Las titulaciones universitarias: la diplomatura de maestro especialista en educación física

AutorAlberto Palomar Olmeda - Julián Espartero Casado
Páginas89-106

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I Introducción

La problemática que arrostraba la situación de la asignatura de educación física en el ámbito de la Educación General Básica (en adelante, EGB), establecida por la Ley 14/1970 General de Educación, radicaba en que la impartición de la misma adolecía importantes limitaciones, dado que la especialidad de Educación Física en las Escuelas de formación del Profesorado de EGB, en la práctica, brillaba por su ausencia. De hecho, como señalara MERINO162, los profesores de esta etapa educativa interesados en la impartición de dicha materia, sólo habían tenido la posibilidad de acceder a cursos de especialización que durante varios años se organizaron de forma esporádica. Y, en los últimos años, los convocados por el Instituto de Ciencias de la Educación Física y el Deporte -en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia-, con el fin de cubrir las necesidades docentes de aquélla materia en la EGB, en tanto en cuanto no se ponía en marcha la especialidad contemplada en la Ley 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo.

Asimismo, en los planes de estudios de aquellos cursos de especialización, así como en la nueva especialidad que se creara en las Escuelas Universitarias de EGB, se incluía una formación deportiva que -aunque primordialmente concebida como un medio de utilización del deporte en la educación física- permitía, como afirmara el CSD, dar a los profeso-

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res especialistas de EGB la consideración de técnicos deportivos. Pues, según esta consideración, no debía olvidarse que, fundamentalmente, «en el medio rural el primer y casi único contacto que tenía el niño con el deporte se establecía a través de estos profesores»163.

Por tanto, antes de proceder a exponer el desenvolvimiento de la reforma de dicha titulación, procederemos al estudio de los antecedentes normativos de la misma. De modo que, quizás, ello permita una mejor comprensión la necesidad y el alcance de la aludida reforma.

II La diplomatura de maestro especialista en educación física. Antecedentes normativos

Según PASTOR164, la figura del Maestro especialista en Educación Física sería diseñada por la Dictadura de Primo de Rivera. Efectivamente, en la época del Directorio Militar, se publica el Real Decreto de 18 de junio de 1924165por el que se declara obligatoria la denominada Cartilla

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Gimnástica Infantil166 en la Escuelas de Primaria. A través de dicha Cartilla, editada por el Ministerio de la Guerra y redactada por la Escuela Central de Gimnasia y sobre la base de posturas regeneracionistas basadas en rotundos planteamientos nacionalistas, se pretendería un proyecto de Educación Física Nacional, cuya realización habría de corresponder al ejército a través del Servicio Nacional de Educación Física. De manera que «(...) la Cartilla Gimnástica Infantil (...) supone el primer intento de organizar la docencia de esta asignatura y de proporcionar unos determinados parámetros que homogeneizaran, en toda España, la metodología y la estrategia didáctica de la Educación Física en la escuela primaria. De esta iniciativa surge, por primera vez, una nueva figura profesional de Educación Física especializada en los niveles escolares primarios: el Maestro Profesor de Educación Física»167.

Así, en España, los primeros cursos específicamente diseñados con la finalidad de obtener una adecuada preparación de Maestros especialistas en educación física, serían los organizados por Escuela Central de Gimnasia del Ejército en los años 1926, 1927 y 1928168. En efecto, la Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública, de 7 de enero de 1926169, dispondría la celebración de un curso de Gimnasia con carácter de ensayo para veinticinco maestros de Escuelas Normales y constituyó la primera convocatoria de Cursos para Maestros Nacionales de Primera enseñanza sobre información y especialización de Educación Física170. Posterior-mente, el Real Decreto, de 28 de septiembre171, sobre el establecimiento

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del Plan Profesional de Magisterio, determinará la necesidad de estar en posesión del título de bachiller para el acceso a las pruebas de ingreso en las Escuelas Normales, así como el establecimiento de tres años de estudios, fundamentalmente, profesionales más un conjunto de enseñanzas especiales -entre otras, la educación física-, para la configuración del curriculum. Sin embargo, con el advenimiento de la II República, la Educación Física desaparece de los Planes de Estudio de las Escuelas Normales, con lo cual el nuevo Maestro no tendrá una formación específica en dicha materia172.

Tras la conclusión de la Guerra Civil, en 1940, se dicta la Ley Fundacional del Frente de Juventudes173que, además de sustraer al Ministerio de Educación Nacional las competencias en educación física, configurará a la misma, juntamente con el deporte, como instrumento al servicio de la ideología del nuevo régimen. En este sentido, la Orden del Ministerio de Educación Nacional, de 14 de agosto de 1941174, sobre los requisitos para la obtención del Certificado de Instructor Elemental estipularía que ningún maestro «(...) podrá tomar posesión de la escuela, si no acredita haber obtenido el Certificado de Instructor Elemental (...), y el de Instructora Elemental expedido por las Escuelas de Hogar de FET y de las JONS, si se trata de maestras». Asimismo, la Orden Ministerial de 16 de octubre175del mismo año, encomendará al Frente de Juventudes la impartición de la Educación Física en los Centros de Enseñanza. Ello no obstante, como bien señala FERNÁNDEZ NARES, la Secretaría General del Movimiento carecía, en esos momentos, de personal suficiente para atender «a las más de 50.000 unidades escolares de primaria que había

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en el país en el curso 1941-1942 (...). En consecuencia, esta tarea debería corresponder a los maestros»176.

El 17 de julio de 1945177se promulga la Nueva Ley de Educación Primaria que, al decir de CONTRERAS, mostrará «una preocupación constante por la Educación Física»178. En consecuencia con dicha tendencia, y tras la promulgación de distintas disposiciones reglamentarias179, el

Ministerio de Educación Nacional aprobaría, mediante sendos Decretos de 7 de julio de 1950180, el Reglamento para las Escuelas de Magisterio y un nuevo Plan de Estudios para las Escuelas de Magisterio en el que se establecía, por primera vez, la enseñanza obligatoria de la Educación Física y su Metodología en los tres cursos de la carrera, con una carga lectiva de tres horas semanales181.

Asimismo, ha de destacarse cómo el Ministerio de Educación Nacional, por Orden de 20 de agosto de 1956182, determinó la creación de una Escuela para la formación de Maestros de Primera Enseñanza, como una sección de la Academia Nacional «José Antonio» y adscrita al Escuela Normal de Magisterio «Pablo Montesino» de Madrid. Dicha Escuela habría de ser autorizada, en enero de 1957, por la Dirección General de Enseñanza Primaria, bajo la denominación de Escuela de Magisterio «Miguel Blasco Vilatela». En la misma, además de las enseñanzas propias de Magisterio, los alumnos cursaban a lo largo de los tres años de carrera un programa específico de materias que les capacitaba como profesores

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de educación física. Así, los alumnos que cursaban el currículo completo obtenían ambas titulaciones: la de Maestro de Primera Enseñanza -expedida por el Ministerio de Educación Nacional- y la de Profesor de Educación Física -expedida por la Secretaría General del Movimiento a través de la Delegación Nacional del Frente de Juventudes-183.

Por su parte, la Ley 77/1961, de 23 de diciembre, sobre Educación Física establecería el carácter obligatorio de dicha materia «(...) en todos los grados de enseñanza y se exigirá en todos los Centros docentes de carácter oficial, institucional o privado (...)» (art. 5º). A este efecto, en su artículo octavo, se crea la figura del Maestro Instructor de educación física que -junto a maestros, instructores y profesores de educación física y entrenadores deportivos-, habrían de desempeñar la «función docente de la educación física en centros de enseñanza (...), conforme a la clasificación que reglamentariamente se establezca». Pero si bien, y como se ha señalado184, el Decreto 1321/1963, regulador del Estatuto Constitutivo del Instituto Nacional de Educación Física185, facultaba a esta institución para expedir, entre otros, el título de Maestro-Instructor en educación física, lo cierto es que los cursos para formar a estos titulados no comenzarían hasta el año 1966 y se desarrollarían en la Academia Nacional «José Antonio»186.

Posteriormente, la Ley de Enseñanza Primaria se vería reformada por el texto refundido aprobado por el Decreto 193/1967, de 2 de febrero187.

En consecuencia, se dictaba la Orden Ministerial, de 1 de junio del mismo año188, que aprobaría el nuevo Plan de Estudios de las Escuelas de Magisterio que establecía la impartición de la asignatura de educación física en los dos cursos y con una carga lectiva de tres horas semanales. Asimismo, la Orden Ministerial, de 11 de marzo de 1969189, creaba la especialidad de educación física en Enseñanza Primaria. Tan sólo unos

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meses más tarde, se dicta la Orden Ministerial, de 14 de julio de 1969190, creando las plazas para Maestros especialistas en Educación Física.

La Ley 14/1970 General de Educación191, pretendió proporcionar una formación integral de los alumnos (art. 15), y entre sus objetivos generales citaba expresamente el desarrollo de la capacidad físicodeportiva (art. 16). Aunque, paradójicamente, en el establecimiento de las áreas educativas (art. 17) no se recoge la educación física en...

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