El estado social de derecho y los derechos sociales

AutorMaría Isabel Garrido Gómez
Cargo del AutorCatedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Alcalá (España)
Páginas21-51
CAPÍTULO I
EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
Y LOS DERECHOS SOCIALES
1. EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
1.1. Signicado y aportaciones del Estado social
El Estado social surgió en el último tercio del siglo XIX, contexto
en el que, dadas ciertas insuciencias, asumió la función de lograr una
sociedad más integrada y justa. Todo esto acarreó una reinterpretación
formuladora de un concepto más rico de ciudadanía, que exige liberar
a la Administración de muchas limitaciones que dicultan su interven-
ción en el orden social y económico18.
El principal precursor del Estado social fue von Stein, y del Estado
social de Derecho lo fue Heller. Este último comenzó siendo asumido
por las Constituciones europeas posteriores a la II Guerra Mundial am-
pliando las funciones del Estado de Derecho liberal, el cual pretendía
18 Ver algunas de las manifestaciones de CARMONA CUENCA, E., El Estado social
de Derecho en la Constitución, Consejo Económico y Social, Madrid, 2000; MARSHALL, T.
H., Social Policy in the Twentieth Century, Hutchinson, Londres, 1985; y MARTÍNEZ DE
PISÓN, J. M., Políticas de bienestar. Un estudio sobre los derechos sociales, Universidad de la
Rioja-Tecnos, Madrid, 1998.
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garantizar la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad jurídica,
de hecho la primera Constitución que habló de Estado social de Dere-
cho fue la Ley Fundamental de Bonn de 1949. Otras experiencias intere-
santes fueron las llevadas a cabo en Suecia, Estados Unidos con el New
Deal, en México, o en España con la República. No obstante, a partir de
la obra de Heller, el Estado social se ha venido utilizando desde puntos
de vista y con objetivos distintos. Por ejemplo, los que poseen una na-
lidad descriptiva e historicista, o los que se jan en el elemento norma-
tivo, aunque todas las perspectivas comparten la superación del Estado
liberal representativo y la separación entre el Estado y la sociedad como
principio axiológico19.
En la práctica, el modelo de Seguridad Social generalizado en los
países desarrollados se diseñó en el informe Beveridge (1942) al jarse
las bases de un sistema público de protección social que diera respuesta
a las situaciones de desamparo del ciudadano y del trabajador. Así las
cosas, el informe mostró que era posible organizar un servicio público
con esos objetos y cuál era el modelo a seguir. A su vez, hay que subra-
yar el peso que tuvo la teoría keynesiana conforme a la cual el Estado,
mediante el sector público, impulsa la economía que, al mismo tiempo,
empuja la demanda agregada productora de empleo, inversión y con-
sumo valiéndose de las políticas económicas y sociales que mejora la
situación de los grupos desaventajados20.
De estas consideraciones se deduce que durante el siglo XX con el
paso al Estado social se ha redimensionado el valor dinámico y expansi-
vo de la dignidad humana, potenciador de la orientación interpersonal
19 GONZÁLEZ AYALA, M. D., “El Estado social en España”, en ASÍS ROIG, R. de,
FERNÁNDEZ GARCÍA, E., GONZÁLEZ AYALA, M. D., LLAMAS CASCÓN, Á. y PECES-
BARBA MARTÍNEZ, G., Valores, derechos y Estado a finales del siglo XX, Universidad Car-
los III de Madrid-Dykinson, Madrid, 1996, p. 166.
20 MARTÍNEZ DE PISÓN, J. M., El derecho a la educación y la libertad de enseñan-
za, Dykinson, Madrid, p. 51. En concreto, ver BEVERIDGE, W., Las bases de la seguridad so-
cial, trad. de T. Ortiz, Fondo de Cultura Económica, México, D. F., 1987; BEVERIDGE, W.,
Seguro social y servicios afines. Informe de Lord Beveridge, trad. C. López Alonso, Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, Madrid, 1989; KEYNES, J., Teoría general de la ocupación, el
interés y el dinero, trad. de E. Hornedo, Fondo de Cultura Económica, Madrid, 2006.

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