Testamento otorgado por el Comisario. Galicia

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aFebrero 2022





Contenido
  • 1 Modelo
    • 1.1 Adaptación del formulario:
  • 2 Comentario
    • 2.1 Modelo propuesto
    • 2.2 Norma
    • 2.3 Normas generales en Galicia
    • 2.4 Testamento por comisario
    • 2.5 Parejas estables en Galicia
    • 2.6 Exactitud y precisión del testamento
    • 2.7 Testamento especiales
  • 3 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 4 Legislación citada
Modelo Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

NUMERO *

En *, a las * horas del día * de dos mil *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *.

COMPARECE:

DON *, mayor de edad, casado, vecino de * con domicilio en *. Exhibe D.N.I. *, vigente.

De vecindad civil gallega.

Le identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por su expresado Documento Nacional de Identidad, cuyo número coincide con el de Identificación Fiscal. (Fe de conocimiento u otros medios de identificación).

'(Juicio de capacidad: opciones)

  • A mi juicio el/la señor/a compareciente tiene aptitud mental y ejerce su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar Testamento Abierto.
  • Le juzgo con aptitud mental y capacidad para el otorgamiento de Testamento Abierto.
  • Le juzgo con aptitud mental y capacidad plena, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar Testamento Abierto.

(En todo caso:)

Yo, el Notario, tras haber mantenido conversación con el/la compareciente y haberle prestado el debido asesoramiento, considero que ha podido desarrollar su propio proceso de toma de decisiones, me manifiesta, y así lo estimo, que su voluntad se ha conformado libremente y me expresa de forma oral su deseo de otorgar este Testamento abierto que redacto siguiendo sus instrucciones de conformidad con las siguientes CLÁUSULAS:

PRIMERA: Declara que es natural de *, donde nació el día *; hijo de los consortes * y * (difuntos), casado con Doña *, de cuyo matrimonio, único contraído, tiene dos hijos llamados * y *.

SEGUNDA: Manifiesta que su esposo falleció el día *, según me acredita con certificado de defunción que me exhibe, habiéndose regulado su sucesión por el testamento otorgado ante el Notario de *, Don *, el día *, según me acredita con el certificado del Registro de Ultimas Voluntades que me exhibe. En dicho testamento, su consorte nombró a la señora compareciente comisario en los términos siguientes: (ejemplo: Lega a su esposa Doña * el usufructo universal de viudedad y la nombra comisario con la facultad de distribuir libremente los bienes del testador entre los hijos comunes nombrando heredero o herederos y asignando legados Y PAGANDO LEGÍTIMAS. A falta de expresa disposición, al fallecer su cónyuge recibirán los hijos citados los bienes no distribuidos por partes iguales y en calidad de herederos instituidos en dichas partes iguales, y en caso de que alguno de ellos haya premuerto le sustituirán sus respectivos descendientes, por estirpes).

Así resulta de la copia auténtica que tengo a la vista.

TERCERA: Por el presente testamento abierto, la señora compareciente dispone de sus bienes y de los de su difunto consorte y en la forma siguiente:

Ejemplo: Nombra e instituye herederos a los hijos del matrimonio, Don * y Doña *, a partes iguales.

(Otras disposiciones pertinentes)

CUARTA: Sustituye, por la vulgar, a cada uno de sus hijos, tanto en el prelegado, como en la institución, por sus respectivos descendientes, por estirpes.

QUINTA: Revoca cualquier otra disposición de última voluntad otorgada con anterioridad a este Testamento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente al (a la) compareciente que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.

Le leo este Testamento íntegramente, en alta e inteligible voz y en un solo acto, previa advertencia que le hice de su derecho a leerlo por sí, del que no usa y, enterado/a, lo otorga por ser fiel expresión de su voluntad y lo firma conmigo, el Notario.

De todo lo cual, de conocerle, de haberse observado la unidad de acto, de que el consentimiento ha sido libremente prestado teniendo el otorgante, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del testador /de la testadora/ y de las demás formalidades legales y, en lo pertinente, del contenido del presente instrumento público extendido en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo), yo, el Notario autorizante, DOY FE.


Comentario

Puede verse más detalles y enlaces a trabajos doctrinales sobre la sucesión testada en Galicia en la Obra del mismo autor «Práctico Sucesiones» y, en especial, están relacionados con este formulario los temas:

Modelo propuesto

Modelo de testamento en el que un/a viudo/a a quien su difunto consorte nombró comisario hace uso de la facultad de distribución.

Es un supuesto distinto del testamento en que se nombra comisario al consorte (hay formulario específico).

Norma

En la actualidad rige la Ley de Derecho Civil de Galicia (Ley 2/2006, de 14 de junio).

Conforme a su art. 3 rige en el territorio de la Comunidad Autónoma, aplicándose las reglas del Código Civil sobre vecindad.

Conviene tener en cuenta los siguientes aspectos:

Normas generales en Galicia

En la actualidad rige la Ley de Derecho Civil de Galicia (Ley 2/2006, de 14 de junio).

Conforme a su art. 3º rige en el territorio de la Comunidad Autónoma, aplicándose las reglas del Código Civil sobre vecindad.

Dice el art. 183 de ley 2/2006 de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia, no adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica:

1. El testamento abierto ordinario se otorgará ante notario, sin que sea necesaria la presencia de testigos.
2. El testamento se redactará en la lengua oficial en Galicia que el otorgante escoja.

Y dice el art. 184 de ley 2/2006 de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia:

Como excepción, habrán de concurrir testigos al otorgamiento del testamento abierto ordinario cuando:
1.º Lo solicite...

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