Transparencia en la contratación pública de un poder no adjudicador

Páginas132-144
132
TRANSPARENCIA Y ACCESO AL EXPEDIENTE
12.19. TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE UN PODER NO ADJUDICADOR
Aplicación de los principios de transparencia en la contratación de un poder
no adjudicador. Documentos declarados condenciales por los licitadores, datos
personales y rma manuscrita de los empleados públicos que participen en la
licitación; publicidad activa y acceso a la información. 1
Se ha recibido en esta Abogacía del Estado petición de informe por parte de
la Secretaría General del ICEX, en relación con la aplicación de los principios de
    

datos posiblemente protegidos de los empleados públicos que intervengan en los

Examinada la consulta formulada por ese Organismo Público procede la emisión del
presente informe, de conformidad con las siguientes
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I
Con carácter general, la transparencia que debe regir la actividad de toda entidad
del Sector Público estatal se somete a un principio de publicidad activa que, en el área

Así, en primer lugar, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno, establece la publicidad activa en materia
contractual en su artículo 8:
«1. Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer
pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con
repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:
a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación
y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a
través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes
        
contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento
1 Informe emitido el 7 de febrero de 2019 por D. Óscar Sáenz de Santa María Gómez-Mampaso.
Abogado del Estado-Jefe en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR