STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Septiembre de 2000
Ponente | JOSE DIAZ DELGADO |
ECLI | ES:TSJCV:2000:6777 |
Número de Recurso | 668/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R. 668/96 SENTENCIA N° 1320 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
D. CARLOS ALTARRIBA CANO.
En la Ciudad de Valencia, a 14 de septiembre de 2000 VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo n° 668/96, interpuesto por el DON RAFAEL VILANA GALVAÑON, en nombre y representación de VALLEHERMOSO S.A., contra acuerdo del TEAR de Valencia de fecha 30 de noviembre de 1995, dictado en la reclamación 46/548/90 interpuesta contra liquidación girada por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por cuantía de 731.652 pesetas. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 4 de septiembre de 2000, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE DIAZ DELGADO.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra acuerdo del TEAR de Valencia de fecha 30 de noviembre de 1995, dictado en la reclamación 46/548/90 interpuesta contra liquidación girada por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por cuantía de 731.652 pesetas.
Aparecen como premisa fáctica del presente recurso contencioso-administrativo los siguientes hechos: Por escritura, pública otorgada el día 29 de diciembre de 1.987, la entidad "Maderas y Chapas Rocar S.A." vendió tres parcelas a la mercantil recurrente, figurando que las enajenaciones quedan sujetas a la condición suspensiva de obtención de la licencia municipal de obras. No obstante, en el acto se recibieron por la compradora los inmuebles y fue...
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