Transporte aéreo y multimodal

Páginas255-373
TRANSPORTE AÉREO Y MULTIMODAL
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Revista de Derecho del Transporte
N.º 21 (2018): 255-373
TRANSPORTE AÉREO Y MULTIMODAL*
SUMARIO: A. NOTICIAS.—B. LEGISLACIÓN: I. Legislación extranjera: 1. «Comentarios a la Ley peruana 30.740
que regula el uso y las operaciones de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS)», por Miguel
Mena Ramírez. II. Legislación nacional. III. Legislación Laboral y de la Seguridad Social.—C. JURISPRUDEN-
CIA: I. Reseñas de jurisprudencia: 1. Transporte aéreo: a) Pasajeros: a’) Denegación de embarque. b’) Cance-
lación de vuelo. c’) Retraso. d’) Gran retraso. e’) Destrucción, pérdida y avería de equipaje. f’) Daños morales.
g’) Otras cuestiones. II. Comentarios de jurisprudencia: 1. «La acción de compensación económica del Regla-
mento (CE) 261/04 es “materia contractual” a los efectos del art. 7.1 del Reglamento (UE) 1215/12 para la aplica-
ción de reglas especiales de competencia internacional. Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (Sala 3.ª), de 7 de marzo de 2018», por Irene Nadal Gómez. 2. «La Corte di Cassazione Italiana
si pronuncia sulla distribuzione del carico probatorio in relazione alla responsabilità del vettore aereo per ritardo
e ai f‌ini della compensazione pecuniaria di cui al reg. (CE) n. 261/2004», por Luca Ancis. 3. «Comentario a la
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3.ª, 593/2018, de 12 de abril de
2018», por Carmen Rojo Álvarez-Manzaneda. 4. «El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que una
“huelga salvaje” no puede ser considerada “circunstancia extraordinaria” ex art. 5, apartado 3, del Reglamento
(CE) 261/2004. Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala 3.ª) de 17 de abril
de 2018», por Paula Belmonte de la Villa.—D. DERECHO DE LA COMPETENCIA: I. Acuerdos. II. Concentra-
ciones. III. Ayudas de Estado. IV. Propuesta del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la
Defensa de la Competencia en el transporte aéreo y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 868/2004,
del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2017)0289 - C8-0183/2017 - 2017/0116(COD)].—E. RECENSIO-
NES Y BIBLIOGRAFÍA: I. Recensiones: 1. Kearns, Suzanne K., Fundamentals of international aviation, London,
Routledge, 2018, 372 pp., ISBN: 978-1-138-70894-5, por María Jesús Blanco Sánchez. 2. Pruneddu, Giovanni,
Le compagnie low cost tra disciplina dei servizi aerei e tutela dell’utente, Canterano (RM), Aracne, 2017, 164 pp.,
ISBN: 978-88-255-0412-5, por José Manuel Martín Osante. 3. Ancis, Luca, Informazione e assistenza del pas-
seggero nel trasporto aereo. Il mutamento dei connotati dell’obbligo di protezione, Napoli, ESI, 2017, 490 pp.,
ISBN: 978-88-495-3357-6, por Massimo Deiana. 4. Chassot, Laurent, Les sources de la responsabilité du trans-
porteur aérien international, Zürich, Schulthess, 2012, 371 pp., ISBN: 978-3-7255-6426-2, por Vincent Grellière.
II. Bibliografía: 1. Artículos en revistas y capítulos de libros: transporte aéreo. 2. Artículos en revistas y capítulos
de libros: transporte multimodal. 3. Artículos en revistas y capítulos de libros: Derecho espacial.
CONTENT: A. NEWS.—B. LEGISLATION: I. Foreign legislation: 1. «Comments to Peruvian law 30.740 regulating the
use and operations of remotely piloted Aircraft Systems (RPAS)», by Miguel Mena Ramírez. II. National legisla-
tion. III. Labour and Social Security Legislation.—C. COURT DECISIONS: I. Reviews of Court decisions: 1. Car-
riage by air: a) Passengers: a’) Denied boarding. b’) Cancellation of f‌light. c’) Delay. d’) Great delay. e’) Baggage
destruction, loss and damage. f’) Moral damages. g’) Other issues. II. Commentaries on Court decisions: 1. «The
economic compensation action of Regulation (EC) 261/04 is “contractual matter” for the purposes of Article 7.1 of
Regulation (EU) 1215/12 for the application of special rules of international competition. Judgment of the Court
of Justice of the European Union (Third Chamber) of March 7, 2018», by Irene Nadal Gómez. 2. «Pronounce-
ment by the Italian Court of Cassation on the distribution of the burden of proof in relation to the responsibility
* Coordina esta Sección: María Jesús GUERRERO LEBRÓN (M. J. G. L., Universidad Pablo de Olavide
de Sevilla).
Colaboran en esta Sección: Paula BELMONTE DE LA VILLA (P. B. V., Universidad Pablo de Olavide de
Sevilla), Patricia BENAVIDES VELASCO (P. G. B. V., Universidad de Málaga), María Jesús BLANCO SÁNCHEZ
(M. J. B. S., Universidad Pablo de Olavide de Sevilla), Fernando ELORZA GUERRERO (F. E. G., Universi-
dad Pablo de Olavide de Sevilla), Maximiliano ESCOBAR SAAVEDRA (M. E. S., Universidad de Concepción,
Santiago de Chile), Isabel FERNÁNDEZ TORRES (I. F. T., Universidad Complutense de Madrid), Belén GON-
ZÁLEZ FERNÁNDEZ (B. G. F., Universidad de Málaga), Patricia MÁRQUEZ LOBILLO (P. M. L., Universidad
de Málaga), María de la Paz MARTÍN CASTRO (M. P. M. C., Universidad de Cádiz), Arantza MARTÍNEZ
BALMASEDA (A. M. B., Universidad del País Vasco); Thierry MAZOYER (T. M., Avocat au Barreau de Pa-
ris, Chevrier Associes), Eugenio OLMEDO PERALTA (E. O. P., Universidad de Málaga), María Isabel RIVAS
CASTILLO (M. I. R. C., Universidad de Cádiz) y Carmen ROJO ÁLVAREZ-MANZANEDA (C. R. A. M., Univer-
sidad de Granada). Puntualmente participan en la sección otros colaboradores.
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of the air carrier for delay and in relation to the pecuniary compensation of the Regulation (CE) n. 261/2004»,
by Luca Ancis. 4. «Judgment of the Supreme Court, Administrative Contentious Chamber, Section 3, 593/2018,
of April 12, 2018», by Carmen Rojo Álvarez-Manzaneda. 5. «European Union Court of Justice concludes that a
“wildcat strike” can not be considered as an “extraordinary circumstance” ex article 5, section 3, of Regulation
(EC) 261/2004. Commentary on the Judgment of the Court of Justice of the European Union (third chamber) of 17
April 2018», by Paula Belmonte de la Villa.—D. COMPETITION LAW: I. Agreements. II. Concentrations. III. State
aids. IV. Proposal for a regulation of the European Parliament and of the Council on safeguarding competition in
air transport, repealing Regulation (EC) No 868/2004 [COM(2017)0289 – C8-0183/2017 – 2017/0116(COD)].—
E. BOOK REVIEWS AND BIBLIOGRAPHY: I. Books reviews: 1. Kearns, Suzanne K., Fundamentals of interna-
tional aviation, London, Routledge, 2018, 372 pp., ISBN: 978-1-138-70894-5, by María Jesús Blanco Sánchez.
2. Pruneddu, Giovanni, Le compagnie low cost tra disciplina dei servizi aerei e tutela dell’utente, Canterano (RM),
Aracne, 2017, 164 pp., ISBN: 978-88-255-0412-5, by José Manuel Martín Osante. 3. Ancis, Luca, Informazione
e assistenza del passeggero nel trasporto aereo. Il mutamento dei connotati dell’obbligo di protezione, Napoli,
ESI, 2017, 490 pp., ISBN: 978-88-495-3357-6, by Massimo Deiana. 4. Chassot, Laurent, Les sources de la res-
ponsabilité du transporteur aérien international, Zürich, Schulthess, 2012, 371 pp., ISBN: 978-3-7255-6426-2, by
Vincent Grellière. II. Bibliography: 1. Articles in journals and book chapters: carriage by air. 2. Articles in journals
and book chapters: multimodal transport. 3. Articles in journals and book chapters: space law.
A. NOTICIAS
EL NÚMERO DE INCIDENTES CAUSADOS POR PASAJEROS
(
«DISRUPTIVE PASSENGERS»
) DESCIENDE, PERO
LOS QUE SE PRODUCEN SON MÁS GRAVES
La IATA informó sobre el estado de las crisis causadas por pasajeros, aportando
datos estadísticos. La tasa de incidentes en 2016 disminuyó en comparación con
2015, con un incidente por cada 1.434 vuelos en 2016, frente a uno en cada 1.205
vuelos durante 2015. Sin embargo, los incidentes de nivel 2 que incluyen asalto físi-
co, comportamiento obsceno, amenazas verbales, acoso o alteración de los sistemas
de emergencia o de seguridad a bordo aumentaron del 11 por 100 del total de inci-
dentes causados por indisciplinados en 2015, al 12 por 100 en 2016.
Desde la IATA se hace un llamamiento a los gobiernos para la activación de ele-
mentos disuasorios de este tipo de conductas (M. J. B. S.).
CREACIÓN DE UNA ZONA EUROPEA COMÚN DE AVIACIÓN
Entra en vigor el Acuerdo Multilateral entre la República de Albania, Bosnia y
Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la Comunidad Eu-
ropea, la República de Islandia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, el
Reino de Noruega, Serbia y Montenegro, Rumanía y la Administración Provisional
de las Naciones Unidas en Kosovo sobre la creación de una Zona Europea Común
de Aviación (ZECA), hecho en Luxemburgo el 9 de junio de 2006, de conformidad
con lo dispuesto en el art. 29.2 del propio texto.
Con ello f‌inaliza su aplicación provisional por España, iniciada el 31 de julio de
2007 (M. J. B. S.).
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FOMENTO DEL MERCADO AÉREO ENTRE ESPAÑA Y CHINA
El Ministerio de Fomento, mediante comunicado de 8 de diciembre de 2017,
daba a conocer la creación de un nuevo marco para fomentar el desarrollo del mer-
cado aéreo entre ambos países.
El acuerdo alcanzado da respuesta a la creciente demanda, favoreciendo la con-
solidación de las rutas existentes y la implantación de nuevas conexiones. Entre
otros aspectos destacan: la apertura de nuevas rutas desde cualquier aeropuerto
internacional de ambos países, la eliminación de las restricciones geográf‌icas aplica-
bles hasta ahora y la ampliación del número de rutas y vuelos semanales entre China
y España (M. J. B. S.).
NACE EL MERCADO ÚNICO DE TRANSPORTE AÉREO AFRICANO
El Mercado Único Africano de Transporte Aéreo tuvo su lanzamiento of‌icial du-
rante la XXX cumbre de la Unión Africana en Etiopía, celebrada los días 28 y 29
de enero.
Esta iniciativa intenta liberalizar por completo los mercados del transporte aéreo
en toda la región. 23 países del continente han acordado abrir sus espacios aéreos.
La IATA celebra este hito al considerar que una conectividad mejorada estimu-
lará la demanda, mejorará la competitividad de la industria aeronáutica africana y
hará que los viajes en avión sean más accesibles. A su vez, esto permitirá mayores
volúmenes de comercio, expansión del turismo y crecimiento del comercio entre las
naciones africanas y con el resto del mundo (M. J. B. S.).
LA IATA SITÚA EN LA CAPITAL ESPAÑOLA SU MAYOR CENTRO
DE OPERACIONES
La IATA ha escogido Madrid como sede de su nuevo centro mundial de operacio-
nes, desde donde ya gestionaba la región europea y que pasará a gestionar también
las regiones de América del Norte, América Latina, África, Oriente Medio, y parte
de Asia.
Este hecho supondrá un importante incremento de plantilla, la sede contará con
unos 330 empleados de 60 nacionalidades en 2018 en su sede en la capital de Es-
paña, desde la que se gestionarán también directamente los billetes de avión y las
relaciones con los agentes de viajes y de carga para América, Europa, África, Oriente
Próximo y Asia Central (M. J. B. S.).
2017 FUE EL AÑO MÁS SEGURO PARA LA AVIACIÓN CIVIL COMERCIAL
El año 2017 fue el más seguro en la historia de la aviación, tras no registrarse
víctimas mortales en ninguno de los vuelos de las grandes compañías aéreas del

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