STSJ Andalucía , 7 de Junio de 2000

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2000:8484
Número de Recurso2648/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Social

JG Sent núm. 1.712/2000 Iltmo. Sr. D. Antonio Ángulo Martín Presidente Iltmo. Sr. D. Antonio López Delgado Iltmo. Sr. D. Emilio León Solá

Iltmo. Sr. D. José Mª Capilla Ruiz Coello Magistrados En la ciudad de Granada a siete de junio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2.648/98, interpuesto por Dª Marí Juana Y OTROS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Granada en fecha 16 de Octubre de 1.998 en Autos núm. 144 al 155/97 , ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D Antonio Ángulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el. Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Marí Juana Y 11 MAS sobre CANTIDAD contra CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 16 de Octubre de 1.998 , por la que desestimando las demandas interpuestas por los actores, absolvía al demandada de la acción que en su contra se ejercitaba.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Los actores prestan servicios actualmente a la Junta de Andalucía, Consejería de Agricultura y Pesca, en el Centro de Trabajo, Laboratorio Agrealimentario de Santa Fé, habiéndolo hecho antes para el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con las siguientes categorías y salarios:

    - Marí Juana , Analista de Laboratorio y 96.189.- pesetas mes más complementos salariales.

    - Vicente , Mozo Especializado y 71.802.- pesetas mes mas complementos salariales.

    - Remedios , Telefonista y 71.802.- pesetas mes más complementos salariales.

    - Ramón , Mozo Especializado y 71.802.- pesetas mes más complementos.

    - Julián , Ayudante Técnico y 96.189.- pesetas mes más complementos.

    - Gregorio , Conductor Mecánico y 96.189.- pesetas mes más complementos.

    - Frida , Ayudante Técnico y 96.189.- pesetas mes más complementos.

    - Evaristo , Mozo Especializado y 71.802.- pesetas mes más complementos.

    - Cornelio , Encargado de Almacén y 96.189.- pesetas mes más complementos.

    - Aurelio , Encargado Principal y 96.189.- pesetas mes más complementos.

    - Alfonso , Auxiliar de Laboratorio y 78.651.- pesetas mes más complementos.

    - Ángel Jesús , Auxiliar de Laboratorio y 78.651.- pesetas mes más complementos.

  2. - Los servicios a la Junta de Andalucía comenzaron el 01 de Septiembre de 1.995, en virtud de las transferencias operadas a esta por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Central en materia de fraude, calidad agroalimentaria, gestión de ayudas directas provenientes de los Fondos Comunitarios, (F.E.G.A.), y reforma y desarrollo agrario, transferencias que se produjeron en virtud de los. RR.DD. 1.400 a 1.402/95, de 04 de Agosto.

  3. - Por la Consejería de Gobernación de esta Junta de Andalucía se dictó Orden de OS de Octubre de 1.996, B.O.J.A. de 13 de Octubre, que dispuso la integración del personal traspasado por los RR.DD. y posteriormente, el 05 de Noviembre de 1.996, se promulgó Decreto de la misma Consejería n-° 487/96, de 05 de Noviembre , y una vez se concluyó la negociación entre dicha Consejería y la Comisión del Convenio, adecuando la RPT de la Junta de Andalucía e integrando al personal traspasado en los grupos y categoría laborales de la Junta de Andalucía desde 30 de Noviembre de 1.996.

  4. - Desde 01 de Septiembre de 1.995 hasta el 30 de Noviembre de 1.996, a los actores se les ha venido abonando sus retribuciones por el Convenio Colectivo de procedencia, del Personal Laboral al servicio del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus diferentes organismos Autónomas, del Gobierna Central y de ámbito, pues, Nacional, B.O.E. nº 139, de 20 de Junio de 1.992, y que por obrar en la documental se da aquí por reproducido.

  5. - Desde 01 de Diciembre de 1.996 se les aplica el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, y desde 13 de Diciembre de 1.996 el V Convenio de tal Personal.

  6. - De haber percibido los actores sus retribuciones de acuerdo con el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía en el período 01 de Enero de 1.995 a 30 de Noviembre de 1.996, habrían percibido cada uno de ellos la cantidad que consignan en el Hecho tercero y suplico de sus demandas y que se dan aquí por reproducidas.

  7. - Por percibir dicha cantidad por diferencias retributivas interpusieron...

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