Solicitud de reanudación del periodo autorizado para desplazamiento a un Estado de la Unión Europea (cumplimentable)

Actualizado aDiciembre 2022
Trabajo en el extranjero
Maternidad/paternidad
Motivos de la solicitud
Finalizada la causa de suspensión por cualquiera de los motivos anteriores, DECLARO bajo mi responsabilidad que:
¤ Me he inscrito nuevamente en los Servicios Públicos de Empleo del país al que me he desplazado.
¤ En el caso de solicitar la reanudación por trabajo en el extranjero, el cese en mi último trabajo realizado en el país de desplazamiento,
ha sido involuntario.
El período autorizado para el desplazamiento no será ampliado en función de las posibles circunstancias que afecten a la suspensión.
Solicitud de reanudación del período autorizado para desplazamiento a
otro Estado Miembro de la Unión Europea con el f‌in de buscar empleo
(Art. 64.3 Reglamento 883/2004)
1. Datos personales
Nombre 1º apellido 2º apellido
Nº DNI o NIE Localidad País
Domicilio en el Estado Miembro al que se ha desplazado:
Código Postal Núm Fax
Correo electrónico
2. Datos de la solicitud
Documentos que se adjuntan
PROTECCIÓN DE DATOS.- Los datos de carácter personal recogidos en esta solicitud serán objeto de tratamiento por parte del SEPE, en el ejercicio de
poderes públicos, cuya f‌inalidad es la realización de las funciones derivadas de la solicitud de prestaciones por desempleo y, en su caso, las cesiones
previstas legalmente de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y a la L.O. 3/2018. Tiene derecho al acceso,
rectif‌icación, oposición o supresión de sus datos. Todo ello en los términos legalmente establecidos. Tiene derecho al acceso, rectif‌icación, oposición o
supresión de sus datos, en los términos legalmente establecidos. Más información en http://www.sepe.es/HomeSepe/mas-informacion/aviso-legal.html.
a de de 20 a de de 20
Fdo.:Fdo.: Sello de la Unidad
Fecha de presentación de la solicitud y f‌irma de la persona receptoraFecha de presentación de la solicitud y f‌irma de la persona solicitante
De acuerdo con lo previsto en el art. 296.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), aprobado por Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, la entidad gestora deberá dictar resolución en el plazo de los 15 días siguientes a la fecha en que se hubiera formulado la
solicitud y notif‌icarla debidamente.
Una vez transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud de la prestación, si aún no se hubiera notif‌icado la resolución, la solicitud se en-
tenderá desestimada por silencio administrativo de acuerdo al artículo 129.3 de la TRLGSS y el interesado podrá interponer reclamación previa conforme
al art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá dirigirse a https://sede.sepe.gob.es o al teléfono 060.
Registro en otro Organismo
receptor
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