STSJ Castilla y León 1004/2007, 29 de Mayo de 2007
Ponente | RAMON SASTRE LEGIDO |
ECLI | ES:TSJCL:2007:3261 |
Número de Recurso | 1752/2001 |
Número de Resolución | 1004/2007 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº1004
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA
DON JAVIER ORAA GONZALEZDON RAMON SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a veintinueve de mayo de dos mil siete.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 14 de junio de 2001 que, en relación con la reclamación económico-administrativa NUM002 , interpuesta contra el acuerdo del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora de 24 de julio de 1996 por el que se anulan las liquidaciones números NUM000 y NUM001 , practicadas por el concepto Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, respecto de la herencia de D. Antonio , y se giran otras nuevas numeradas como NUM003 y NUM004 , la primera a nombre de la recurrente por importe de 305.786 pesetas, dispone: 1) Desestimarla en lo que se refiere al resultado de la tasación pericial contradictoria en la comprobación de valores. 2) Estimarla parcialmente en lo que se refiere a la liquidación practicada ( NUM003 ) que debe ser anulada y actuarse por la Administración según lo expuesto.
Son partes en dicho recurso: como recurrente DOÑA María Teresa , luego sustituida en virtud de su fallecimiento por su hijo DON Tomás , que han actuado representados por el Procurador D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós, bajo la dirección del Letrado D. Santiago Prieto Liébana.
Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que: a) Declare nula, anule o revoque, la Resolución del Tribunal Económico-administrativo Regional antes mencionada, y objeto del presente recurso contencioso-administrativo. b) Declare la nulidad absoluta, revoque y deje sin efecto el acuerdo del 24 de julio de 1996 del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Zamora de la Junta de Castilla y León, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora número 152, de 18 de diciembre de 1996, y todo el procedimiento de comprobación de valores que con él termina, y también lo mismo para la liquidación girada por ese Servicio de Hacienda con número NUM003 , y deuda tributaria de 305.786 pesetas, relativa al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y en la que la actora figura en calidad de sujeto pasivo. c) Declare como ingreso indebido el importe de la deuda pagada por esta parte a la Administración autonómica como consecuencia del pago de la liquidación tributaria girada por el Servicio de Hacienda referido, con número NUM003 y una deuda tributaria de 305.786 pesetas, relativa al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y en la que la actora figura en calidad de sujeto pasivo y, asimismo, condene a la Junta de Castilla y León a la devolución a la actora de la deuda tributaria pagada, 305.786 pesetas, más los correspondientes intereses de demora. d) Condene a la Administración del Estado al pago de las costas derivadas de este procedimiento judicial.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
En el escrito de contestación del Letrado de la Administración Autonómica codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del presente recurso contencioso-administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho, con expresa imposición de costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.
Presentados escritos de conclusiones, se declararon conclusos los autos y se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 25 de los corrientes.SEXTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Tribunal...
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