Solicitud de exhibición de libros de las personas obligadas a llevar la contabilidad en expediente de jurisdicción voluntaria (arts. 112 a 116 LJV)

Celebración de la comparecencia
art.18 LJV
Solicitud de exhibición de libros de
las personas obligadas a llevar la
contabilidad
art. 114 LJV
El Letrado de la Administración
Judicial examina la admisión del
expediente
art.16 LJV
Citación a la comparecencia
art. 114.1 LJV
Admisión de la Solicitud
art. 114.1 LJV
Inadmisión de la Solicitud
art. 16 LJV
Resolución de expediente
art. 114.1 LJV
Ámbito de aplicación: (art. 112 LJV): Solicitar según las normas
de jurisdicción voluntaria, salvo ley especial aplicable al caso
Competencia: (art. 113 LJV) Juzgado de lo Mercantil :
*del domicilio de la persona obligada a la exhibición, o
*del establecimiento a cuya contabilidad se refieran los libros y
documentos.
Legitimación: (art. 114 LJV): Derecho o interés legítimo.
Postulación: (art. 113 LJV)
*preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
Contenido:
*Derecho o interés legítimo del solicitante
*Especificar los asientos a examinar, su contenido, objeto y
finalidad de la solicitud.
Se desestima la
solicitud
art. 114.2
Se estima la solicitud
art.114.2 LJV
Recurso de
apelación
art.20 LJV
Exhibición
art.115 LJV
*Poner de manifiesto Libros y documentos
que se han de examinar
*Especificar el alcance de la exhibición
*Requerimiento de día y hora para la
exhibición, y a persona concreta
* Excepcionalmente: el Juez podrá
reclamar que se presenten en el Juzgado
los libros o su soporte informático,
siempre que se especifiquen los asientos
que deben ser examinados.
*Auto motivado
En la misma comparecencia:
*Oral
*Con posterioridad, el Letrado de la Administración
de Justicia deberá documentarla.
Finalizada la comparecencia:
*Escrita y
*Deberá ser dictada en el plazo de los cinco días
siguientes a la comparecencia.
Ante el Secretario judicial:
* en el domicilio o establecimiento de la
persona obligada,
*o mediante su aportación en soporte
informático
*El solicitante podrá examinar los libros,
documentos o soportes especificados :
-por sí mismo
-o con la colaboración de los expertos,
designados en solicitud y autorizados por el
Juez.
*Levantamiento acta por el Secretario
judicial.
Multas coercitivas (Art. 116 LJV):
*Si la persona obligada a la exhibición se negara injustificadamente, obstaculizara o quebrantara el deber de colaborar y facilitar el acceso a la
documentación solicitada, será requerida por el Secretario judicial, a instancia del solicitante, para que lo haga y se abstenga de reiterar el quebrantamiento,
con apercibimiento de la imposición de multa y de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial.
*Si el incumplimiento persistiere, el Secretario judicial, tras oír al requerido, para asegurar el cumplimiento de la orden, podrá imponer mediante decreto y
respetando el principio de proporcionalidad, multas coercitivas de hasta 300 euros al día, que se ingresarán en el Tesoro Público.
*Para determinar la cuantía de la multa el Secretario judicial deberá tener en cuenta las circunstancias del hecho de que se trate, así como los perjuicios que
al otro interesado se hubieren podido causar.
*Las disposiciones del Capítulo II de la LJV (art. 13-22 LJV), se aplicarán a todos los expedientes de jurisdicción voluntaria en lo que no se opongan a las normas que
específicamente regulen las actuaciones de que se trate. E E
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