SAP Barcelona 452/2007, 31 de Mayo de 2007

PonenteEDUARDO NAVARRO BLASCO
ECLIES:APB:2007:8751
Número de Recurso112/2006
Número de Resolución452/2007
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN SEXTA

Procedimiento abreviado nº 112/2006

Diligencias Previas 4995/2005 del Juzgado de Instrucción nº 22 de Barcelona

S E N T E N C I A

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Pablo Llarena Conde

D. Eduardo Navarro Blasco

Dª. Bibiana Segura Cros

En Barcelona, a 31 de mayo de dos mil siete.

Vistos ante esta Sección, en juicio oral y público, los autos seguidos por el Procedimiento Abreviado al nº 112/2006, dimanante de las Diligencias Previas nº 4995/05 del Juzgado de Instrucción nº 22 de los de Barcelona un delito contra la salud pública contra Carlos Alberto, nacido en Senegal el día 24-5-1970, hijo de Thies y de Alionne y domiciliado en la calle HOSPITAL000 nº NUM000, NUM001 - DIRECCION000 de Barcelona, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ángela Palau Fau y defendido por la Letrada Dª. Marisa Días Figueroa, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y actuando como Magistrado Ponente D. Eduardo Navarro Blasco, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa se inició por la remisión a esta Sección Sexta de las Diligencias Previas indicadas por el Juzgado de Instrucción nº 22 de Barcelona; y efectuado reparto correspondiente, se formó el oportuno Rollo, señalándose para la celebración del juicio el día 30 de mayo de 2007, que se llevó a cabo con asistencia de todas las partes, quedando visto para sentencia.

SEGUNDO

Abierto el turno de cuestiones previas no se planteó ninguna ni por la acusación pública ni por la defensa.

TERCERO

Tras la práctica de las pruebas propuestas y admitidas que no fueron renunciadas, en trámite de conclusiones definitivas el Ministerio Fiscal elevó las provisionales a definitivas y calificó los hechos como constitutivos de delito contra la salud pública, en modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud de art. 368 del C.P. del que es autor el acusado Carlos Alberto, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; solicitando la imposición de pena de 5 años de prisión y multa de 150 euros con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 30 días y las costas del juicio. Solicitando asímismo que se dé al dinero y a la droga intervenida el destino legal previsto.

CUARTO

Por la defensa del acusado en conclusiones definitivas se calificaron los hechos como no constitutivos de delito imputable al mismo, solicitando su libre absolución.

QUINTO

En este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales exigidas al efecto.

ÚNICO.- Alrededor de las 13:20 horas del día 22 de octubre de 2005, el acusado Carlos Alberto, mayor de edad y sin antecedentes penales conocidos, se encontraba a la altura del nº 20 de Las Ramblas de Barcelona junto con quien resultó ser Bruno, de nacionalidad francesa, y tras mantener una breve conversación, se dirigieron ambos al parking situado en el lugar donde el acusado entregó a Bruno dos papelinas de cocaína con un peso total de 1,42 gramos y una riqueza base del 52,50 % a cambio de 50 euros. Dicha transacción fue observada por un integrante de la Guardia Urbana de esta ciudad que, con el apoyo de otros agentes, procedió a la inmediata detención del acusado al que se le ocupó la cantidad de 50 euros en tres billetes de 10 euros y un billete de 20 euros que llevaba todavía en su mano izquierda. Asimismo se procedió a la identificación de Bruno al que le fueron ocupadas dos bolsas termoselladas conteniendo la sustancia antes descrita en el bolsillo derecho de su pantalón.

El precio medio del gramo de cocaína en esas fechas era de 70 euros en el mercado ilícito.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos...

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