RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 1997, de la subsecretaria, por la que se aprueba la Instruccion sobre aplicacion del Plan de austeridad de la administracion general del Estado al ministerio de Medio ambiente.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Agosto de 1997
MarginalBOE-A-1997-17949
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se aprobó el Plan de Austeridad de Gastos Corrientes de la Administración General del Estado, con objeto de racionalizar la utilización de los recursos públicos en el ámbito de cada Ministerio. El Plan contiene una serie de medidas, propuestas y recomendaciones con la triple finalidad de reducir el gasto público, mejorar la imagen institucional de la Administración y fomentar entre su personal la toma de conciencia para un uso racional de los recursos públicos.

Por Resolución del Subsecretario de Economía y Hacienda de 17 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 23) se hizo público el mencionado Acuerdo, que en el apartado II prevé su adaptación a las particularidades de cada Ministerio, mediante la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de una Instrucción de la Subsecretaría.

Las medidas contenidas en el Plan de Austeridad aprobado por el Gobierno son en gran parte coincidentes con las ya adoptadas por el Ministerio de Medio Ambiente en la Circular de esta Subsecretaría de 1 de octubre de 1996, cuya vigencia se mantiene sustancialmente y refuerza con la aplicación íntegra del Plan, perfeccionándose con esta Instrucción los mecanismos para su control y seguimiento.

Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997, esta Subsecretaría Acuerda:

Primero.-Declarar íntegramente aplicable al Ministerio de Medio Ambiente el Plan de Austeridad de la Administración General del Estado publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de junio de 1997.

Segundo.-Aplicar singularmente, en el marco del Plan de Austeridad y como desarrollo del mismo, las medidas siguientes:

Uno. Comunicaciones.

Teléfonos y telefax:

  1. Solamente se dotará de salida interprovincial a los niveles 29 y 30, y a aquellos otros inferiores que tengan asignada la máxima responsabilidad de un organismo o servicio territorial con competencias que precisen frecuentes relaciones con los órganos centrales.

    Se potenciarán las salidas dentro del territorio nacional a través de centralita, como medida disuasoria que discrimine las llamadas oficiales de las que no lo son.

  2. Previa autorización de esta Subsecretaría, las salidas internacionales sólo las tendrán quienes justifiquen mantener un nivel de relaciones frecuente sobre asuntos de la competencia internacional y habitual de su puesto de trabajo.

  3. En caso de comunicaciones particulares, se reclamará su importe por encima del máximo que se pueda fijar a cada puesto, previas las actuaciones inspectoras que procedan, pudiéndose llegar al corte de la línea en caso de impago.

  4. El envío interno de documentos a través de fax tendrá validez a todos los efectos, de modo que se evitará la duplicidad de entrega del mismo documento por fax y por...

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