Suspensión de la calificación por falta de liquidación del impuesto. Recurso guberrnativo. Competencia DGRN-dgdejc

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Supuesto: Se recurre una nota de calificación no tanto por la cuestión de fondo (exigencia de una cédula de habitabilidad vigente) como por entender que una vez que el Registrador en su día sólo reprochó la falta de liquidación del impuesto, no puede ahora cuestionar la entrega de la cédula de habitabilidad.

Frente a ello, la DGRN recuerda:

- Que caducados los asientos de presentación anteriores de un documento, pueden volverse a presentar los títulos, que pueden ser objeto de una nueva calificación, en la que el registrador -él mismo, o quien le suceda en el cargo- puede mantener su anterior criterio o variarlo, si lo estimase justo.

- Que, aunque no fuera así, el registrador, en virtud del superior principio de legalidad, tiene obligación de poner de manifiesto los defectos que se observen aun cuando sea extemporáneamente, si bien, en tal caso, incurriendo en responsabilidad disciplinaria (cfr. art. 127 RH)

- Que aunque la calificación ha de ser global y unitaria, el art. 255 LH dispone claramente que se suspenderá la calificación y la inscripción en los casos de falta de liquidación del impuesto, por lo que la que el recurrente considera como primera calificación no es tal, sino la comunicación de la suspensión de la calificación, un trámite más del procedimiento registral, legalmente establecido como previo a la calificación. (R. 3 de marzo de 2012, SAP Lleida 30 de Noviembre de 2009).

Respecto de la cuestión competencial que se plantea, en relación a los "recursos mixtos, la DGRN recuerda (R. 14 de junio de 2011, y R. 10 de noviembre de 2011) que cuando las calificaciones impugnadas o los recursos se fundamenten, de forma exclusiva, en normas de Derecho catalán o en su infracción los registradores deberán remitir el expediente formado a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de Cataluña, aun cuando se hayan interpuesto ante la DGRN. Pero, por el contrario, cuando la calificación impugnada o los...

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