STSJ Murcia , 31 de Enero de 2003

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2003:252
Número de Recurso1379/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

1 RECURSO nº 1.379/99 SENTENCIA nº 60/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 60/03 En Murcia a treinta y uno de Enero de dos mil tres.

En el recurso contencioso administrativo nº 1.379/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 4.839.808 ptas, y referido a: Vía de Apremio. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Parte demandante: Don Alonso representado por el Procurador Don José Pablo Saura Pérez y defendido por la Letrada Doña Ana Correa Medina.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por el Sr. Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 22 de Julio de 1999 que desestimaba la reclamación nº 30/2447/98 planteada por el recurrente contra la resolución del recurso de reposición interpuesto contra certificación de descubierto providenciada de apremio nº 6811498, por importe de 4.839.808 ptas de principal más el 20% de recargo, dimanante de la liquidación L199706267803LT, practicada por la Dirección General de Tributos de la Administración regional, en concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se anule la resolución del TEARM de 22 de Julio de 1999, y se declare la nulidad del apremio notificado.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 29 de noviembre de 1999 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

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