Solicitud de revisión de oficio de actos preparatorios y de adjudicación de contratos

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aAbril 2018

Contenido
  • 1 Formulario
  • 2 Comentario
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
Formulario

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en su propio nombre y derecho (o en representación de .... según poder que se acompaña), como mejor proceda en Derecho, DIGO:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicito la iniciación del procedimiento de revisión de oficio de actos nulos que establece dicho precepto, respecto del acto administrativo que a continuación se indica: .............. (identificación del acto, disposición o resolución cuya revisión se solicita).

El fundamento de la presente petición se encuentra en el artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas toda vez que es acto es nulo por cuanto ......

Primero .....

Segundo ......

A los efectos procedimentales oportunos se adjuntan los siguientes documentos:

- Documento n.º 1: ....................

- Documento n.º 2: ....................

Por lo expuesto SOLICITO:

Tenga por presentado este escrito y en su virtud y en razón a las circunstancias que concurren en el presente supuesto, acuerde la iniciación del procedimiento de revisión de oficio de ...... (identificación del acto, disposición o resolución cuya revisión se solicita), por ser nulo de pleno derecho.

Lugar, fecha, y firma

.............................................

DEPARTAMENTO, UNIDAD, ÓRGANO O DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA A LA QUE SE DIRIGE EL ESCRITO

Comentario

El artículo 41 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP 2017), por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), respecto a la revisión de oficio, establece:

1. La revisión de oficio de los actos preparatorios y de los actos de adjudicación de los contratos se efectuará de conformidad con lo establecido en el Capítulo I del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. A los exclusivos efectos de la presente Ley, tendrán la consideración de actos administrativos los actos preparatorios y los actos de adjudicación de los contratos de las entidades del sector público que no sean Administraciones Públicas, así como los actos preparatorios y los actos de adjudicación de los contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 de la presente Ley. La revisión de oficio de dichos actos se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior.

3. Sin perjuicio de lo que, para el ámbito de las Comunidades Autónomas establezcan sus normas respectivas que, en todo caso, deberán atribuir esta competencia a un órgano cuyas resoluciones agoten la vía administrativa, serán competentes para declarar la nulidad o lesividad de los actos a que se refieren los apartados anteriores el órgano de contratación, cuando se trate de contratos de una Administración Pública, o el titular del departamento...

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