Testimonio parcial de escritura de cesión de una cartera hipotecaria a un fondo de titulización.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: El deudor hipotecario solicita la inscripción de la cesión de su crédito, el registrador la deniega por no estar legitimado. La DGSJyFP confirma la nota. Ha de aportarse copia autorizada y no un mero testimonio.

Registrador: 1. Se debate [...] sobre la inscribilidad de un testimonio parcial de la escritura de cesión de una cartera hipotecaria a un fondo de titulización. El registrador [que no considera legitimado al deudor para pedir la inscripción deniega y] alega dos defectos: 1) No presentarse copia autorizada -siquiera fuera parcial- de la escritura de cesión del crédito, sino sólo un testimonio en relación. Para su admisión sería preciso (ex art. 16 LH, y conforme doctrina de la DGRN) que hubiera una transmisión universal de bienes, no sólo una cesión de un conjunto de derechos, que, a pesar de transmitirse en globo, no suponen en puridad un conjunto patrimonial separado y distinto, sino una suma de bienes individuales. 2) No constar al día de la presentación inscrito el crédito hipotecario a favor de la entidad cedente, sino a favor de otra persona jurídica distinta que lo adquirió (sí en este caso) en virtud de una sucesión universal (art. 20 LH).

Resolución: Confirma la nota.

Doctrina: La DG establece la siguiente doctrina:

  1. - LEGITIMACIÓN DEL DEUDOR PRESENTANTE [...]]

    No se trata [...] de un supuesto de una cesión de contrato que exija el consentimiento del deudor [en el préstamo hipotecario contemporáneo el préstamo es bilateral y el acreedor tienen obligaciones, por lo que o transfiere el contrato con consentimiento del deudor o no se puede ceder el crédito], sino de una cesión de créditos [...]

    [...] salvo que el crédito cedido sea litigioso, no tiene el deudor cedido por el mero hecho de serlo la consideración de legitimado para obtener copias de la escritura de cesión (artículo 224 Reglamento Notarial), ni la de interesado para solicitar la inscripción de la aportación al Fondo en el Registro de la propiedad (artículo 6 apartado c) LH).

    Nada impide la inscripción de la constitución del fondo de titulización en el Registro de la propiedad como cesión de facultades inherentes al crédito -entre ellas la de titulizar-, pero para ello es preciso que sea solicitado por persona legitimada y aportar la copia autorizada de la escritura pública (y no un mero testimonio no inscribible ex artículo 3 LH). Pues bien, en el supuesto de hecho de este expediente no se ha acreditado que el solicitante tenga la representación del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR