Sondertagung der Zivilrechtslehrervereinigung zum Entwurf eines «Common European Sales Law» (CESL), Friedrich-Wilhelms-Universität de Bonn, 21 y 22 de abril de 2012

AutorFrancisco J. Andrés Santos
CargoUniversidad de Valladolid
Páginas1391-1395

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En los días 21 y 22 de abril del pasado año 2012 tuvo lugar en el acogedor entorno de la Friedrich-Wilhelms-Universität de Bonn un congreso extraordinario de la Unión de Profesores alemanes de Derecho civil (entiéndase por «alemanes» personas de lengua alemana), a la que tuve el honor de asistir por invitación del presidente de dicha asociación, el profesor Reinhard zimmermann (Hamburgo). Dicho congreso estuvo dedicado monográficamente a hacer una valoración de conjunto y compartida del reciente proyecto de Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a una normativa común de compraventa europea (más conocida por sus siglas inglesas: CESL), de 11 de octubre de 2011, sometida a la discusión pública antes de ser definitivamente adoptada como un acto normativo por parte de las instituciones comunitarias, y que ha suscitado un enorme revuelo y grandes expectativas entre los estudiosos del Derecho privado europeo a nivel continental, por lo que un gremio tan prestigioso como el de la civilística alemana no podía permanecer indiferente ante ese fenómeno -en particular teniendo en cuenta que algunos de sus miembros han sido actores destacados en los trabajos de elaboración de dicho documento, por lo que esta reunión tenía también visos de convertirse en un cierto «ajuste de cuentas» científico con esos mismos actores-.

En la primera jornada de la reunión, tras los saludos protocolarios, del vicerrector de la Universidad de Bonn, Profesor Armin Cremers, y del presidente de la asociación, Prof. Zimmermann, este presentó una panorámica general del desarrollo de los proyectos de unificación del Derecho privado europeo hasta el reciente borrador de CESL y la enorme relevancia de este proyecto para el futuro de la ciencia del Derecho privado en Europa; de ahí la conveniencia de dedicar un congreso extraordinario de esa sociedad científica a analizar los principales aspectos de ese proyecto y formular sus críticas que, eventualmente, pudieran servir para mejorar su texto definitivo.

El desarrollo del programa científico discurrió de la siguiente manera: la primera jornada se dedicó en una primera mitad al estudio de aspectos externos del proyecto de Reglamento (en adelante, PR), con referencia a su ámbito de aplicación y las implicaciones del carácter opcional del instrumento que consagra; y la segunda mitad, en cambio, a cuestiones más sustanciales, como es la relación entre este proyecto y el acervo comunitario en materia de regulación de la defensa de los consumidores; esta consideración sustancial continuó en la segunda jornada, con respecto al Derecho contractual subya-

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cente al borrador de CESL y a la relación entre compraventa y los contratos de servicios asociados a esta según la CESL.

La primera ponencia corrió a cargo de la profesora Astrid Stadler (Constanza/Rotterdam) en torno al tema de los presupuestos y el ámbito de aplicación de la CELS («Anwendungsvoraussetzungen und Anwendungsbereich des CESL»). Su intervención se centró en la relación entre la propuesta de Reglamento y las reglas del conflicto de leyes. El propio proyecto (Considerando n.º 10) indica que el Reglamento propuesto no debe afectar a ninguna de las normas vigentes en materia de conflicto de leyes. A juicio de la ponente, la intención de la Comisión está claramente movida por el deseo de evitar la aplicación de la regla de mayor protección a los consumidores del artículo 6.2 del Reglamento Roma I, objetivo que, en su opinión, es imposible de alcanzar. Ella propone una solución de naturaleza conflictual, pero indicán-dose al consumidor que la elección del CESL para regular su contrato puede...

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