STSJ Asturias , 17 de Enero de 2003

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:131
Número de Recurso844/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNA. SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0100254 /2000, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 844 /2000 MATERIA: OTROS DCHOS. LABORALES RECURRENTE/s: INEM RECURRIDO/s: Franco JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 1 de GIJON DEMANDA 825 /1999 Sentencia número: 118/03 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ En OVIEDO a diecisiete de Enero de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 844/2000, formalizado por el/la Sr/a. Letrado del INEM, contra la sentencia de fecha diez de enero de dos mil, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 1 de GIJON en sus autos número DEMANDA 825/1999, seguidos a instancia de Franco representada por el/la Sr/Sra. Letrado D/Dª. EVA MARIA CASTEJÓN PÉREZ frente a INEM, parte demandada, en reclamación por desempleo, siendo Magistrado- Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diez de enero de dos mil por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Don Franco , afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, suscribió, como Oficial, contrato de trabajo con la empresa Asercag, SL. el 2 de julio de 1990, dándose por finalizada su relación laboral por causas objetivas el 21 de abril de 1998.

  2. - Don Franco trabajó para la empresa Asercag, S.L. a jornada completa, a excepción de los períodos del 1 de abril al 1 de octubre de 1997 y del 1 de abril al 22 de mayo de 1998 en que lo hizo en jornada de cuatro horas díarias de lunes a viernes.

  3. - Solicitada por Don Franco ante el Instituto Nacional de Empleo prestación por desempleo, ésta le fue reconocida por Resolución de 19 de junio de 1998 con efectos desde el 12 de junio de 1998, por un período de 240 días, establecido posteriormente en 480 días, y sobre una base reguladora de 3.889 ptas., aplicándole una parcialidad del 50%, e interpuesta la oportuna reclamación previa, la misma fue desestimada mediante Resolución de 20 de septiembre de 1999 .

  4. - Las cotizaciones efectuadas por Don Franco son las que figuran en las nóminas obrantes en autos y por los conceptos que en ellas se detallan.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación letrada de la entidad gestora demandada interpone recurso contra la sentencia de instancia que estimando parcialmente la demanda del actor declara su derecho a percibir prestaciones de desempleo con un porcentaje de parcialidad del 85,55%, recurso en cuyo primer motivo, planteado a través del artículo 191 b) de la Ley de...

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