Solicitud de Prórroga del contrato de servicios (TRLCSP 2011)

AutorA. Palomar/J. Vázquez
Cargo del AutorMagistrado/Letrado IBSALUT
Actualizado aDiciembre 2011

Este modelo de formulario aplica el texto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Para consultar los modelos de formularios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 acceda a este enlace.

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en .................... C/ ........................................ (además, en su caso, teléfono, fax y/o correo electrónico) actuando en nombre de ...................., EXPONE:

Que con fecha ...... firmó el contrato de servicios....., por un plazo de ....., que expira el .......

Que a los efectos previstos en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......), y de conformidad con lo establecido en el artículo 303 TRLCSP el órgano de contratación ha propuesto prorrogar el mismo por el plazo de ...., mostrando esta parte su conformidad a dicha prórroga.

o

Que a los efectos previstos en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......), y de conformidad con lo establecido en el artículo 303 TRLCSP, se propone al órgano de contratación prorrogar el mismo por el plazo de .....

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que se tenga por aceptada (o por solicitada prórroga por....) la prórroga propuesta de ......

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

COMENTARIO

El artículo 23.2 del TRLCSP afirma que la prórroga se debe acordar por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.

La TRLCSP aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, contiene las normas especiales que regulan los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de servicios en los arts. 301 y ss. TRLCSP.

Respecto a la duración de estos contratos, dispone el artículo 303 TRLCSP que:

  1. Los contratos de servicios no pueden tener un plazo de vigencia superior a cuatro años...

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