Situación del empleo de las personas con discapacidad y acciones del estado peruano para su inclusión laboral

AutorAna-Cecilia Crisanto Castañeda
Cargo del AutorProfesora Ordinaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Páginas359-366

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Deseo iniciar esta intervención agradeciendo a los profesores Yolanda Quintanilla y Osear Mateos, por su gentil invitación a participar en este proyecto de investigación1. Asimismo, doy mi más cordial saludo a los demás profesores integrantes de este grupo de trabajo.

El objetivo de esta ponencia es dar a conocer el panorama general de la situación del empleo de las personas con discapacidad en el Perú, destacando algunas acciones públicas a favor del empleo de este colectivo. En este último caso, han sido dos los criterios de elección: las acciones que han tenido fallas en su implementación y, por otro lado, las acciones efectivas debido a que toman en cuenta la situación real y peculiar de las personas con discapacidad. Para ello ha sido necesario realizar un estudio "de campo", por lo que los instrumentos utilizados, básicamente son: Normas, Directivas de gobierno y Protocolos de actuación.

Lo primero que debe mencionarse como dato relevante es que en el Perú hasta antes del año 2012, no existían datos (oficiales al menos) sobre la situación socio-económica de las personas con discapacidad. Esto significa que no se conocía el número de personas con discapacidad en el país, ni sus edades, su nivel de formación, y tampoco su situación de empleo. La denominada Encuesta Nacional Especializada

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sobre Discapacidad (en adelante, ENEDIS), realizada durante todo el año 2012, es la que arrojará todos esos datos que permitirán al Estado luego planificar las acciones para una efectiva inserción laboral de las personas con discapacidad. Dentro de los datos que brinda esta encuesta se tienen2:

- El total de las personas con discapacidad en edad de trabajar en el Perú es: 1 '456 543. Ello representa el 92.5% del total de la población con discapacidad.

- De este grupo el 76% se encuentra en situación de inactividad (es decir, aquellos que por diversos motivos ha decidido no buscar empleo) y el 12.1% se encuentra en situación de desempleo.

- Las personas con discapacidad ocupada se concentran principalmente en el empleo independiente y en empresas de 2 a 10 trabajadores. Es decir, en microempresas. Ello en el Perú equivale decir, a que se trata de un grupo que trabaja en empresas que son en su mayoría informales. Esto significa que las personas con discapacidad que laboran para dichas empresas lo hacen sin contrato laboral inscrito y por tanto sin protección social (no inscritos en la Seguridad Social).

- Solo el 11.6% de la población con discapacidad tiene estudios superiores. El resto solo educación secundaria (el equivalente de Bachillerato, en España), primaria o sin educación alguna.

- Existen 8 regiones, de las 26 jurisdicciones territoriales que tiene el Perú, donde se concentran las personas con discapacidad en edad de trabajar.

- De los datos que arroja esta encuesta, pueden darse las siguientes apreciaciones generales:

- Que un alto porcentaje de las personas con discapacidad en edad de trabajar, no cuenta con un empleo. Y los que sí tienen un trabajo lo hacen en condiciones de precariedad laboral.

- Por otro lado, el mayor número de personas con discapacidad no cuenta con educación para el trabajo.

- La labor de inserción laboral de las personas con discapacidad, debe ser descentralizada.

Cabe mencionar que los datos de la Encuesta (ENEDIS), se recabaron y procesaron durante todo el año 2012 y se presentaron en el año 2013. Se pone énfasis en este dato debido a que el 24 de diciembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley N° 29973, Ley General de la Personas con Discapacidad. Es decir,

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es una norma que se elaboró y discutió sin tener el sustento técnico que suponen los datos de dicha encuesta. Esto explica una de las cuestiones más controvertidas que trajo esta ley como medida de fomento del empleo, sobre todo por la dificultad en su aplicación. Se trata de la cuota de empleo, sobre la que se tratará en un momento. Algunas de las disposiciones de esta ley que merecen mención son las siguientes:

- Se encarga el impulso de las acciones a favor del empleo de las personas con discapacidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (art. 46). En este sentido, se ordena que los "Servicios de Empleo" ya existentes para la ayuda a la inserción laboral de la población en edad de trabajar, se adapte a las necesidades y características de los distintos tipos de discapacidad. Con esta disposición legal, el Perú cumple con las indicaciones incluidas en los Convenios de la OIT sobre la materia, a saber: Convenio N° 88 sobre Servicio de Empleo y Convenio...

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