Terminología

AutorGonzalo Fernandez Codina
Páginas19-20
Terminología
Antes de entrar al fondo del asunto sería conveniente aclarar la ter-
minología que se usará. ¿De qué hablamos realmente al decir ‘gestación
subrogada’? La controversia en esta materia es tal que alcanza incluso a los
propios términos: ‘madre de alquiler’, ‘úteros de alquiler’, ‘maternidad por
sustitución’ (y un largo etcétera) son los muchos nombres que recibe esta
práctica. El más acertado de todos ellos, por neutro y claricador, es el de
gestación subrogada. Y es que, ¿qué es la gestación subrogada (en adelante
‘GS’)? Su nombre lo indica: gestar en lugar de otra persona; la persona o
personas que se harán cargo de la crianza del bebé denominados habitual-
mente ‘padres de intención’ o ‘comitentes’.
Al hablar de GS es habitual distinguir varios tipos en función del
origen de los gametos implicados en la concepción de la criatura. Por un
lado, el óvulo primordial podría provenir de la gestante, de la comitente o
de una donante. Por otro lado, el espermatozoide podría provenir del co-
mitente o de un donante. Como vemos, con la GS aquello de «la semillita
de papá en la barriguita de mamá» se desdibuja bastante.
A su vez, cabe distinguir la GS altruista, en la que la gestante no
recibe contraprestación alguna –o quizás solo cierta compensación por
los gastos y las molestias–, de la GS remunerada, en la que la gestante
es pagada por sus servicios. De allí que las denominaciones que incluyen
conceptos económicos como ‘úteros de alquiler’ deban descartarse porque,
además de distorsionar tramposamente el debate con su carga emocional,
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