Supuesto de no formulación de oposición al convenio

AutorJosé Luis Diaz Echegaray

Atención: este documento cita el art. 110,172 de Ley Concursal (Ley 22/2003, de 9 de julio) que ha sido modificado por la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal. . Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido

En el supuesto de no formulación de oposición al convenio por ninguno de los legitimados, el juez deberá dictar resolución aprobándolo o rechazándolo, previo examen del mismo. La Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC) ordena al juez del concurso examinar la licitud del convenio con independencia de que se formule o no oposición,

Contenido
  • 1 Resolución judicial en defecto de oposición
  • 2 Causas de rechazo de oficio del convenio aceptado
    • 2.1 Infracción de las normas sobre el contenido del convenio
    • 2.2 Infracción de las normas sobre la forma y el contenido de las adhesiones
      • 2.2.1 Infracción de las normas sobre la constitución de la junta y su celebración
      • 2.2.2 Infracción de las reglas sobre la tramitación escrita
  • 3 Publicidad de la sentencia aprobatoria
  • 4 Notas
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En formularios
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
  • 9 Jurisprudencia citada
Resolución judicial en defecto de oposición

El art. 130, LC se ocupa de la resolución judicial en defecto de oposición, estableciendo que:

Una vez transcurrido el plazo de oposición sin que se hubiese formulado ninguna, el juez dictará sentencia aprobando el convenio aceptado por la junta, salvo lo establecido en el art. 131, LC .

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La sentencia aprobatoria será susceptible de recurso de apelación conforme al art. 197.4, LC que no tendrá efectos suspensivos. Contra la de la audiencia cabrán los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal , de acuerdo con los criterios de admisión previstos en el art. 197.6 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) . Ver más/Ocultar...

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