La toma de muestras biológicas. Los plazos

AutorJorge González Fernández
Páginas267-282
MANUAL DE ATENCIÓN Y VALORACIÓN PERICIAL EN VIOLENCIA SEXUAL GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS 267
CAPÍTULO 15
LA TOMA DE MUESTRAS BIOLÓGICAS.
LOS PLAZOS
Jorge González Fernández
1. INTRODUCCIÓN
La realización de pruebas biológicas, especialmente en los casos de viola-
ciones complejas, puede garantizar los derechos de las víctimas y aumentar la in-
formación disponible para el sistema legal (1), partiendo de que es justo para toda
persona conocer la identidad de su agresor y que la Administración ponga los
medios necesarios para obtener su perl.
Con este n deben establecerse mecanismos para la correcta recogida de
indicios y su adecuado análisis en los laboratorios especializados, con indicacio-
nes claras y precisas, revisables conforme se suceden los avances técnicos, sobre
los períodos en los que los estudios de identicación pueden resultar efectivos,
determinando unos plazos máximos de detección a los que se vincule la toma de
muestras (2).
Resulta muy benecioso para la superviviente que cualquier indicio forense
se recoja durante el examen médico (3)(4), orientándose las evidencias recopiladas
hacia cuatro objetivos (5)(6)(7):
Constatación de un contacto sexual reciente
Identicación de presuntos perpetradores o exoneración de un sospechoso
Documentación de la fuerza empleada, o de la amenaza de fuerza
Conrmación de los hechos relatados.
JORGE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
CAPÍTULO 15 LA TOMA DE MUESTRAS BIOLÓGICAS. LOS PLAZOS
JORGE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ COORDINADOR268
La recogida de muestras forenses debe entenderse como un proceso en va-
rios pasos, que puede exigir varias horas hasta completarse, y debe ser llevada a
cabo por personal especialmente capacitado (8).
2. EL CONSENTIMIENTO
Aunque el tema del consentimiento ya fue abordado con carácter general
en el capítulo 11 sobre las Buenas prácticas, conviene incidir en esta importante
cuestión en lo referente a la recogida de muestras biológicas.
Antes de iniciar la toma de muestras la persona responsable debe asegurarse
de que todas las cuestiones relacionadas con el consentimiento han sido debida-
mente explicadas a la víctima; esto se puede hacer con una información básica,
previa al comienzo del examen, aportando datos adicionales conforme se vaya
avanzando. Se debe animar a las víctimas a realizar cuantas preguntas consideren
necesarias, explicando que puede hacerse un descanso si así lo precisan o negarse
a una parte concreta y particular de la recogida de muestras (5). En el proceso de
consentimiento se debe informar sobre los siguientes aspectos (7):
Los propósitos de la recogida de muestras.
El empleo del kit en la investigación.
La individualización y posible modicación del consentimiento para cada
una de las partes de la recogida de muestras durante su realización.
Los plazos de tiempo para el procesamiento de las muestras.
La noticación a la víctima de los resultados de las pruebas.
3. LA PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN EN
LA TOMA Y MANIPULADO DE LAS MUESTRAS
Siguiendo el Protocolo Nacional de los EEUU (5), durante el examen médico
forense es necesario tomar todas las precauciones para evitar la contaminación de
las posibles evidencias. Debido a la cada vez mayor sensibilidad de las tecnologías
de determinación de ADN, los profesionales deben mantener una comunicación
continua con el laboratorio forense para determinar si los procedimientos actuales
de recogida de muestras resultan adecuados para minimizar la posibilidad de una
contaminación. El Protocolo Nacional Pediátrico de los EEUU del año 2016 (9)
señaló que «debido a la evolución de la sensibilidad de los métodos de detección
de ADN, es importante mantenerse al día con medidas adicionales para evitar la

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