoCatedrático de Derecho Penal. Universidad de Granada
Páginas5-59
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 133, I, Época II, mayo 2021, pp. 5-59
SECCIÓN DE ESTUDIOS PENALES
TRATAMIENTO JURÍDICO-PENAL
DE LA EUTANASIA TRAS LA REFORMA DE 2021
Euthanasia and criminal law
after the reform of 2021
JESÚS BARQUÍN SANZ*
Fecha de recepción: 26/03/2021
Fecha de aprobación: 11/04/2021
RESUMEN: El artículo analiza la eutanasia desde un punto de vista ju-
rídico-criminal, tal y como ha quedado regulada en España a partir de
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la euta-
nasia (LORE). Esta ley ha significado un cambio relevante en el régi-
men jurídico general de la materia, especialmente en el ámbito sanitario,
puesto que la mayor parte de su contenido regula el derecho a la ayuda
a morir desde el punto de vista médico y asistencial. Junto a ello, un
apartado muy específico de la LORE modifica el artículo 143 del Código
Penal español; precisamente, el núcleo central de este trabajo se ocupa
del examen del alcance y las consecuencias jurídico-penales de la citada
modificación.
PALABRAS CLAVE: Eutanasia, ayuda a morir, tipo atenuado, despenali-
zación, derecho penal.
ABSTRACT: This paper analyzes euthanasia from a legal-criminal point
of view, as of the entry into force of Ley Orgánica 3/2021 regulating
euthanasia (LORE). This Act meant a relevant change in the general
regulation of the matter in Spain, especially in the health field, since
* Catedrático de Derecho Penal. Universidad de Granada.
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CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059
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most of its content regulates the right to being helped to die in a medical
and care context. Along with this, a very specific section of the LORE
modifies article 143 of the Spanish Penal Code; precisely, the core content
of this article deals with the examination of the scope and legal-criminal
consequences of the aforementioned modification.
KEYWORDS: Euthanasia, assistance to die, mitigated criminal offence,
decriminalization, criminal law.
SUMARIO: I. Introducción.- II Tratamiento penal de la eutanasia an-
tes de la LO 3/2021, con especial atención a la jurisprudencia:
1. Rasgos esenciales de la regulación. Fortalezas y debilidades.
2. La escasa jurisprudencia: 2.1. SJP núm. 1 Avilés 24 mayo
2016 (ECLI:ES:JP:2016:74). 2.2. SAP Zaragoza 19 abril 2016
(ECLI:ES:APZ:2016:578). 2.3. SAP Castellón 10 mayo 2012
(ECLI:ES:APCS:2012:519). 2.4. Otras sentencias de interés.
2.5. Dos casos sin sentencia: Leganés y María José Carrasco.-
III. La LO 3/2021: origen, tramitación parlamentaria y contenido
final. 1. Punto de partida: deficiencias de la modificación del artícu-
lo 143.4 CP planteada por la Proposición de Ley Orgánica de 2020
en su redacción original. 2. Fases de la tramitación parlamentaria y
enmiendas de interés. 2.1. Fases de la tramitación parlamentaria y
visión de conjunto de las enmiendas presentadas. 2.2. Principales
enmiendas presentadas en el Congreso. 2.3. Principales enmien-
das presentadas en el Senado. 3. Evolución de la modificación del
art. 143 CP y texto definitivo. 4. Examen crítico de la vigente redac-
ción del art. 143.4 CP.- IV. Conclusión: novedades en la respuesta
de la justicia penal a la eutanasia tras la entrada en vigor de la
LO 3/2021 y reflexiones finales. 1. Principales novedades en la res-
puesta de la justicia penal a la eutanasia tras la entrada en vigor de
la LO 3/2021. 2. Reflexiones finales
I. INTRODUCCIÓN
La presente contribución versa sobre la eutanasia desde el punto
de vista jurídico-criminal, a propósito de la aprobación por las Cortes
Generales de la Ley Orgánica LO 3/2021 de regulación de la eutanasia
(en adelante, LORE o, en su caso, PLORE por la Proposición de Ley
Orgánica de regulación de la eutanasia que la precedió), plenamente vi-
gente desde el 25 de junio de 2021.1 Esta ley implica un cambio relevante
en la regulación general de la materia en España. Sobre todo, desde el
1 Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, BOE núm.
72, de 25 de marzo de 2021. Véase la disposición final cuarta.
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punto de vista médico y asistencial, puesto que su alcance principal es la
regulación de los requisitos, el procedimiento y las garantías en torno a
la ayuda a morir conforme a la legalidad a personas que no desean seguir
viviendo. Las páginas que siguen estarán, sin embargo, centradas en un
ámbito muy específico del contenido de la ley, el relativo a cómo queda el
tratamiento jurídico-penal de la eutanasia a partir de su entrada en vigor.
La discusión girará en torno al significado y alcance de la modificación
del art. 143 CP prevista por la disposición final primera (en adelante, DF
1.ª) de la LORE.
La presentación y tramitación de la Proposición de Ley Orgánica de
regulación de la eutanasia de 2020 puso sobre la mesa una discusión so-
cial que en otros momentos fue más enconada que en la actualidad. La
eutanasia ha sido, probablemente junto al aborto, uno de los temas más
debatidos durante los últimos cuarenta años de Estado de Derecho en
España y en otros países de nuestro ámbito cultural y jurídico. Ambos
comparten la relevancia de las convicciones morales y religiosas de cada
uno, así como el interés de ciertos entramados religiosos e ideológicos por
no perder o por extender su capacidad de influencia y de determinación
de las conductas de las personas. Al margen de lo anterior, todo apunta a
que cada vez recibe menor adhesión la idea de que el peso aplastante del
sistema de justicia penal deba recaer sobre alguien que por compasión
ayuda a otra persona a abandonar una vida de sufrimiento insoporta-
ble. Así lo indican no solo la decreciente repercusión con que se alzan
algunas voces frente a las iniciativas de despenalización, sino también
las encuestas2 y los estudios sociológicos3 en la materia. Especialmente
interesa un dato relativo a nuestra justicia penal que asimismo constituye
un fuerte indicio de que no existen tensiones ideológicas y sociales de ver-
dadera entidad: la infrecuente persecución penal efectiva de estas con-
ductas, acreditada por la escasa jurisprudencia sobre el tema, a lo que se
2 El más reciente estudio del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) en este
ámbito se remonta a la encuesta 2916. Barómetro Sanitario 2011, con una pregunta so-
bre el «acuerdo con el derecho a la muerte digna». Esta encuesta arrojó unos resultados
ampliamente favorables (78% a favor, frente a 10% en contra) a una ley que regulase esta
materia. Disponible en:
http://www.cis.es/cis/opencm/ES/1_encuestas/estudios/ver.jsp?estudio=13424 (últi-
ma consulta: 15 de febrero de 2021).
3 Véase SERRANO DEL ROSAL, R. y HEREDIA CERRO, A. (2018). «Actitudes de
los españoles ante la eutanasia y el suicidio médico asistido». Revista Española de
Investigaciones Sociológicas, núm. 161, págs. 109-110. Disponible en: http://www.reis.cis.
es/REIS/PDF/REIS_161_061515157244322.pdf (última consulta: 15 de febrero de 2021).
El trabajo se centra en una encuesta del CIS de mayo de 2009: 2803. Atención a pacientes
con enfermedades en fase terminal.

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