Real Decreto 2441/1985, de 27 de Diciembre, por el que se suspenden los derechos arancelarios establecidos en la subpartida 07.01.a.i.b) para la Importacion de Patatas de Siembra en las Islas baleares.

MarginalBOE-A-1985-26972
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

El Decreto 1034/1962, del 26 de abril, dispuso la concesion de franquicia arancelaria para la importacion de un cupo anual de 4.000 toneladas de patatas de consumo, para el abastecimiento de las Islas Baleares. Esta medida de politica arancelaria fue sustituida por la suspension de derechos a patatas de siembra, permitiendo de esta forma subsanar las necesidades de abastecimiento con produccion propia. Mecanismo que se ha venido estableciendo desde 1968 hasta el presente, coincidiendo con el periodo apropiado para las labores de siembra en el mes de diciembre de cada aÒo.

En su virtud, haciendo uso de la facultad reconocida al Gobierno por el apartado segundo del articulo 6. De la vigente Ley arancelaria, a propuesta del Ministro de Economia y Hacienda y previa aprobacion por El Consejo de Ministros del dia 27 de diciembre de 1985, dispongo:

Articulo 1 Con efectividad a partir del dia 15 de diciembre de 1985 y por un periodo de veinte dias, se suspende la aplicacion de los derechos arancelarios establecidos a la importacion de patatas de siembra en la subpartida 07.01.a.I.b) del arancel de aduanas, con destino a las Islas Baleares.

Art. 2. Las Direcciones Generales de aduanas y de Comercio Exterior adoptaran, cada una en la esfera de sus respectivas competencias, las medidas necesarias para el exacto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto .

Dado en Madrid a 27 de diciembre de 1985.-Juan Carlos R.el Ministro de Economia y Hacienda, Carlos solchaga catalan.

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