Tercer Sector y fundaciones en el actual contexto concursal

AutorFátima Yáñez Vivero
CargoProfesora Titular de Derecho Civil. Universidad Nacional de Educación a Distancia
Páginas169-205

Este trabajo se integra en el Proyecto de Investigación I+D+i DER 2013-48825-R, titulado «Perspectivas y retos europeos en la regulación jurídica de las fundaciones y del mecenazgo: gobierno, control público, responsabilidad y fiscalidad», cuyo Investigador Principal es Juan-Cruz ALLI TURRILLAS.

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I La actuación de las fundaciones en el tráfico jurídico y la repercusión de la crisis económica en la insolvencia de las fundaciones: un mapa de algunas fundaciones en concurso de acreedores

Si bien el concurso de fundaciones no es un fenómeno altamente frecuente en la realidad socioeconómica contemporánea, sí resulta preocupante encontrar-

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nos con noticias, en los diversos medios de comunicación, en las que alguna fundación ha sido declarada en concurso. Las noticias de las que se hacen eco los medios de comunicación tienen reflejo en las estadísticas de los concursos de acreedores elaboradas por nuestro Instituto Nacional de Estadística, en las que, por ejemplo, de los 5500 concursos declarados a lo largo del año 2015, 131 fueron de personas jurídicas con actividad empresarial denominadas «Otras», por no ser ni sociedades anónimas ni sociedades de responsabilidad limitadas. Es cierto que 131 no es un número ciertamente elevado, pero si tenemos en cuenta que el número de concursos descendió, en el año 2015, en 1534, respecto a 2014, no es nada desdeñable el dato de que en este ámbito de «Otras» el descenso fue mucho menos cuantioso, pasando de 169 entes concursados en 2014 a 131 en 20151.

Y es aquí, en esta suerte de «cajón de sastre» donde hemos de ubicar a los entes que configuran el Tercer Sector y que despliegan su actuación en el ámbito de la denominada «economía social». El artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social establece, en su apartado primero, que forman parte de la economía social las cooperativas, las mutualidades, las fundaciones y las asociaciones que lleven a cabo actividad económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, las cofradías de pescadores, las sociedades agrarias de transformación y las entidades singulares que se rijan por los principios del artículo precedente de esta ley. Tales principios son la independencia respecto a los poderes públicos; la primacía de las personas y del fin social sobre el capital; la promoción de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca la inclusión de los colectivos más vulnerables, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; y, por último -aunque no sea este el orden de enumeración de ley-, la aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica principalmente en función del trabajo aportado y actividad realizados por los socios o por sus miembros y, en su caso -como sucedería en el supuesto de una fundación-, al fin social objeto de la entidad.

Pues bien, este Tercer Sector Social, en su conjunto, también sucumbe a la crisis económica en la que nos encontramos y las consecuencias de los problemas de supervivencia de muchos de estos entes afectan a la sociedad en su conjunto porque a nadie se le escapa que este tipo de entidades prestan importantes servicios sociales donde el Estado u otras administraciones no alcanzan. Se ha dicho que este tipo de entidades no lucrativas que persiguen fines sociales ha visto reducidos notablemente sus ingresos del sector público y se enfrentan, además, a tensiones de tesorería por el impago de deudas vencidas derivadas de créditos que ostentan frente a las Administraciones Públicas2. Y lo peor es que la perspectiva, para los próximos años, no es buena. Según un estudio realizado por el Instituto de Innovación Social de Esade, la Fundación La Caixa y la Fundación PwC, la disminución de los ingresos económicos de

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ONGs y otros entes del Tercer Sector, puede alcanzar hasta un 33 por ciento en 2016 respecto al ejercicio de 20113. Es obvio que, ante este panorama, se impone la búsqueda de nuevas vías de financiación, además de las correspondientes operaciones de fusión entre algunas entidades.

Los medios de comunicación se hacen eco, en los últimos tiempos, de los concursos de algunas fundaciones u otros entes del Tercer Sector. A continuación, recogemos los datos que nos brindan diversos medios de comunicación digitales:

La Fundación de la Real Fábrica de Tapices de Madrid ha solicitado en julio de 2015 un concurso de acreedores tras agotar todos los plazos legales para reducir la deuda que arrastra y por la que, al parecer, lleva meses sin pagar a sus trabajadores. Ante esta situación, las tres administraciones públicas que conforman el patronato de la fábrica -el Ayuntamiento de Madrid, la Comunidad y el Ministerio de Cultura- se han comprometido a realizar aportaciones económicas adicionales para revertir la situación. La institución, que acumula pérdidas muy importantes, debe algunas nóminas a sus trabajadores, las correspondientes cuotas de la Seguridad Social, el pago a proveedores y hasta algún recibo de luz4.

El patronato de la Fundación del Centro Niemeyer presentó, en 2012, un concurso de acreedores para tratar de solventar la delicada situación económica a la que se ha visto abocada la entidad tras el conflicto del último año por la gestión del equipamiento cultural. Además, se decidió despedir a los empleados que permanecían afectados por un Expediente de Regulación de Empleo. El concurso de acreedores responde a la delicada situación económica a la que se enfrenta la Fundación, que debe algo más de 1 millón de euros a sus proveedores. La difícil situación económica de la Fundación ha llevado, de hecho, a que no se pudieran aprobar las cuentas correspondientes al pasado ejercicio, y que en teoría deberían estar vistas y refrendadas por el patronato, pero resultó imposible hacerlo en el plazo previsto porque no se había concluido la auditoría externa e independiente que debe validarlas. El concurso de acreedores se plantea como una «garantía para los proveedores de la Fundación, con los que la entidad va a cumplir con las obligaciones adquiridas»5.

La Fundación de la Lengua Española ha solicitado concurso voluntario de acreedores en el año 2013. La resolución procede del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, donde la entidad tiene su sede, que informa de la designación de un administrador concursal y el llamamiento a los acreedores para que comuniquen sus créditos. El concurso de acreedores llega siete años después de la creación, en 2006, de esta fundación, de carácter privado, cuyo objetivo es la promoción de la lengua y cultura españolas en países cuya lengua no sea el español, así como la difusión de la imagen de España y de Castilla y León por todo el mundo. En la relación de patronos fundadores y vitalicios de la entidad figuran instituciones como las fundaciones Ortega y

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Gasset, Universia y Cristóbal Gabarrón, y las empresas Google, Iberdrola y General Electric6.

La Fundación para el Instituto del Bienestar Ciudadano (FIBIC), encargada de la construcción del edificio llamado a ser la gran infraestructura del Parque Tecnológico de Andalucía (PTA), ha presentado concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga en el año 2012. Parece que el hecho definitivo para que la Fundación entrara en una situación desesperada ha sido que el correspondiente ente público autonómico no liberase la cuantía comprometida. Fuentes judiciales afirmaron que ya hay un administrador concursal nombrado por el Juzgado, que será quien tenga que bregar con las deudas de una fundación que una vez se encargó de gestionar un instituto donde hubo personal muy cualificado, y con objetivos tan ambiciosos y loables como mejorar «el bienestar mundial»7.

La Fundación Alcalá Innova ha quedado sometida a un concurso de acreedores en el año 2006. Se trata de un concurso forzoso, instado, pues, por los acreedores, siendo este un matiz de gran trascendencia en la medida en que puede acarrear a sus responsables serios problemas en el caso de ser declarados culpables por el Juez de lo concursal.

La Fundación Forja XXI fue objeto de concurso en 2015. El informe del administrador concursal nombrado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla arroja el dato de una deuda de algunos millones de euros que llevó a un concurso de acreedores y esta falta de solvencia conduce a la liquidación y a la venta de los bienes que quedan. En ese informe se subrayan irregularidades graves, errores e inexactitudes contables que han llegado a impedir, incluso, que los acreedores pudieran conocer la situación real de la Fundación. Esta circunstancia, legalmente, podría conducir a los responsables...

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