Transcendencia e inmamencia en las teorías jurídicas de Gregorio Robles y Nicolás Gómez Dávila

AutorJosé J. Albert Márquez
Cargo del AutorContratado Doctor Filosofía del derecho, Universidad de Córdoba
Páginas155-177
TRANSCENDENCIA E INMAMENCIA EN LAS TEORÍAS
JURÍDICAS DE GREGORIO ROBLES Y NICOLÁS GÓMEZ
VILA
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S: I. Introducción. II. Bosquejos vitales. III. La “teoría jurídica” de
Nicolás Gómez Dávila. IV. Algunos elementos esenciales entorno al derecho, la
justicia y la decisión en la obra de Gregorio Robles. V. Concomitancias y discre-
pancias. VI. Conclusiones. VII. Bibliografía.
Derecho es meramente lo convenido, pero lo convenido no es meramente lo que se quiera
convenir, sino lo que se debe convenir. El derecho no es sino forma, pero su materia es
axiología
Nicolás Gómez Dávila
La teoría de la deci sión jurídica aborda el problema de la justicia extrainstitucional o
extrasistémica; o dicho, en otros términos, la justicia que todo derecho debe realizar en
la vida social
Gregorio Robles
I. INTRODUCCIÓN
La intención principal de estas líneas es relacionar la teoría jurídica del pensador
colombiano Nicolás Gómez Dávila (Bogotá, 1913-1994), con algunas de las principales
aportaciones teóricas de la obra del  lósofo del derecho español Gregorio Robles (Bil-
bao, 1948), fundamentalmente recogidas en su Teoría Comunicacional del Derecho
(TCD). En cierto sentido, es un modo de conectar el pensamiento jurídico de ambos
países trayendo a la palestra a dos originales autores. Sin embargo, es preciso advertir
que, en principio, poca relación parece que pueda establecerse entre el bogotano y
el bilbaíno, pues sus recorridos vitales y profesionales no pueden ser más dispares.
Si Robles es, tout court, un académico consagrado a la investigación y la docencia
(fundamentalmente en teoría del derecho, sociología jurídica y  losofía del derecho)
Gómez Dávila fue un pensador y erudito que se ocupó de lo jurídico como una de
las múltiples temáticas que ocuparon su atención. Si Robles es un  rme defensor del
* Contratado Doctor Filosofía del derecho, Universidad de Córdoba.
José J. Alb ert Márquez
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moderno estado de derecho, de la democracia constitucional (particularmente de las
democracias liberales) y de los derechos humanos1, Gómez Dávila es profundamente
antimoderno, antÍdemócrata, y se de ne como reaccionario; él encarnaría, de hecho,
al “reaccionario auténtico2 que describe en sus textos. Si la obra de Robles ha sido
cali cada de “hija y a la vez hacedora de la cultura moderna”3, la de Gómez Dávila, se
ha considerado una “reacción” a la modernidad4.
Ocurre, sin embargo, que, salvando todas las distancias, existen algunos parale-
lismos interesantes entre los planteamientos jurídicos básicos del autor colombiano
y la teoría jurídica del español. Nada implica, queda dicho, que ello suponga ningún
tipo de aproximación de tipo político o sociológico entre ellos; coinciden ambos en el
diagnóstico de algunos problemas, en cierta posición espistemológica de partida, pero
di eren profundamente en las soluciones que ofrecen a de esos problemas. Robles cons-
truye cientí camente desde lo jurídico; Gómez Dávila levanta acta de una situación de
hecho que no le agrada, e insinúa una salida extrajurídica, inasumible desde un plano
puramente cientí co. Trataremos de resaltar algunos de esos paralelismos (y algunas
discrepancias, lógicamente), subrayando la originalidad de los sistemas que en torno
a lo jurídico han ideado ambos autores.
II. BOSQUEJOS VITALES
Hasta hace relativamente poco Nicolás Gómez Dávila fue un autor casi descono-
cido dentro y fuera de su Colombia natal. José Miguel Oviedo se refería al bogotano,
a principios de la pasada década de los noventa, como un “ilustre desconocido5. El
colombiano publicó muy poco en vida, a veces por insistencia de familiares o amigos
y en alguna ocasión incluso fuera del país. No tuvo formación académica6 y aunque no
puede considerársele un misántropo, vivió relativamente al margen de determinados
convencionalismos sociales. Nicolás Gómez Dávila no fue un pensador convencional.
1 ROBLES, G., Los derechos fundamentales y la Ética en la sociedad actual, Civitas, Madrid, 1992.
2 GÓMEZ DÁVILA, N., “El reaccionario auténtico, Revista Universidad de Antioquía (314), pp.
15-19, 2013.
3 CAICEDO MOSCOTE, V.H., “Teoría comunicacional del derecho a la luz de la modernidad
(primera aproximación)”, en HERMIDA DEL LLANO, C., MEDINA MORALES, D., y ROCA
FERNÁNDEZ, M. J. (Coordinadores) La Teoría Comunicacional del Derecho y otras direcciones del
pensamiento jurídico contemporáneo. Libro homenaje al Profesor Gregorio Robles, Tirant lo Blanch, Valencia,
2020. p 168.
4 VOLPI, F., El solitario de Dios, (Tomo I, de la edición integral de los Escolios de Nicolás Gómez
Dávila), Villegas Editores, Bogotá, 2005, p. 14. En sus Notas Gómez Dávila escribe: “ Todo hombre
auténticamente moderno que no se suicida a los cuarenta años es un imbécil”, (Notas , p. 272), o “La
democracia es el sistema para el cual lo justo y lo injusto, lo racional y lo absurdo, lo humano y lo bestial,
se determinan no por la naturaleza de las cosas, sino por un proceso electoral” (Notas, p. 415). GÓMEZ
DÁVILA, N., Notas, 2ª ed., Villegas Editores, Bogotá, 2003.
5 OVIEDO, J.M., Breve historia del ensayo hispanoamericano, Alianza, Madrid, 1991, pp. 150-151.
6 Gómez Dávila se ocupó de administrar los negocios y el patrimonio familiar, y durante algún
tiempo de la dirección del Banco Nacional de Colombia. No cursó estudios universitarios, aunque sí
colaboró activamente a la creación de la Universidad de los Andes.

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