Sucesión intestada a favor del estado

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Hechos: Se solicita la inscripción a favor del Estado de un bien adquirido por sucesión intestada. Se aporta Auto de declaración de herederos y certificación administrativa de titularidad, pero no el acta judicial de entrega de la posesión, aunque se presenta resolución judicial de la que resulta que se solicitó judicialmente pero que el juzgado no ha podido entregar la posesión de dicho bien hasta el momento.

La registradora suspende la inscripción por la falta de dicha acta judicial de entrega, que considera esencial, argumentando que así lo exige el artículo 9 del Real Decreto 1373/2009, citando en defensa de su nota una resolución de la DGRN de 7 de Marzo de 2009.

El interesado (la Delegación de Hacienda) recurre y alega que, ante la imposibilidad de entrega de bien por el Juzgado, es aplicable el párrafo segundo de dicho artículo 9, es decir basta la incorporación de dicho bien a la relación de bienes presentada en el Juzgado.

La DGRN desestima el recurso, señalando que la adquisición de herencia por el Estado precisa de la declaración judicial de herederos, y del acta judicial de entrega de la posesión de los...

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