Decreto 500/2008, de 18 de noviembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento arqueológico denominado El Castillejo, en Nívar y Güevéjar (Granada).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9, apartado séptimo, los órganos competentes para resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de dicha Ley 14/2007, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. La intervención arqueológica realizada en el yacimiento denominado El Castillejo ha confirmado la importancia de éste, sobre todo desde el punto de vista histórico y arqueológico. Se trata de un sitio clave para el conocimiento del período que se inicia en la Antigüedad tardía hasta época islámica, que cuenta con niveles y estructuras arqueológicas en buen estado de conservación.

    Los resultados de las excavaciones han proporcionado una cronología absoluta que arranca en principio en la segunda mitad del siglo VI d.n.e. hasta el siglo XII, así como la distribución espacial tanto del hábitat como de la necrópolis, documentándose más de medio centenar de estructuras.

    El asentamiento proporciona una información arqueológica de primera magnitud para el análisis del modelo de poblamiento de la vega de Granada y su relación con otros núcleos urbanos, sin olvidar que es zona de frontera entre territorios visigodos y bizantinos. También son de interés los estudios sobre la evolución interna de las comunidades y los cambios que se producen con la llegada del período islámico.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 1 de junio de 2007 (publicada en el BOJA número 124, de 25 de junio de 2007) incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, del yacimiento arqueológico denominado El Castillejo, en Nívar y Güevéjar (Granada), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

    Emitió informe favorable a la declaración la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada, con fecha de 7 de febrero y 17 de julio de 2008, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español.

    De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 58, de 25 de marzo de 2008), concediéndose trámite de audiencia a los Ayuntamientos de Nívar y Güevéjar.

    Durante el procedimiento se presentó escrito de alegaciones que fue contestado por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Granada como consta en el expediente.

    Terminada la instrucción, de conformidad con la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, y...

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