Decreto 336/1996, de 13 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de asociaciones y espectáculos públicos, respectivamente, mediante los reales decretos 1639/l996 y 1640/1996, ambos de 5 de julio, y su asignación a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

La Ley orgánica l6/l995, de 27 de diciembre, llevó a cabo una ampliación de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia, entre las que se incluyen las relativas a las materias de asociaciones y de espectáculos públicos. Como consecuencia de esto, mediante los reales decretos 1639/l996 y 1640/1996, ambos de 5 de julio, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios que, dentro de su territorio, venía desempeñando la Administración del Estado en las referidas materias.

Procede, en virtud del citado traspaso, asumir de forma expresa las funciones y servicios en los términos y condiciones especificados en los acuerdos de la Comisión Mixta de Transferencias y asignarlas a los órganos correspondientes de la Administración gallega.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo lº.-Asunción del traspaso.

  1. Quedan asumidas las funciones y servicios, bienes, derechos y obligaciones así como el personal y créditos presupuestarios, traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del Real decreto l639/l996, de 5 de julio, en materia de asociaciones, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias del día 25 de junio de l996, publicado como anexo al citado real decreto.

  2. Quedan asumidas las funciones y servicios, bienes, derechos y obligaciones así como el personal, traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del Real decreto 1640/1996, de 5 de julio, en materia de espectáculos públicos, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias del día 25 de junio de 1996, publicado como anexo al citado real decreto.

Artículo 2º Asignación de funciones y servicios.

Se asignan a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales las funciones, servicios y medios asumidos de conformidad con lo dispuesto

en el artículo anterior. Las referidas funciones serán ejercidas por la Dirección General de Interior.

Artículo 3º Efectividad del traspaso.

La asunción de funciones y servicios objeto...

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