La STC 31/2010 y el reparto competencial Estado-Comunidades Autónomas en materia de inmigración

AutorFrancisco Javier Donaire Villa - David Moya Malapeira
CargoUniversidad Carlos III de Madrid - Universidad de Barcelona
Páginas97-138
La STC  y el reparto competencial Estado
Comunidades Autónomas en materia de inmigración
Francisco Javier Donaire Villa
Universidad Carlos III de Madrid
fdonairederpuucmes
David Moya Malapeira
Universidad de Barcelona
dmoyaubedu
Resumen
El presente trabajo aborda el análisis de la STC  sobre el Estatuto de Autonomía de Catalunya en el
ámbito concreto de la inmigración Para ello el trabajo intenta contextualizar la Sentencia en el marco consti
tucional y estatutario valorar la articulación entre la Sentencia y la reciente reforma de la legislación de ex
tranjería mediante la LO  y avanzar algunos de las cuestiones que en este contexto podrían derivarse
de la nueva doctrina constitucional en este punto
Palabras Clave
Estado autonómico inmigración extranjería distribución competencial jurisprudencia constitucional
Constitucional Judgment  and the distribution
of powers between the state and the autonomous regions
in the field of inmigration
Abstract
The current study analyzes the Judgment  of the Spanish Constitutional Court on the Statute of Auto
nomy of Catalonia in the specific area of immigration In doing so the authors start by analyzing the constitu
tional and statutory framework of competences on migration the evolution of the legislation and institutions
aimed at enhancing intergovernmental collaboration on the topic and evaluates the interactions between
the rationale of the Judgment and the recent reform of the Immigration Law by means of the Aliens Reform
Bill  num  The authors try also to foresee future issues with the new constitutional jurispruden
ce on the topic
Key Words
Decentralized State Migration Aliens Law Allocation of Powers and Competences Constitutional Court Case
Law
El presente artículo se enmarca dentro del Proyecto Nacional de ID La integración de los in
migrantes DER JURI dirigido por el Prof Dr Andreu Olesti Rayo
CDP Cuadernos de Derecho Público
     
 
97
PROGRAMAS ACTUALES
 EL ESCA SO MARC O CONS TITUCI ONAL D EL REPA RTO COM PETENC IAL
SOBR E INMI GRACIÓ N
Hasta la mitad de los años noventa aproximadamente la interpretació n predo
minante del título competencial estatal exclusivo sobre inmigración y extranjería es
tablecido en el artículo  de la Constitución en adelante CE lo consideraba
excluyente de la intervención autonómica Sin embargo la consolidación del Estado
autonómico unida al paralelo crecimiento de la cifra de inmigrantes en todo el terri
torio español y muy especialmente en determinadas Comunidades Autónomas Ma
drid Cataluña Valencia Andalucía Murcia Aragón etc han propiciado el paso pro
gresivo aunque no sin algunas tensiones de la amplia interpretación inicial del
precepto constitucional hacia una lectura más acotada y sensible respecto de las
competencias autonómicas sectoriales sobre muchos ámbitos relacionados con la
inmigración enseñanza sanidad servicios sociales etc
Sintomático de este cambio de tendencia es que el Estado haya venido emplean
do en los últimos años otros títulos competenciales para reforzar el sustento de su
intervención sobre aspectos relacionados de un modo u otro con la inmigración
como por ejemplo en materia civil en relación con el régimen de divorcio en España
entre cónyuges extranjeros donde se ha invocado como fundamento el artículo
 CE De hecho se acude últimamente con relativa frecuencia al artículo
 CE desde que la reforma mediante la Ley orgánica  mejoró la redac
ción de la Disposición Final  de la LODYLE en una interpretación del juego entre los
Un ejemplo de tales tensiones sobre la delimitación concreta de competencias autonómicas
sectoriales y regulación estatal de la inmigración se puede observar en el ámbito educativoformativo de
extranjeros En  el Gobierno catalán adoptó el Decreto  de  junio sobre derechos y debe
res de los extranjeros en Cataluña cuyo artículo  entraba en contradicción con el artículo  de la Ley
orgánica de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social en adelante LO 
DYLE en la redacción dada a la misma por la Ley orgánica  el Decreto catalán reconocía a los órga
nos responsables de la Generalitat la facultad de 
facilitar el acceso de los extranjeros inscritos en el padrón
de cualquiera de los municipios de Cataluña a la enseñanza de naturaleza no obligatoria y a los centros de
formación de adultos respectivamente
mientras que la legislación estatal de extranjería parecía excluirlos
de tal posibilidad en una redacción de alambicada interpretación que posteriormente el Tribunal Constitu
cional declararía inconstitucional en su STC  Dicha contradicción normativa fue inicialmente re
suelta en la Sentencia  de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justi
cia de Cataluña Sección  de  de noviembre que anuló el artículo  del Decreto catalán  por
falta de competencia de la Generalitat en este punto Pero la posterior Disposición Adicional Decimocuarta
del Real Decreto  de  de diciembre REDYLE reconoció expresamente la capacidad de las
Comunidades Autónomas para facilitar el acceso a la educación no obligatoria de los menores empadrona
dos Sobre el debate en torno al encaje constitucional y legal de la referida Disposición Adicional véase
Larios María Jesús
Anuari de la Immigració a Catalunya
 Ed Fundació Jaume Bofill Barcelona 
Ilustrativa de esta nueva tendencia es la Exposición de Motivos del Real Decreto  de 
de febreropor el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica  
BOE
n  de 
de febrero
Disposición Final  de la Ley orgánica  de  de septiembre de medidas concretas en
materia de seguridad ciudadana violencia doméstica e integración social de los extranjeros 
BOE
n 
de  de septiembre de 
La redacción de la Disp Final  de la Ley orgánica  de  de enero sobre Derechos y Li
bertades de los Extranjeros en España y de su integración social 
BOE
n  de  de enero de 
sólo
Francisco Javier Donaire Villa y David Moya Malapeira
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        
PROGRAMAS ACTUALES
artículos  y  CE que lleva a considerar que la regulación de los derechos de los
extranjeros debe realizarse mediante Ley orgánica
Así frente a la visión de partida quizás un tanto simplificadora en el actual con
texto de la inmigración como título competencial exclusivo y excluyente del Estado
gradualmente se ha abierto paso la idea de que el fenómeno de la inmigración es
polifacético incluso desde la perspectiva estrictamente competencial y de que varias
de tales facetas pueden generar facultades susceptibles de un ejercicio compartido
entre Estado y Comunidades Autónomas e incluso ser transferidas por el primero a
las segundas En realidad esta última exégesis del precepto no ha hecho sino plegar
se a las exigencias de la realidad de la inmigración
La escasez de previsiones constitucionales sobre inmigración obedece al distin
to contexto histórico y social en el que se aprueba la Constitución de  España se
había sometido durante el régimen franquista a un modelo político y administrativo
profundamente centralista y era además un país de emigrantes esencialmente en el
momento de la redacción de la Norma Fundamental Factores ambos que ayudan a
comprender la parquedad de las referencias constitucionales a la inmigración tanto
desde una perspectiva sustantiva como competencial
Así no debe sorprender que apenas puedan encontrarse menciones de carácter
sustantivo a los fenómenos migratorios con la importante salvedad del artículo 
CE referido al régimen de derechos de los extranjeros en España destacable por el
valor de su directo reconocimiento de dichos derechos si bien con una amplia remi
sión a los Tratados internacionales y a la ley interna El resto de menciones sustanti
vas al fenómeno migratorio se efectúan desde la perspectiva de la protección de los
derechos y del retorno de la emigración española en el exterior artículo  CE Por
mencionaba el art  CE pero la siguiente reforma llevada a cabo por la Ley orgánica  de 
de diciembre
BOE
n  de  de diciembre de  incorporó ampliamente el art  CE como tí
tulo competencial habilitante de la ley mención que se reitera en la Ley orgánica  de Reforma de
la Ley Orgánica  de  de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su inte
gración social modificada por la Ley Orgánica  de  de diciembre de la Ley  de  de abril
Reguladora de las Bases del Régimen Local de la Ley  de  de noviembre de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la Ley  de  de ene 
ro de Competencia Desleal 
BOE
n  de  de noviembre de 
Para Miguel Revenga Sánchez Las tareas de las Comunidades Autónomas en materia de inmi
gración en particular a la luz de la Ley orgánica  de reforma de la Ley orgánica  sobre dere
chos y libertades de lo s extranjeros y su integración social en TORNOS MAS Joaquín dir
Informe Co
munidades Autónomas 
 Instituto de Derecho Público Barcelona  p  el rango de ley orgánica
es un recurso del legislador para resaltar a su juicio de manera subrepticia la existencia de un vínculo indi
sociable entre el desarrollo de los derechos fundamentales y la regulación de los aspectos nucleares y bá
sicos del régimen de inmigración y extranjería Un recurso que ante la ausencia de jurisprudencia constitu
cional sobre la extensión de la reserva de ley orgánica en esta materia considera dicho autor que el propio
legislador ha empleado con tino
Acerca de la evolución interpretativa en torno al contenido del artículo  de la Constitu
ción véase García Roca Javier Inmigración integración social de los extranjeros y concurrencia de com
petencias territoriales en
Derecho Inmigración e Integración
 XXIX Jornadas de Estudio de la Abogacía
General del Estado Ministerio de Justicia Madrid  especialmente pp  y siguientes
        
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LA STC 31/2010 Y EL REPARTO COMPETENCIAL ESTADO-COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE INMIGRACIÓN

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