Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista. (BOE núm. 78, de 31 de marzo de 2012)

AutorEva Blasco Hedo
CargoDirectora Académica de 'Actualidad Jurídica Ambiental
Páginas28-31

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Temas Clave: Energía; Electricidad y gas; Consumo de energía; Dominio Público Radioeléctrico; Tarifas; Redes de telecomunicación

Resumen:

A través de este real decreto-ley se pretende evitar el retraso en la transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias, esencialmente las de mercado interior, con la finalidad de evitar sanciones.

Mediante su artículo 1 se incorpora parcialmente al derecho español la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.

A través de su art. 2, se incorpora parcialmente al derecho español la Directiva 2009/73/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.

Mediante los artículos 3 y 4 se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2009/136/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas; la Directiva 2002/58/CE, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores; así como la Directiva 2009/140/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican la Directiva 2002/21/CE, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas; la Directiva 2002/19/CE, de 7 de marzo de 2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al acceso a las redes de comunicaciones.

En relación con el sector eléctrico, se da cumplimiento a la obligación de la designación de una única autoridad reguladora a escala nacional, contemplándose sus competencias y

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funciones de forma detallada. Se garantiza la efectividad y aplicación de medidas de protección de los consumidores así como la independencia entre las actividades de red y de generación y suministro. Y se contempla la designación de los gestores de redes de transporte así como la referencia al consumidor vulnerable.

En...

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