Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de MC Mutual, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 1.

MarginalBOE-A-2013-1242
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado»,

Esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales MC Mutual, M.A.T.E.P.S.S. n.º 1, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

1.1 Norma de creación de la entidad.

La Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social de 4 de abril de 2006 («BOE» de 26 de abril) autorizó, con efectos 1 de abril de 2006, la fusión de «MIDAT MUTUA», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 4 y «MUTUAL CYCLOPS», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 126, dando lugar a «MUTUAL MIDAT CYCLOPS, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 1, en adelante MC Mutual, quedando inscrita la nueva entidad en el registro correspondiente con la fecha de efectos antes citada. Las dos mutuas fusionadas tenían una larga trayectoria, como se demuestra en los párrafos siguientes.

El 20 de septiembre de 1905 noventa empresarios del Montepío de la Sociedad de Industriales Mecánicos y Metalarios de Barcelona constituyeron, en dicha ciudad, una mutua de accidentes de trabajo, entidad que tras sucesivos cambios de nombre acabó siendo la «Mutua Metalúrgica» Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 4. La incorporación posteriormente en su estructura de:

Nº registro Denominación Domicilio social Fecha de registro Año de incorporación
102 La Metalúrgica, Mutua de seguros de accidentes de trabajo. Madrid. 15/12/1933 1992
260 Mutua Copa. Valencia. 1971 1993

propició su implantación a nivel de todo el Estado con el nombre de «MIDAT MUTUA».

El 31 de marzo de 1934 doce empresas que representaban a más de mil doscientos trabajadores, principalmente del sector de la siderometalurgia de Barcelona, Madrid y Zaragoza, constituyeron la Sociedad Mutua de Seguros denominada «MUTUAL CYCLOPS». Con el paso de los años la Entidad fue extendiendo su actividad a lo largo de toda la geografía española, integrando diferentes mutuas en su estructura:

Nº Registro Denominación Domicilio social Fecha de registro Año de incorporación
97 Mutua Panadera, seguro de accidentes de trabajo. Madrid. 18/10/1933 1985
186 Mutualidad Santa Marta de la provincia de La Coruña. La Coruña. 22/10/1954 1986
157 Mutua Alianza de Previsión Social. Barcelona. 22/01/1947 1986
84 Mutua Provincial Panadera. Madrid. 30/06/1933 1986
1 Previsión Equidad. Madrid. 23/07/1901 1988
5 Mutua Catalana de accidentes e incendios. Barcelona. 30/09/1905 1989
184 Mutualidad Metalúrgica Levantina de accidentes de trabajo. Valencia. 18/04/1953 1990
194 Mutua Nuestra Señora del Carmen de accidentes de trabajo. Granollers (Barcelona). 25/10/1955 1992
27 La Mutua Hostelera. Madrid. 28/01/1927 1993

1.2 Actividad de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación.

MC Mutual es una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en adelante MATEPSS, dedicada, principalmente, a la colaboración en la gestión del sistema de la Seguridad Social1 .

La Entidad es una asociación empresarios, debidamente autorizada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, los cuales asumen una responsabilidad mancomunada con el objeto principal de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la realización de otras prestaciones, servicios y actividades que les pudieran ser legalmente atribuidas. MC Mutual carece de ánimo de lucro, tiene la denominación de MATEPSS y esta sujeta a unas normas reglamentarias establecidas2 .

La colaboración en la gestión de la Seguridad Social comprende las siguientes actividades:

• La colaboración en la gestión de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

• La realización de actividades de prevención, recuperación y demás previstas en la Ley General de la Seguridad Social y normativa concordante.

• La colaboración en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

• La colaboración en la gestión del sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

• Las demás actividades, prestaciones y servicios de Seguridad Social que les sean atribuidas legalmente.

En la colaboración en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como en las actividades de prevención y recuperación reguladas legalmente, las actividades de MC Mutual se reducen a repartir entre sus asociados el coste de las prestaciones por causa de accidente de trabajo o enfermedad profesional sufridos por el personal al servicio de sus asociados, el coste de las actividades de prevención y recuperación previstos por la Ley a favor de las víctimas de aquellas contingencias y de sus beneficiarios y los gastos de administración de la propia entidad.

La colaboración en la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes se llevará a cabo a favor de los trabajadores empleados por los empresarios asociados que hayan ejercitado esta opción. Asimismo, tendrán que formalizar dicha cobertura con una mutua los trabajadores por cuenta propia o autónomos y los trabajadores por cuenta propia del régimen especial agrario de la Seguridad Social, siempre que opten previamente por incluir, dentro de la acción protectora del régimen de Seguridad Social correspondiente, dicha prestación.

La colaboración en la gestión del sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos se llevará a cabo a favor de los trabajadores por cuenta propia que hayan ejercitado esta opción.

MC Mutual goza de exención tributaria, en los términos que se establecen para las entidades gestoras de la Seguridad Social3 .

1 Artículo 67.1 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio.

2 Artículo 68.1 de la Ley General de la Seguridad Social.

3 Artículo 65 de la Ley General de la Seguridad Social.

La Mutua, debidamente inscrita en el Registro existente al efecto en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tiene personalidad jurídica propia y goza de plena capacidad para adquirir, poseer, gravar o enajenar bienes y realizar toda clase de actos y contratos o ejercitar derechos o acciones, todo ello ordenado a la realización de los fines que tiene encomendados y conforme a lo dispuesto por el Reglamento sobre colaboración en la gestión de las MATEPSS4, y en sus disposiciones de aplicación y desarrollo, pudiendo realizar su actividad de colaboración con la Seguridad Social en todo el territorio del estado.

A efectos presupuestarios, en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, la Entidad forma parte del sector público estatal 5, y, en consecuencia, esta sometida al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero regulado por la Ley General Presupuestaria.

Asimismo, a efectos de contratación, MC Mutual forma parte del sector público al estar incluida dentro del ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público6, considerándose poder adjudicador distinto de una Administración Pública7 .

La Mutua no utiliza ninguna forma indirecta de gestión de servicios públicos. Gestiona directamente el servicio, conservando la responsabilidad de la declaración del derecho al reconocimiento de las prestaciones económicas o asistenciales y su alcance, sin perjuicio de la suscripción de contratos de servicios (servicios de administración complementaria a la directa, conciertos asistenciales…) para actuaciones instrumentales de los servicios gestionados.

1.3 Descripción de las principales fuentes de ingresos y, en su caso, tasas y precios públicos percibidos.

La fuente fundamental de ingresos de MC Mutual la constituyen las cuotas de la Seguridad Social aportadas a la Tesorería General de la Seguridad Social, en adelante TGSS, por los empresarios asociados a la Mutua, sus trabajadores y los trabajadores autónomos adheridos. Tales cuotas, así como los bienes muebles o inmuebles en que puedan invertirse dichos ingresos, forman parte del patrimonio de la Seguridad Social y están afectados al cumplimiento de los fines de esta. Asimismo, forman parte del patrimonio de la Seguridad Social las rentas y rendimientos de los bienes señalados y, en general, los derechos, acciones y recursos relacionados con los mismos8.

MC Mutual no cobra ningún tipo de tasa o precio público.

4 Aprobado por el Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre («BOE» del 12).

5 Artículo 2.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

6 Artículo 3.1 g) de la mencionada Ley, aprobada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

7 Artículo 3.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

8 Artículo 3.1 del Reglamento sobre colaboración en la gestión de las MATEPSS.

1.4 Operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata.

Dentro de las actuaciones de la Mutua se distinguen tres actividades a nivel del impuesto sobre el valor añadido (IVA):

• Las actividades exentas de IVA, ligadas básicamente a las cuotas de la...

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