Subsanación del recurso especial en materia de contratación

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aAbril 2018

Contenido
  • 1 Formulario
  • 2 Comentario
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
  • 5 Jurisprudencia citada
Formulario

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en su propio nombre y derecho (o en representación de .... según poder que se acompaña), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y ss de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, EXPONE:

Primero: Que con fecha ... y registro de entrada nº..... interpuso recurso especial en materia de contratación....... (se adjunta copia, en su caso).

Segundo: Que con fecha ............................., ha recibido un requerimiento de ........ para que proceda, en el plazo máximo de 3 días, a subsanar los defectos (o a aportar los documentos ….), mediante ....... (la aportación de los documentos preceptivamente establecidos en la legislación aplicable; justificación de la petición; etc.)

Tercero: Que mediante el presente escrito, y dentro del plazo legalmente establecido (tres días hábiles) se procede a subsanar el defecto aportando a dichos efectos….

Por lo expuesto y de conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y artículo 68, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

SOLICITA:

Que se admita a trámite este escrito con los documentos que se acompañan y se tenga por subsanado el recurso especial en materia de contratación de fecha........................., presentado por ..... en el procedimiento ....... referenciado y por hechas las manifestaciones que anteceden en orden a la subsanación del defecto o falta del escrito inicial.

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

Comentario

Con carácter general, y siguiendo la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), tenemos que:

a) Si se aprecia la ausencia de algún requisito, el órgano administrativo -de acuerdo con lo que señala el artículo 68 de la LPAC- debe requerir al solicitante para que subsane la falta o presente el documento exigido. Para ello, el interesado dispone de un plazo de diez días que puede ser ampliado a quince si lo que falta es un documento cuya obtención es especialmente dificultoso.

b) Asimismo, si el órgano administrativo estima que la solicitud ha incurrido en algún tipo de error, confusión o imperfección que pueda perjudicar su correcta tramitación y consideración, puede recabar del solicitante que la modifique para mejorarla, dentro de un espíritu de plena colaboración con el ciudadano.

En concreto, el apartado 2º del artículo 51 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,...

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