Solicitud de revisión de las tarifas en el contrato de concesión de obra pública

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aAbril 2018

Expediente de contratación nº ……….

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que a los efectos previstos en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ [número de expediente .......], esta parte, concesionaria de ...., tiene derecho a percibir de los usuarios [o de la Administración] una retribución por la utilización de la obra ............

Que el órgano de contratación fijó, en fecha ..... mediante ......, las tarifas máximas que debían abonar los usuarios por la utilización de la obra pública en las siguientes cantidades ........

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y la cláusula .... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se solicita la revisión de las tarifas aprobadas por los siguientes motivos:

.............................

...............................

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que se tenga por solicitada revisión de las tarifas ....., justificada en los motivos expuestos y, en consecuencia, se proceda a .....

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]

Comentario

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dedica los artículos 247 y ss. al contrato de concesión de obras.

Al regular la retribución por la utilización de las obras, el artículo 267 LCSP 2017, dispone en sus dos primeros apartados que:

1. El concesionario tendrá derecho a percibir de los usuarios o de la Administración una retribución por la utilización de las obras en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de conformidad con lo establecido en este artículo, que se denominará tarifa y tendrá la naturaleza de prestación patrimonial de carácter público no tributario.

2. Las tarifas que abonen los usuarios por la utilización de las obras serán fijadas por el órgano de contratación en el acuerdo de...

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