Solicitud de resolución del contrato administrativo por demora superior a seis meses en el pago del precio

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aMayo 2018

Expediente de contratación nº ..........

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ......, y dirección C/ ..................................... de .......... [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Que, de acuerdo con lo establecido en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ [número de expediente .......], y de conformidad con el artículo 198 de la Ley 9/2017, se debió abonar el precio [o en su caso parte] del contrato ........, en fecha .............

Que dicho pago no se ha efectuado en fecha ......, transcurridos más de seis meses desde la fecha legalmente prevista.

Que por medio del presente escrito se procede a comunicar, tal como exige el artículo 198 de la Ley 9/2017, su intención de resolver el contrato si no se proceda a su abono, con pago de intereses de demora y costes de cobro, en fecha ........

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que tenga por presentado este escrito y acuerde de conformidad.

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]

Comentario

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dedica los artículos 188 y ss. a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.

El artículo 198 de la Ley 9/2017, respecto al pago del precio, puede ser analizado conforme al siguiente esquema:

1) Derecho al abono

El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido por la prestación realizada en los términos establecidos en esta Ley y en el contrato. En el supuesto de los contratos basados en un acuerdo marco y de los contratos específicos derivados de un sistema dinámico de contratación, el pago del precio se podrá hacer por el peticionario.

2) Formas de pago

El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado. En los casos en que el importe acumulado de los abonos a cuenta sea igual o superior con motivo del siguiente pago al 90 por...

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