Superdistribución Ceuta, S. L. Unipersonal (Sociedad Absorbente) Antonio Chapela, S. a Unipersonal (Sociedad Absorbida)

De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los respectivos Socios únicos de cada una de las sociedades, en sus respectivas Juntas Generales, celebradas ambas el 20 de diciembre de 2001, aprobaron, ambas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Superdistribución Ceuta, Sociedad Limitada», Unipersonal, de «Antonio Chapela, Sociedad Anónima», Unipersonal, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Las citadas Juntas Generales de Socios y Accionistas aprobaron como balance de fusión los cerrados a fecha 30 de junio de 2001.

Las operaciones efectuadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas por la sociedad absorbente, a efectos contables, desde las 00:00 horas del día 1 de julio de...

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