ACUERDO de 30 de abril de 2012, de la Comisión Territorial de Urbanismo de León, por el que se aprueba definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales del Ayuntamiento de Carrocera. Expte.: 967/11.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyAcuerdo

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 17/11/2011, el Ayuntamiento de Carrocera presenta escrito en el registro de entrada de la Delegación Territorial en León, en el que manifiesta lo que a continuación, de manera resumida, se expone:

    adjunto remito 3 ejemplares en papel, con la diligencia de su aprobación por el Pleno de la Corporación, y su correspondiente soporte informático , junto con el expediente de tramitación y aprobación, de las Normas Urbanísticas de este municipio, aprobadas provisionalmente por Acuerdo del Pleno de fecha 9 de noviembre de 2011 a los efectos de su aprobación definitiva.

  2. La aprobación inicial del expediente, se produjo por el Pleno de la Corporación, según lo dispuesto por el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril (en redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre), en sesión celebrada el día 22/07/2009, de acuerdo con el quórum exigido por el artículo 47.2.ll) del citado texto legal, exponiéndose al público, desde el 5 de agosto hasta el 5 de octubre de 2009, mediante publicaciones en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de 04/08/2009, en el periódico «El Diario de León» , del día 30/07/2009, así como en la página Web de la Diputación Provincial el 29-07-2009, según se acredita en el expediente y mediante la certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, en fecha de 15 de octubre de 2009, asimismo, se certifica que, durante el período de información pública, se presentan 25 alegaciones.

  3. Se acredita en el expediente los informes emitidos por la Secretaría Municipal, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, así como en el artículo 173.1.b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

  4. El acuerdo de aprobación provisional, se adoptó por el Pleno del Ayuntamiento según lo dispuesto por el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, con el quórum exigido por el artículo 47.2.ll) del citado texto legal, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2011.

  5. Con fecha 1 de diciembre de 2011 se comunica al Ayuntamiento lo que a continuación, de manera resumida, se reproduce:

    En cuanto las normas urbanísticas afectan al suelo rústico, vías pecuarias, montes, terrenos forestales, espacios naturales protegidos y terrenos incluidos en la Red Natura 2000, y son cuestiones esenciales para la resolución, se procede a solicitar de oficio el informe al Servicio Territorial de Medio Ambiente, en virtud del Art. 6.2 de la ORDEN FOM/208/2011, de 22 de febrero.

    Debe solicitarse, en todo caso, el informe de la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

    No se acredita en el expediente el análisis que comprenda tanto los riesgos naturales como los tecnológicos que se debe de remitir en cumplimiento del informe de la Agencia de Protección Civil y Consumo.

    Se debe de solicitar, en todo caso, el informe a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, en virtud del artículo 3 a) 2.º de la ORDEN FOM/208/2011, de 22 de febrero.

    Se procede a solicitar de oficio el informe al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, en virtud del Art. 6.2 de la ORDEN FOM/208/2011, de 22 de febrero.

    Se notifica al Ayuntamiento el 12-12-2011, como acredita el expediente.

  6. Con fecha 2 de diciembre de 2011 se solicitan los informes a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y de Agricultura y Ganadería.

  7. Con fecha 28 de diciembre de 2011 tiene entrada en el Servicio Territorial de Fomento en León el informe, de 13 de diciembre de 2011, del Área de Estructuras Agrarias del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería en León, cuya copia se adjunta, y en el que se manifiesta lo que a continuación, de manera resumida, se reproduce: «El municipio de Carrocera se encuentra afectado por la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de septiembre de 1980 ("B.O.E." n.º 282 de 24 de noviembre de 1980) por la que se declara de utilidad la Concentración Parcelaria de la zona de Carrocera (León), no obstante, no han podido llevarse a cabo los trabajos de concentración parcelaria posteriores y actualmente está solicitada la anulación de la zona».

  8. Con fecha 2 de enero de 2012 se remite el mencionado informe del Área de Estructuras Agrarias del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería al Ayuntamiento y se le notifica el 10-01-2012, como acredita el expediente.

  9. Con fecha 14/02/2012 el Ayuntamiento presenta escrito en el registro de entrada de la Delegación Territorial en León, en el que manifiesta lo que a continuación se expone:

    En fecha 14 de noviembre de 2011 se remitieron a esa Comisión Territorial las Normas Urbanísticas Municipales, aprobadas provisionalmente por el Pleno de esta Corporación en sesión de fecha 9 de noviembre de 2011, al objeto de su aprobación definitiva.

    En fecha 1 de diciembre de 2011 fue requerida por parte de esa Comisión Territorial la subsanación de deficiencias observadas en la documentacion, entre ellos, 105 informes sectoriales de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural y de la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

    Recabados dichos Informes, se adjuntan al presente, con el ruego de que tengan por subsanada dicha documentación.

  10. Con fecha de entrada 14/02/2011 tiene el expediente la consideración de completo a los efectos determinados por el artículo 162.2 del Decreto...

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