REAL DECRETO 1951/1996, de 23 de agosto, sobre Traspaso a la Comunidad valenciana de las Funciones y Servicios de la Seguridad social en materia de asistencia sanitaria encomendada al instituto social de la Marina (ism).

MarginalBOE-A-1996-21188
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El artículo 149.1.16.ª y 17.ª de la Constitución establece las competencias del Estado en las materias de sanidad y Seguridad Social. A su vez, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, en su artículo 38.2, atribuye a la Generalidad Valenciana en materia de Seguridad Social, el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Por otra parte, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece los principios a los que se debe acomodar la transferencia a las Comunidades Autónomas de la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Finalmente, el Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Generalidad Valenciana.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 30 de julio de 1996, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de agosto de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 30 de julio de 1996, por el que se concretan las funciones y servicios de la Seguridad Social que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Valenciana, en materia de asistencia sanitaria encomendada al Instituto Social de la Marina, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Valenciana las funciones y servicios, así como los bienes, derechos y obligaciones y medios personales que figuran en las relaciones adjuntas al propio Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos y condiciones que allí se especifican, así como los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecido en el propio Acuerdo.

Artículo 3

Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la mencionada Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes produzcan, hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Disposición final única

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a 23 de agosto de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

MARIANO RAJOY BREY

ANEXO

Don Antonio Bueno Rodríguez y doña Catalina Escuin Palop, Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana,

CERTIFICAN

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta, celebrada el día 30 de julio de 1996, se adoptó un Acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Valenciana de las funciones y servicios de la Seguridad Social, en materia de asistencia sanitaria encomendada al Instituto Social de la Marina (ISM), en los términos que a continuación se expresan:

  1. Referencia a normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.

    La Constitución, en el artículo 149.1.16.ª y 17.ª, reserva al Estado la competencia exclusiva sobre sanidad exterior; bases y coordinación general de la sanidad; legislación sobre productos farmacéuticos, así como la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

    Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, establece en su artículo 38 lo siguiente:

    1. Corresponde a la Generalidad Valenciana el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de sanidad interior.

    2. En materia de Seguridad Social, corresponderá a la Generalidad Valenciana:

      1. El desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. b) La gestión del régimen económico de la Seguridad Social.

    3. Corresponderá también a la Generalidad Valenciana la ejecución de la legislación del Estado sobre productos farmacéuticos.

    4. La Generalidad Valenciana podrá organizar y administrar, a tales fines, y dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias antes expresadas, y ejercerá la tutela de las instituciones, entidades y funciones en materia de sanidad y Seguridad Social, reservándose el Estado la alta inspección conducente al cumplimiento de las funciones y competencias contenidas en este artículo.

    5. La Generalidad Valenciana ajustará el ejercicio de las competencias que asuma en materia de sanidad y de la Seguridad Social a efectos de participación democrática de todos los interesados, así como de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales en los términos que la Ley establezca.

      La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, crea el Sistema Nacional de Salud como conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas convenientemente coordinados, estableciendo, en concreto, en su disposición transitoria cuarta que las posibles transferencias a realizar en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social a favor de las Comunidades Autónomas que puedan asumir dicha gestión, deberán acomodarse a los principios establecidos en esta Ley.

      El Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina, regula la estructura y funciones del Instituto, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y dotado de personalidad jurídica.

      El Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, establece que el Instituto Social de la Marina continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación con la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, sin perjuicio de los demás que le atribuyen sus leyes reguladoras y otras disposiciones vigentes en la materia.

      Sobre la base de las anteriores previsiones, es legalmente posible que la Comunidad Valenciana ostente y haga efectivas sus competencias en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social, encomendada al Instituto Social de la Marina, por lo que se procede a realizar transferencias de funciones y servicios de tal índole a la misma.

  2. Funciones que asume la Comunidad Valenciana e identificación de los servicios que se traspasan.

    1. Se traspasan a la Comunidad Valenciana, dentro de su ámbito territorial, y en los términos del presente Acuerdo y de los Reales Decretos y demás normas que lo hagan efectivo, las funciones y servicios que venía realizando el Instituto Social de la Marina en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social recogida en el apartado tercero del artículo segundo del Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, y en concreto, la asistencia sanitaria de los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional en los establecimientos propios del Instituto Social de la Marina, así como la asistencia hospitalaria, con carácter general, servicios de especialidades y urgencias.

      Asimismo, corresponderá a la Comunidad Valenciana la contratación, gestión, actualización y resolución de los conciertos con entidades e instituciones sanitarias o asistenciales que presten servicios en la Comunidad Autónoma, dentro de los límites presupuestarios.

      A partir de la efectividad del traspaso de estas funciones, la Comunidad Valenciana se subrogará en los conciertos en vigor entre el Instituto Social de la Marina y otros organismos y entidades, hasta que se extingan dichos conciertos.

      La gestión de los centros, establecimientos y servicios, así como de las funciones que se traspasan, se realizará de acuerdo con la legislación básica del Estado. Igualmente la Comunidad Autónoma se sujetará a la normativa general de la Seguridad Social en lo relativo a la determinación de los beneficiarios, requisitos e intensidad de la acción protectora y regímenes económico-financiero y económico-administrativo.

    2. Para la efectividad de las funciones relacionadas, se traspasan a la Comunidad Valenciana, receptora de las mismas, los servicios e instituciones de su ámbito territorial que se detallan en las relaciones adjuntas al Acuerdo.

  3. Funciones que se reserva la Administración del Estado.

    Como consecuencia de la relación de competencias que permanecen en el ámbito de la titularidad estatal, la Administración del Estado ejercerá las siguientes funciones y actividades:

    1. La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar, a bordo y en el extranjero, utilizando sus propios medios, tales como centro radio-médico, banco de datos, centros en el extranjero, buques sanitarios y otros que pueden implantarse, o acordando la evacuación y repatriación de trabajadores enfermos o accidentados; todo ello sin perjuicio de las obligaciones que competen a los empresarios, de conformidad con la legislación vigente, y de los reintegros a que éstos puedan tener derecho.

    2. La información sanitaria al trabajador del mar, educación y distribución de la guía sanitaria a bordo, la práctica de los reconocimientos médicos previos al embarque, inspección y control de los medios sanitarios a bordo y de las condiciones higiénicas de las embarcaciones, y cualesquiera otras funciones de medicina preventiva y educación sanitaria que le correspondan.

  4. Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la de la Comunidad Valenciana.

    Se desarrollarán coordinadamente entre el Instituto Social de la Marina y la Comunidad Valenciana las siguientes funciones:

    1. El intercambio de información en materia de asistencia sanitaria de los trabajadores del mar, así como el asesoramiento y cooperación con carácter permanente. En particular ambas Administraciones, cooperarán facilitándose, en los casos en que se precise, la realización de consultas de especialidad, análisis o exploraciones complementarias en relación con el ejercicio de sus respectivas funciones en materia de asistencia sanitaria a los trabajadores del mar.

    2. La elaboración de estudios y proyectos conjuntos, así como la realización de propuestas tendentes al perfeccionamiento de la acción sanitaria de los trabajadores del mar y la colaboración en acciones programadas de interés general.

    3. Cualquiera otra que pueda contribuir a la mejor relación y coordinación entre la Administración del Estado y la Comunidad Valenciana.

  5. Régimen financiero y presupuestario.

    1. Corresponderá a la Comunidad Valenciana elaborar anualmente el anteproyecto de gastos de asistencia sanitaria de los servicios traspasados del Instituto Social de la Marina, referido a un período anual y al ámbito territorial de dicha Comunidad.

    2. El referido anteproyecto, que se adaptará a la estructura y clasificación orgánica, económica, funcional y por programas, que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales tenga establecido, para el Sistema de la Seguridad Social, se remitirá al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, acompañado de los siguientes documentos:

      1. Memoria explicativa.

      2. Informe económico-financiero.

    3. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de los órganos competentes procederá a la elaboración del presupuesto agregado de ámbito estatal en el área de su competencia. Durante el proceso de elaboración del presupuesto agregado se dará audiencia a la Comunidad Autónoma.

    4. Los órganos competentes de la Administración del Estado adaptarán las necesidades expuestas en el anteproyecto del presupuesto a los recursos disponibles del Sistema de la Seguridad Social, presentándolo posteriormente a las Cortes Generales para someterlo a su aprobación. La distribución de las dotaciones totales del Instituto Social de la Marina se efectuará según modelos que atiendan simultáneamente a criterios de equidad, que garantice el principio de solidaridad interterritorial y a la cobertura financiera de los servicios cuya gestión se ha transferido.

    5. La financiación del coste correspondiente al traspaso se asignará y efectuará:

      Transitoriamente, por el coste real del servicio, determinado sobre la liquidación del Presupuesto de 1995 para el Instituto Social de la Marina y que se recoge en el anexo 3. Estos créditos serán objeto de actualización en función de los otorgados al Instituto Social de la Marina para asistencia sanitaria en los ejercicios de vigencia transitoria del presente Acuerdo.

      Una vez finalizada la vigencia del Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 21 de septiembre de 1994, sobre financiación de la asistencia sanitaria prestada a través del presupuesto del INSALUD, la financiación del gasto correspondiente a la asistencia sanitaria del Instituto Social de la Marina se determinará de conformidad con los criterios generales que se acuerden sobre la financiación de la sanidad, que contemple la asistencia sanitaria del Instituto Social de la Marina.

    6. Los créditos que corresponden a la Comunidad por los servicios traspasados del Instituto Social de la Marina se instrumentarán anualmente a favor de la Comunidad Valenciana por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, garantizándose una habilitación mensual de créditos equivalente a la doceava parte.

      Dichos créditos tendrán carácter limitativo.

      Los compromisos de gastos que se adquieran por cuantía superior a lo que resulta de lo establecido en este apartado deberán ser financiados con recursos aportados por la propia Comunidad Autónoma, salvo que provengan de disposiciones vinculantes dictadas con carácter general para todo el territorio del Estado, cuyo cumplimiento lleve implícito un incremento efectivo del gasto.

    7. La Comunidad Valenciana, en el ejercicio de las funciones de gestión de los servicios traspasados, podrá llevar a cabo en el presupuesto de gastos asignados, conforme al párrafo f), las modificaciones presupuestarias que sean precisas, así como, también, establecer las bases o directrices de dicha gestión, respetando en todo caso, salvo en el aspecto orgánico, los principios contenidos en el texto refundido de la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.

    8. El órgano que al respecto establezca la Comunidad Valenciana será el ordenador de pagos con cargo a los créditos asignados conforme a lo establecido en el párrafo f). Dichos pagos se harán efectivos por el órgano que determine la Comunidad Autónoma, pudiendo, a estos efectos, encauzarlos a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.

    9. A partir de la fecha de efectos del traspaso, los compromisos de gastos no reconocidos a dicha fecha por el Instituto Social de la Marina serán contraídos con cargo a los créditos de la Comunidad Valenciana, salvo aquellos que derivados de sentencias judiciales firmes, por actuaciones anteriores a este traspaso, y de conformidad con la Ley de Proceso Autonómico, la Comunidad Autónoma estime que corresponden a la Administración del Estado.

    10. La Comunidad Valenciana y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales intercambiarán la información que a efectos estadísticos se establezca.

      La Comunidad Valenciana, igualmente, queda sometida al régimen de contabilidad pública, debiendo rendir cuentas de sus operaciones al Tribunal de Cuentas.

    11. A fin de poder elaborar las cuentas y balances de la Seguridad Social a presentar en las Cortes Generales, conforme a lo establecido en el artículo 148.2 del citado texto refundido de la Ley General Presupuestaria, por la Comunidad Valenciana se remitirá al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para su consolidación e integración por los órganos competentes en las del total del sistema, la documentación contable relativa al cierre del ejercicio en la forma y plazos que se establezcan por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con carácter general para todo el territorio español.

  6. Bienes, derechos y obligaciones de la Administración del Estado que se traspasan.

    1. Se traspasan a la Comunidad Valenciana los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Social de la Marina que corresponden a los servicios traspasados.

    2. En el plazo de un mes, desde la efectividad de este Acuerdo, por el Gobierno se firmarán las correspondientes actas de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable.

    3. Se adscriben a la Comunidad Valenciana los bienes patrimoniales afectados al Instituto Social de la Marina que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 1.

    Esta adscripción se entiende sin perjuicio de la unidad del patrimonio de la Seguridad Social, distinto del del Estado y afecto al cumplimiento de sus fines específicos, cuya titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.

    Las nuevas adscripciones de bienes a la Comunidad Valenciana, así como el cambio de destino de los ya adscritos y la retrocesión de los mismos, en su caso, a la Seguridad Social se ajustarán al procedimiento que por convenio se establezca, de acuerdo con la legislación básica del Estado.

    En tanto no se formalice el citado convenio, las nuevas adscripciones de inmuebles, autorizadas por el Consejo de Ministros, no precisarán de formalización mediante acuerdo específico del Pleno de la Comisión Mixta. Será suficiente, para su efectividad, la firma por los representantes autorizados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma, de la correspondiente acta de puesta a disposición, de la que se remitirá un ejemplar, para su constancia, custodia y archivo, a la Secretaría de la Comisión Mixta.

  7. Personal y vacantes adscritos a los servicios e instituciones que se traspasan.

    1. El personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios e instituciones traspasados y que se referencian nominalmente en la relación adjunta número 2, pasarán a depender de la Comunidad Valenciana, en los términos legalmente previstos por el Estatuto de Autonomía, y las demás normas que en cada caso resulten aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta.

    2. Por el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes en materia de personal se notificará a los interesados el traspaso. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Valenciana una copia certificada de todos los expedientes del personal traspasado, así como los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas durante 1996.

  8. Valoración definitiva de las cargas financieras de los servicios traspasados.

    La valoración efectuada por la Comisión Mixta de Transferencias de los créditos presupuestarios del ejercicio 1996, que se transfieren a la Comunidad Valenciana y que son los que se especifican en la relación adjunta número 3, asciende a un total de 647.803.934 pesetas, importe correspondiente a la liquidación presupuestaria del ejercicio 1995, y que se actualizará de conformidad con lo establecido en el apartado E).e) de este Acuerdo.

  9. Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.

    La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados, con los correspondientes inventarios, se realizarán en el plazo de un mes desde la fecha de efectividad de este Acuerdo.

  10. Fecha de efectividad del traspaso.

    El traspaso de funciones y servicios objetos de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de octubre de 1996.

    No obstante, el Instituto Social de la Marina podrá continuar realizando las funciones de elaboración, fiscalización, autorización y pago de las nóminas hasta el 31 de diciembre de 1996.

    Y para que conste, se expide la presente certificación en Valencia a 30 de julio de 1996.-Los Secretarios de la Comisión Mixta, Antonio Bueno Rodríguez y Catalina Escuin Palop.

    RELACIÓN NÚMERO 1

    Relación de bienes inmuebles adscritos al Instituto Social de la Marina objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma Valenciana

    COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA

    Dirección Provincial de Alicante

    Observaciones

    (entidad de origen

    y fecha de reversión) / Número

    identidad / Nombre y uso / Localidad y dirección / Ubicación y superficie

    en metros cuadrados / Titular / Título jurídico

    0301 / Clínica local y oficinas. / Alicante. Muelle de Poniente, s/n. / Baja y 1.ª

    573,80 / Cofradía de Pescadores. / Arrendamiento: 15-5-73. / Concesión administrativa MOP.

    Reversión en 1999.

    0351 / Casa del Mar. / Calpe. Virgen del Carmen, 7. / 1.ª y 3.ª

    565,96 / Seguridad Social. / Cesión gratuita: 2-3-86. / Cofradía de Pescadores.

    0331 / Casa del Mar. / Campello. Tirant lo Blanc. / Baja y 1.ª

    754,00 / Seguridad Social. / Cesión gratuita: 26-2-80. / Ayuntamiento de Campello.

    0311 / Casa del Mar. / Guardamar del Segura. Colón, 30. / 3.ª

    215,00 / Seguridad Social. / Cesión gratuita: 15-10-85. / Ayuntamiento de Guardamar del Segura.

    0320 / Casa del Mar. / Santa Pola. Av. Fco. Pérez. Ojeda, 27. / 2.ª

    346,00 / Seguridad Social. / Cesión gratuita: 31-1-85. / Ayuntamiento de Santa Pola.

    Dirección Provincial de Castellón

    Observaciones

    (entidad de origen

    y fecha de reversión) / Número

    identidad / Nombre y uso / Localidad y dirección / Ubicación y superficie

    en metros cuadrados / Titular / Título jurídico

    1201 / Casa del Mar / Castellón. Churruca, 13 / Baja

    1.449,00 / Seguridad Social / Compraventa: 18-4-75 / Cofradía de Pescadores de Castellón.

    Dirección Provincial de Valencia

    Observaciones

    (entidad de origen

    y fecha de reversión) / Número

    identidad / Nombre y uso / Localidad y dirección / Ubicación y superficie

    en metros cuadrados / Titular / Título jurídico

    4601 / Casa del Mar. / Valencia. Avenida del Puerto, 300. / 1.ª y 2.ª

    1.631,00 / Seguridad Social. / Adscripción: 27-11-79. / Ministerio de Economía y Hacienda.

    RELACIÓN NÚMERO 2

    2.1 Relación nominativa de personal de establecimientos sanitarios del Instituto Social de la Marina que ocupa plaza a 15 de julio de 1996 y se transfiere a la Comunidad Autónoma Valenciana

    Dirección Provincial de Alicante

    1. Personal estatutario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Alicante

      Personal médico

      Artiaga Martín, Santiago. / 21.191.952 / Rehabilitación. / Titular en propiedad. / A / C

      Bercial Mencual, José Antonio. / 17.231.366 / Cirugía general. / Titular en propiedad. / A / C

      Botella Belda, María Teresa. / 17.141.334 / Análisis clínicos. / - / A.F. / C

      Esquerdo Orozco, Pedro Vicente. / 21.371.519 / Otorrinolaringología. / Interino. / A / C

      García Lillo, Miguel Ángel. / 21.406.413 / Ayudante cirugía general. / Interino. / A / C

      Gómez Brotons, Francisco. / 74.206.820 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Guijarro Gomis, Vicente. / 23.351.626 / Dermatología. / Titular en propiedad. / A / C

      Marco Vera, Cecilia. / 22.094.865 / Ginecología. / Interino. / A / C

      Martínez García, Juan Luis. / 21.302.352 / Pediatra puericultor de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Pardo Arizmendi, Cristóbal. / 21.380.850 / Tocoginecólogo. / Interino. / A / C

      Reyes Gomis, Ricardo. / 21.369.169 / Odontología. / Interino. / A / C

      Rodríguez Argüeso, Francisco Javier. / 7.788.473 / Aparato respiratorio y circulatorio. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Catalá Martínez, Teresa. / 21.385.218 / Auxiliar enfermería F. Técnicas. / Titular en propiedad. / A / C

      Cernuda Otero, Inmaculada. / 21.618.642 / Enfermera jefe. / Titular en propiedad. / A / C

      Coloma Valero, Carmen. / 21.393.172 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Fernández Rodríguez, Isabel. / 21.272.184 / Fisioterpeuta II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Giménez Gutiérrez, Elvira. / 21.373.861 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Guillén Chust, Leonor. / 21.439.868 / Auxiliar enfermería F. Técnicas. / Titular en propiedad. / A / C

      Martínez Papi, Josefa. / 21.390.571 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Pérez Cartagena, Angelina. / 21.947.475 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Roma Andreu, María Dolores. / 21.384.218 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Ruipérez Díez, Petra. / 12.688.232 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Soriano Mora, Enrique. / 21.397.796 / ATS de zona. / Titular en propiedad. / R / C

      Soriano Mora, Manuel. / 21.378.471 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Villena Gonzalvo, María José. / 21.445.404 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal no sanitario

      Casado Sánchez, Rosa Irene. / 21.355.887 / Jefe equipo B. / Empleado de plantilla. / A / C

      Guillén Chust, Concepción. / 21.388.950 / Auxiliar administrativo. / Empleado de plantilla. / A / C

      López Uris, Hermenegilda. / 21.366.951 / Jefe equipo B. / Empleado de plantilla. / A / C

      Payá Marcet, Francisco Rafael. / 21.357.499 / Celador sin atención directa. / Empleado de plantilla. / A / C

      Centro de destino: E. S. Altea

      Personal médico

      Alepuz Giménez, Vicente. / 19.140.107 / Odontología. / Interino. / A / C

      Revilla Lorenzo, María Teresa. / 25.142.262 / Medicina general. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Antón Vicente, Rosa María, / 21.394.596 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal no sanitario

      Cuenca Alcántara, Antonio G. / 21.453.234 / Celador sin atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

      Centro de destino: E. S. Calpe

      Personal médico

      Pastor Carrals, Juan. / 73.986.438 / Medicina general. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Chesa Ferrer, Carmen. / 28.990.689 / ATS de II.AA. / Interino. / A / C

      Sánchez Escoc, María Carmen. / 17.847.060 / Matrona de zona. / - / A.F. / C

      Tur Sala, Francisca. / 21.402.455 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal no sanitario

      Perles Vives, José. / 21.309.456 / Celador sin atención directa. / Empleado de plantilla. / R / C

      Centro de destino: E. S. Campello

      Personal médico

      García Cantó, Eva María. / 21.475.003 / Pediatra puericultor de zona. / - / A.F. / C

      Ricote de Miguel, Ángel. / 51.830.661 / Medicina general. / - / A.F. / C

      Personal sanitario no facultativo

      Alonso Talens, Luz. / 22.490.263 / ATS de zona. / - / A.F. / C

      Blaya Navarro, Mercedes. / 21.372.793 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Mas Ribera, Ana María. / 21.599.939 / Matrona de zona. / - / A.F. / C

      Ortuño Pérez, Caridad. / 29.016.731 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Personal no sanitario

      Sempere Tortosa, Francisca A. / 21.437.319 / Celador sin atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

      Centro de destino: E. S. Denia

      Personal médico

      Colecha Boix, Pedro. / 22.504.927 / Medicina general. / Interino. / A / C

      Ortuño Devesa, Inmaculada. / 19.809.417 / Pediatra puericultor de zona. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Diego Llorca, Ernestina. / 73.986.278 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Piera Puchol, Carmen. / 73.988.012 / Matrona de zona. / - / A.F. / C

      Varó García, María. / 21.308.066 / Matrona de zona. / - / A.F. / C

      Viñals Colubi, José Ángel. / 20.765.665 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Centro de destino: E. S. Guardamar

      Personal sanitario no facultativo

      García Viudes, Francisco. / 21.271.222 / ATS de zona. / - / A.F. / C

      Pastor Fructuoso, Rosalía. / 22.005.534 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Pérez Aldeguer, María Dolores. / 74.194.764 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Centro de destino: E. S. Santa Pola

      Personal médico

      Roig Fernández, María Lidia. / 21.414.733 / Medicina general. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Almagro Manrique, M. Teresa. / 21.946.162 / ATS de zona. / / A.F. / C

      Botella Pérez, Aurelia. / 73.991.637 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A.F. / C

      Martínez González, M. del Carmen. / 21.962.263 / Auxiliar enfermería II.AA. / Provisional. / A / C

      Martínez Hernández, Josefa. / 22.107.254 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Viejo Huertas, Joaquina. / 12.228.131 / Matrona de zona. / / A.F. / C

      Personal no sanitario

      Umbón San Juan, Sebastián. / 14.239.881 / Celador sin atención directa. / Empleado de plantilla. / A / C

      Centro de destino: E. S. Torrevieja

      Personal médico

      Hernán Gómez Cuesta, María Teresa José. / 12.358.836 / Pediatra puericultor de zona. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Morales Espinosa, Francisca. / 72.521.735 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Centro de destino: E. S. Villajoyosa

      Personal médico

      Asensio García, Miguel Ángel. / 21.412.304 / Medicina general. / Interino. / A / C

      De Juan Prieto, Joaquín. / 6.494.786 / Medicina general. / - / A / C

      Soler Esquerdo, Pablo Cosme. / 21.316.961 / Odontología. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Gordero Montoya, Ángela. / 21.385.059 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Lacasta Egea, Ana María. / 15.795.092 / ATS de zona. / - / A.F. / C

      Mas Llorca, Luis. / 21.605.544 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Personal no sanitario

      Lloret García, Juan. / 45.414.354 / Celador sin atención directa. / Empleado de plantilla. / A / C

    2. Personal funcionario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: D. Prov. Alicante

      Personal funcionario

      Martínez Soriano, Josefa. / 74.337.428 / Inspector médico. / Funcionario de carrera. / A / C

    3. Personal eventual de sustitución de titular con reserva de plaza (situación especial en activo, liberado sindical, adscripción temporal, excedencias especiales, etc.) e incapacidad temporal de larga duración

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Alicante

      Personal sanitario no facultativo

      Poyatos Quílez, José Carlos. / 21.426.450 / ATS de zona. / Interino de sustitución. / A / C

      Centro de destino: E. S. Calpe

      Personal no sanitario

      Gramaje Ruano, Amapola. / 21.463.793 / Celador sin atención directa. / Interino de sustitución. / A / C

      Dirección Provincial de Castellón

    4. Personal estatutario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Castellón

      Personal médico

      Andrés Jorda, Natividad. / 18.931.047 / Médico servicio urgencias. / Interino. / A / C

      Belles Gonell, José Manuel. / 18.887.201 / Ayudante de oftalmología. / Interino. / A / C

      Catalán Garcés, Julio. / 22.604.736 / Análisis clínicos. / Interino. / A / C

      Compañ Mariño, Vicente. / 18.887.988 / Odontología. / Interino. / A / C

      Dols Sancho, José Luis. / 18.872.453 / Médico servicio urgencias. / Titular en propiedad. / A / C

      Garrido García, Desamparados. / 19.447.268 / Médico servicio urgencias. / Titular en propiedad. / A / C

      Martí Giner, María Jesús. / 22.512.900 / Dermatología. / Interino. / A / C

      Menezo Rozalen, Víctor. / 18.755.272 / Oftalmología. / Titular en propiedad. / A / C

      Peirats Mecho, Manuel. / 18.903.888 / Médico servicio urgencias. / Interino. / A / C

      Sales Ferrer, Joaquín. / 18.846.697 / Radioelectrografía. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Aguilar Capilla, Elena Carmen. / 18.921.300 / ATS de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Badenes Braulio, Bibiana. / 18.971.965 / Fisioterapeuta II.AA. / Interino. / R / C

      Ballester Olivares, María Carmen. / 18.899.606 / Auxiliar enfermería II. AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Benítez Cervera, Alberto. / 18.908.032 / ATS de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Casanova de la Torre, Ofelia. / 18.875.901 / Auxiliar enfermería F. técnicas. / Titular en propiedad. / A / C

      Enguidanos Folia, María Amparo. / 18.972.819 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Esteller Manrique, Inmaculada. / 18.918.915 / ATS de II.AA. / Interino. / A / C

      Fabregat Fabregat, María Consuelo. / 18.833.448 / Enfermera jefe. / Titular en propiedad. / A / L

      Ferreres Puchol, Josefa. / 18.907.973 / Enfermera ATS L/R especialidades. / Titular en propiedad. / A / C

      Guardiola Pechobierto, Margarita. / 18.953.764 / Auxiliar enfermería F. técnicas. / Interino. / A / C

      Huysmans Blomme, Jeanine. / 18.887.777 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Marco Viciano, Fernando. / 18.892.807 / Enfermera ATS servicio de urgencias. / Titular en propiedad. / A / C

      Montoliu Gil, Gloria. / 18.907.964 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Moral Casanova, Rosa Pilar del. / 18.901.255 / Fisioterapeuta II.AA. / Interino. / A / C

      Nos Segarra, Purificación. / 18.840.059 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Pallarés Blasco, María Alicia. / 18.918.639 / Enfermera ATS servicio de urgencias. / Titular en propiedad. / A / C

      Pellejero Altuna, María Carmen. / 17.102.794 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Ripollés Arambul, María Carmen. / 73.367.378 / Enfermera ATS L/R especialidades. / Titular en propiedad. / A / C

      Romero del Río, Tomás. / 76.449.070 / Enfermera ATS servicio de urgencia. / Titular en propiedad. / A / C

      Silvestre Vara, Miguel Ángel. / 18.895.165 / Enfermera ATS servicio de urgencia. / Titular en propiedad. / A / C

      Valverde Albiol, Teresa. / 18.887.133 / Auxiliar enfermería F. técnicas. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal no sanitario

      Agramunt Albiol, Rosa María. / 18.904.231 / Jefe equipo B. / Empleado de plantilla. / A / C

      Ahis Marco, Juan. / 18.683.255 / Celador sin atención directa. / Empleado de plantilla. / A / C

      García Miralles, Andrés. / 18.919.765 / Celador servicio urgencia. / Empleado de plantilla. / A / C

      Gavara Arambul, Vicente. / 18.939.984 / Celador sin atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

      Nieto Sánchez, José Antonio. / 12.359.846 / Celador servicio urgencia. / Empleado de plantilla. / A / C

      Palenzuela Martínez, Manuel. / 27.074.337 / Celador servicio urgencia. / Empleado de plantilla. / A / C

    5. Personal funcionario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: D. Prov. Castellón

      Personal funcionario

      Devesa García, Pedro J. / 21.382.656 / Inspector médico. / Funcionario de carrera. / A / C

    6. Personal eventual de sustitución de titular con reserva de plaza (situación especial en activo, liberado sindical, adscripción temporal, excedencias especiales, etc.) e incapacidad temporal de larga duración

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Castellón

      Personal sanitario no facultativo

      Moya Gómez, Antonio. / 29.027.901 / Fisioterapeuta II.AA. / Interino de sustitución. / A / C

      Personal no sanitario

      Pallarés Blasco, Antonio. / 18.422.241 / Celador servicio urgencia. / Interino de sustitución. / A / C

      Dirección Provincial de Valencia

    7. Personal estatutario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Valencia

      Personal médico

      Beltrán Pilato, Juan. / 22.515.025 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Cano López, Josefa. / 22.613.738 / Ayudante ginecología. / Titular en propiedad. / A / C

      Cervello Donderis, Gloria. / 19.458.424 / Endocrinología. / Titular en propiedad. / A / C

      Coloma García, María Ángeles. / 22.521.138 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Ebri Martínez, José. / 19.505.678 / Ayudante cirugía general. / Interino. / A / C

      Fernández Aragón, Amparo. / 22.658.576 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Ferragud Masía, José. / 73.929.296 / Neuropsiquiatría. / Titular en propiedad. / A / C

      Gabarda Civera, Pilar. / 24.310.139 / Ayudante de traumatología. / Titular en propiedad. / A / C

      Garay Peset, Ana. / 19.874.964 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      García Morata, Francisco José. / 24.304.055 / Ayudante de urología. / Titular en propiedad. / A / C

      García Torres, María Luisa. / 24.303.761 / Aparato digestivo. / Titular en propiedad. / A / C

      Gómez Gil, Ana. / 22.517.386 / Pediatra puericultor de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Greus Prini, Carmen. / 19.398.807 / Ginecología. / Titular en propiedad. / A / C

      Latorre Monteagudo, María Emilia. / 73.540.254 / Otorrinolaringología. / Interino. / A / C

      Martínez Gimeno, José Luis. / 19.077.494 / Rehabilitación. / Titular en propiedad. / A / C

      Molina Plasencia, Miguel. / 19.745.293 / Aparato respiratorio y circulatorio. / Titular en propiedad. / A / C

      Navarro Caballero, Pascual. / 19.511.831 / Urología. / Titular en propiedad. / A / C

      Paredes Cencillo, María Teresa. / 19.826.299 / Medicna general. / Titular en propiedad. / A / C

      Pérez Boix, José María. / 73.644.114 / Radiología. / Interino. / A / C

      Ribera Durá, Vicente. / 19.764.667 / Pediatra puericultor de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Ruiz Domenech, Carmen. / 18.900.089 / Dermatología. / Titular en propiedad. / A / C

      Rustom Nahawi, Fathi. / 22.697.356 / Oftalmología. / Titular en propiedad. / A / C

      Vicente Catalá, Juan D. / 19.441.141 / Odontología. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Alberto Pallarés, Presentación. / 19.857.132 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Amo Moreno, Milagros del. / 74.455.292 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Blasco García, María Teresa. / 27.739.714 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Das Martínez, María Julia. / 19.875.650 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Gadea Estellés, Francisca. / 19.133.747 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C Grandal Tudoli, Concepción. / 627.837 / Fisioterapeuta II.AA. / Interino. / A / C

      Guanter Peris, Rosa. / 19.837.669 / Enfermera ATS L/R especialidades. / Titular en propiedad. / A / C

      Guillamón Payá, Amparo. / 22.517.311 / Enfermera ATS L/R especialidades. / Titular en propiedad. / A / C

      Ivars Gimeno, María José. / 19.894.914 / Auxiliar enfermería F. técnicas. / Interino. / A / C

      Martínez Bosch, María Carmen. / 22.902.283 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Moya Serrano, Silvia. / 24.346.064 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Navarro Garrigos, María Ángeles. / 19.834.598 / Enfermera jefe. / Titular en propiedad. / A / L

      Noguera Navarro, Carmen. / 19.842.014 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Pérez Juesas, Carmen. / 73.648.096 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Quirós Morato, Carmen. / 24.312.896 / Enfermera ATS L/R especialidades. / Titular en propiedad. / R / C

      Ramis Ginesta, María Carmen. / 20.765.003 / Auxiliar enfermería F. técnicas. / Titular en propiedad. / A / C

      Romero Castañer, Carmen. / 22.665.823 / ATS de zona. / Titular en propiedad. / A / C

      Sáez del Castillo, Ascensión. / 19.492.871 / ATS de II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Tapia Gallart, Josefina. / 19.779.382 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Vázquez Ordiñana, Josep. / 22.520.402 / ATS de II.AA. / Interino. / A / C

      Personal no sanitario

      Blascos Paños, María del Carmen. / 19.878.529 / Celador con atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

      Das Martínez, Francisco. / 19.505.460 / Celador con atención directa. / Empleado de plantilla. / A / C

      Martínez García, María Carmen. / 22.514.938 / Jefe equipo B. / Empleado de plantilla. / A / C

      Silvestre Barea, Ramón. / 22.690.902 / Celador con atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

      Vidal Sanz, María Teresa. / 19.787.961 / Jefe equipo B. / Empleado de plantilla. / A / C

      Centro de destino: E. S. Cullera

      Personal médico

      Navarro Tarín, Fernando. / 22.651.190 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Ruiz Miquel, José I. / 21.302.033 / Pediatra puericultor de zona. / Interino. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Gómez Martínez, Cecilio Ernesto. / 19.880.231 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Centro de destino: E. S. Gandía

      Personal médico

      Bayo Piqueras, Elvira. / 5.137.077 / Pediatra puericultor de zona. / Interino. / A / C

      Ferreres Albentosa, Pilar. / 22.435.422 / Medicina general. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal sanitario no facultativo

      Aparisi Pérez, Juana María. / 19.986.319 / ATS de zona. / Interino. / A / C

      Marco García, Nuria. / 20.009.326 / Auxiliar enfermería II.AA. / Interino. / A / C

      Palacios Ferrer, Josefa. / 19.973.618 / Auxiliar enfermería II.AA. / Titular en propiedad. / A / C

      Personal no sanitario

      Mejías Mejías, Consuelo. / 20.413.154 / Celador con atención directa. / Empleado no fijo de plantilla. / A / C

    8. Personal funcionario

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: D. Prov. Valencia

      Personal funcionario

      Tormo Pérez, Eduardo. / 22.659.878 / Inspector médico. / Funcionario de carrera. / A / C

    9. Personal eventual de sustitución de titular con reserva de plaza (situación especial en activo, liberado sindical, adscripción temporal, excedencias especiales, etc.) e incapacidad temporal de larga duración

      Situa-

      ción / F.P. / Apellidos y nombre / DNI / Puesto / Clase de nombramiento

      Centro de destino: E. S. Valencia

      Personal sanitario no facultativo

      Llopis Fornas, María Luisa. / 22.532.640 / Enfermera ATS L/R especial. / Interino de sustitución. / A / C

      2.2 Relación nominativa de puestos vacantes de establecimientos sanitarios del Instituto Social de la Marina a 15 de julio de 1996 que se transfiere a la Comunidad Autónoma Valenciana

      Dirección Provincial de Alicante

    10. Personal estatutario

      Forma de

      retribución / Forma de

      provisión / Denominación / Código

      Centro de destino:

      E.S. Campello

      Personal médico

      Medicina general. / 5604 / Cupo. / Concurso.

      Centro de destino:

      E.S. Altea

      Personal sanitario

      no facultativo

      ATS de zona. / 5508 / Cupo. / Concurso.

      Dirección Provincial de Castellón

    11. Personal estatutario

      Forma de

      retribución / Forma de

      provisión / Denominación / Código

      Centro de destino:

  11. S. Castellón

    Personal sanitario

    no facultativo

    Auxiliar de enfermería II.AA. / 5510 / Sueldo. / Concurso.

    Dirección Provincial de Valencia

    1. Personal estatutario

    Forma de

    retribución / Forma de

    provisión / Denominación / Código

    Centro de destino:

  12. S. Valencia

    Personal sanitario

    no facultativo

    Fisioterapeuta II.AA. / 5502 / Sueldo. / Concurso.

    RELACIÓN NÚMERO 3

    Valoración del coste de los servicios del traspaso de la asistencia sanitaria a la Comunidad Autónoma de Valencia en base a la liquidación correspondiente a 1995

    Pesetas

Capítulo I / 473.076.804
Capítulo II / 120.803.056
Capítulo IV / 14.141.745

Inversiones nuevas / 3.211.860

Inversiones de reposición / 7.905.469

Costes indirectos servicios centrales / 6.405.000

Costes indirectos servicios periféricos / 22.260.000

Total / 647.803.934

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