Orden IGD/928/2010, de 30 de marzo, por la que se suprime el fichero de datos de carácter personal Usuarios de la web Emancipación Joven.

MarginalBOE-A-2010-6041
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Igualdad
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establecen que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Diario Oficial» correspondiente.

El fichero de datos de carácter personal de «Usuarios de la web Emancipación Joven» fue creado mediante Orden TAS/1611/2006, de 9 de mayo, por la que se crea el fichero automatizado del programa «Emancipación joven», que contiene datos de carácter personal, gestionado por el Instituto de la Juventud, como complemento de la página web de Emancipación Joven gestionada por el citado Organismo Público.

La creación del Ministerio de Igualdad de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, y en el Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio Igualdad, implicó la integración del Instituto de Juventud y la adscripción del fichero de datos de carácter personal Usuarios de la web Emancipación Joven al mismo en cuanto que Departamento ministerial responsable de la gestión de este último.

El cierre de la página web de Emancipación Joven del Instituto de la Juventud determina la supresión del citado fichero al haber cumplido las funciones que justificaron su creación.

En consecuencia, corresponde al Ministerio de Igualdad declarar su supresión así como la realización ante la Agencia Española de Protección de Datos de los trámites pertinentes para la cancelación de su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

En su virtud, a fin de proceder a la supresión del citado Fichero, dando cumplimiento al mandato legal recogido en la normativa de protección de datos dispongo:

Primero.–Se suprime el fichero de datos de carácter personal Usuarios de la web Emancipación Joven, de conformidad con los datos que se incluyen en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.–El Instituto de la Juventud realizará las actuaciones oportunas para la destrucción y el borrado...

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