La superacion de los valores limite y la gestión de la calidad del aire en el centro de la acción climatica y la responsabilidad de los poderes publicos en la protección de la salud: los principios jurídicos de eficacia y proporcionalidad en la aplicación de la Directiva 2008/50

AutorLuis Carlos Fernández-Espinar López
CargoProfesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad Politécnica de Madrid
Páginas110-135
Recopilación mensual n. 102/1, junio 2020
110
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 8 de junio de 2020
LA SUPERACION DE LOS VALORES LIMITE Y LA GESTIÓN
DE LA CALIDAD DEL AIRE EN EL CENTRO DE LA ACCIÓN
CLIMATICA Y LA RESPONSABILIDAD DE LOS PODERES
PUBLICOS EN LA PROTECCIÓN DE LA SALUD: LOS
PRINCIPIOS JURÍDICOS DE EFICACIA Y PROPORCIONALIDAD
EN LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 2008/50
"THE OVERCOMING OF LIMIT VALUES AND THE
MANAGEMENT OF AIR QUALITY AT THE CENTER OF CLIMATE
ACTION AND THE RESPONSIBILITY OF PUBLIC POWERS IN THE
PROTECTION OF HEALTH: THE LEGAL PRINCIPLES OF
EFFECTIVENESS AND PROPORTIONALITY IN THE APPLICATION
OF THE DIRECTIVE 2008/50"
Autor: Luis Carlos Fernández-Espinar López, Profesor Titular de Derecho
Administrativo. Universidad Politécnica de Madrid. lc.fernandez-
espinar@upm.es
Fecha de recepción: 15/04/2020
Fecha de aceptación: 29/04/2020
Resumen:
En el presente trabajo se aborda la cuestión relativa a la superación de los
valores límite por parte de los Estados miembros de la Unión Europa en el
marco de la normativa sobre calidad del aire ambiente y a una atmósfera más
limpia en Europa. La Directiva actual 2008/50 es consecuencia de la evolución
normativa producida desde las primeras Directivas parciales relativas a
sustancias contaminantes concretas de los años 80 y a su antecedente más
inmediato que fue la Directiva 96/62 sobre evaluación y gestión de la calidad
del aire. La protección de la salud humana es el verdadero leit motiv y objetivo
primordial de la normativa europea sobre calidad del aire y la razón de los
criterios cuantitativos que se fijan en la misma. El incumplimiento por parte de
los Estados de la misma ha sido sistemático y continuado como reflejan, sólo
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en parte, las Sentencias del TJUE, siendo premonitorio de la trágica situación
de pandemia y de pérdida de vidas en que se encuentran todos los Estados, pero
especialmente los de las principales economías mundiales a las que nunca
pensaron que les llegaría esta situación, y con un modelo de Estado “reflexivo”
que, desde hace tres décadas, no ha previsto ni se ha preparado ante crisis que
han venido sucediendo desde el año 2000 y que ha obligado a los ciudadanos a
convivir con el riesgo y a socializarlo ante el progresivo vaciamiento de recursos.
Por ello, se plantea en el trabajo la necesidad de un cambio de paradigma en el
modelo de Estado hacia un Estado social y democrático (art. 1.1 CE) cuya
función preventiva sea la prevalente, basado y construido sobre derechos
verdaderos de las personas que sean realmente exigibles a los poderes públicos
con la plena garantía de la tutela judicial efectiva individual en toda su extensión
y efectividad. A pesar del escaso cumplimiento de la normativa ambiental, dos
sentencias muy recientes del TJUE contra Francia y Alemania sobre la Directiva
2008/50 de calidad del aire abren un camino de esperanza a los ciudadanos en
la firmeza demostrado por parte del Tribunal en la exigencia de
responsabilidades a los Estados y la adopción de medidas “a la mayor brevedad
posible” mediante la aplicación novedosa de conocidos principios como el de
eficacia, proporcionalidad, responsabilidad objetiva, etc.… que establecen la
prevalencia de la protección de la salud y la calidad del aire sobre otros
principios fundacionales de la Unión Europea hasta ahora intocables y ante las
todavía sorprendentes alegaciones de defensa de “deficiencias estructurales”
por parte de las primeras potencias económicas europeas para no haber aplicado
la normativa ambiental.
Abstract:
This paper addresses the issue of exceeding the limit values by the Member
States of the European Union in the framework of the regulations on ambient
air quality and a cleaner atmosphere in Europe. The current Directive 2008/50
is the consequence of the normative evolution from the first partial Directives
on specific polluting substances of the 1980s and to its most immediate
antecedent, which was Directive 96/62 on evaluation and management of the
quality of the air. The protection of human health is the true leitmotiv and
primary objective of the European regulations on air quality and the reason for
the quantitative criteria set forth therein. The non-compliance by the States of
the same has been systematic and continued as reflected, only in part, the Court
Judgments, being premonitory of the tragic situation of pandemic and loss of
life in which all the States are, but especially those of the main world economies
to which they never thought this situation would come to them, and with a
“reflective” state model that, for three decades, has not anticipated or prepared
for crises that have been happening since 2000 and that it has forced citizens to
live with risk and socialize it in the face of the progressive emptying of

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