Solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho con sujeción a un plan de pagos

AutorFrancesc Xavier Rafí i Roig
Cargo del AutorLetrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 9 de Barcelona
Actualizado aOctubre 2022

AL JUZGADO DEL CONCURSO
[Mercantil]

Dª. ________, Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./Dª _________, según consta debidamente acreditado en los autos del procedimiento concursal al margen referenciados, ante este Juzgado comparezco y, como mejor en Derecho proceda, DIGO:

Que al no haberse acordado en el presente procedimiento la liquidación de la masa activa y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 495 TRLC, interesa a esta parte formular SOLICITUD DE OBTENCIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO MEDIANTE SUJECIÓN A UN PLAN DE PAGOS sobre la base de los siguientes argumentos,

PRIMERO.- Esta parte, presenta la solicitud dentro del plazo legal pues en el presente procedimiento no se ha acordado por el juez la liquidación de la masa activa.

SEGUNDO.- Que en la persona del concursado no concurre ninguna de las excepciones que impiden el acceso al sistema de exoneración por lo que, a los efectos del artículo 487 del vigente Texto Refundido de la Ley Concursal, se manifiesta que:

1. En los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración, no ha sido condenado en sentencia firme a penas privativas de libertad, aun suspendidas o sustituidas, por delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

[Alternativamente: En los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración ha sido condenado en sentencia firme por un delito de los incluidos en el ordinal 1º del apartado 1 del art. 487 TRLC siendo la pena máxima señalada al delito inferior a tres años.]

[Alternativamente: En los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración ha sido condenado en sentencia firme por un delito de los incluidos en el ordinal 1º del apartado 1 del art. 487 TRLC. No obstante ello, se encuentra extinguida la responsabilidad criminal y satisfechas las responsabilidades pecuniarias derivadas del delito en la fecha de presentación de esta solicitud de exoneración.]

A los efectos de acreditar dicho extremo, se aporta el certificado de penales del que se desprende claramente que a nombre del Sr./Sra. _________ no constan antecedentes penales de ningún tipo, como Documento nº 1.

2. En los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración, no ha sido sancionado por resolución administrativa firme por infracciones tributarias muy graves, de seguridad social o del orden social ni, en el mismo plazo, se ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR