Todas las sentencias tienen que ejecutarse de oficio. A propósito de la obligación de resolver y el derecho fundamental a que se resuelva

AutorJorge Isaac Torres Manrique
Cargo del AutorConsultor jurídico
Páginas139-144
139
La inobservancia de obligación de resolver (y su contraparte, el derecho
a que se resuelva) se constituyen en un tema basilar que contribuye al agrava-
miento de la administración de justicia. Ello, en tanto que es harto conocido
lo que los justiciables tienen que soportar penosamente, a efectos de obtener
no solamente una respuesta a su pretensión o conicto de interés, en cada es-
tado del proceso, sino además, la ejecución de la sentencia, que dicho de paso
es erróneamente entendida escasamente como un derecho fundamental y no
como una obligación o deber de la magistratura.
La obligación de resolver, conocida también en el derecho español y
argentino como «deber de resolver», abraza basilarmente una naturaleza bi-
fronte, esto es:
i) De terminar el proceso y
ii) También, resolverlo, esto es, ejecutarlo de ocio.
Al respecto, tenemos que la materialización de la obligación de resolver,
se congura en el completo abrace de los elementos esenciales integrantes de
su contenido esencial. Así tenemos:
i) Resolución administrativa expresa (elemento objetivo),
CAPÍTULO VII
TODAS LAS SENTENCIAS TIENEN
QUE EJECUTARSE DE OFICIO. A
PROPÓSITO DE LA OBLIGACIÓN
DE RESOLVER Y EL DERECHO
FUNDAMENTAL A QUE SE RESUELVA

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