Solicitud de declaración de ilicitud de retención internacional del menor

AutorCarolina Muñiz Ramírez de Verger
Cargo del AutorAbogada. Socia Fundadora Firma 10 Abogados
Actualizado aOctubre 2021




AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA/FAMILA NÚM. __

DON/DOÑA ………, Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación, que se acredita con escritura de poder que se acompaña como DOCUMENTO Nº 1, de DON/DOÑA ……, asistida por Letrada/a Don/ña……, colegiada nº …..1 del Colegio de Abogados de……, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que, por medio del presente escrito, se solicita al amparo del artículo 887 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por los cauces del artículo 158 del Código Civil, la DECLARACIÓN DE ILICITUD DE LA RETENCIÓN INTERNACIONAL DEL MENOR, ……….., en …… [país donde se encuentre retenido] por su progenitor DON/DOÑA……, con domicilio en …………… fundándome en los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Que la guardia y custodia del/la menor, …….., nacido el …. de ….. de …., [edad del menor], la ostenta su madre/padre en virtud de Sentencia Judicial dictada por el Juzgado de Primera Instancia al que me dirijo, en fecha …….., conforme se acredita con copia de la Sentencia que se acompaña como DOCUMENTO Nº 2.

SEGUNDO.- [Narrar los hechos que dieron causa a la interposición de este procedimiento]

Que en el mes de ……, el menor viaja a ____ donde vive su padre, ……., con su nueva familia. Dicha estancia se consensua y se autoriza por escrito, para el periodo comprendido entre Septiembre-Octubre de 20__.

A tal efecto……, firma la AUTORIZACIÓN PARA VIAJES DE MENORES AL EXTRANJERO ante la Embajada de España en _______, documento que se acompaña como DOCUMENTO Nº 3.

Por circunstancias ajenas a la madre/al padre, la vuelta del/de la menor se va postergando, resultando muy difícil comunicar con el/la menor a través de su móvil, habiendo transcurrido el plazo de estancia del/de la menor con el progenitor no custodio, a requerimiento del progenitor custodio para que proceda a retornar al/a la menor a su domicilio familiar, le manifiesta que el/la menor no va a salir del país

TERCERO.- Ante esta situación y en virtud del Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre Aspectos Civiles de la Austracción Internacional de Menores del que son parte España y [país donde se encuentre retenido el menor], procederá a la devolución inmediata del menor a la compañía del progenitor que tenía antes de la sustracción la guarda y custodia del menor, en este caso su madre/padre.

A los hechos expuestos les son aplicables los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- NORMATIVA APLICABLE: Es aplicable el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, hecho en la Haya el 25 de octubre de 1980 (BOE, núm. 202, de 24 de agosto de 1987; corr. errores BOE de 30 de junio de 1989 y BOE núm. 21 de 24 de enero de 1996), al cumplirse los ámbitos de aplicación, temporal, material y espacial del mismo.

Así, el Convenio se halla en vigor para España y _____ y se ha producido un traslado ilícito de un menor (art. 3) de uno de los Estados miembros al otro, infringiendo un derecho de custodia atribuido legalmente -por sentencia judicial- a la madre/padre que se estaba ejerciendo por ella de manera efectiva.

El artículo 3 recoge una serie de circunstancias en las que se considera que el traslado del menor es ilícito, así:

a) cuando se...

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